Ayuntamiento de Barlovento Resolución 49/2.020 Alcalde Fecha Firma: 14/04/2020 HASH: 829049547f8167c50c5cea99dd160c3d Decreto.- Don Jacob Qadri Hijazo, Alcalde – Presidente del Ayuntamiento de Barlovento, en el día de la fecha, HE RESUELTO: Jacob Qadri Hijazo (1 de 2) Vistas las Bases que han de regir para la concesión de ayudas al desplazamiento y alojamiento de los estudiantes del municipio de Barlovento, que cursen sus estudios fuera de la isla, para el curso académico 2019-2020, que literalmente dicen: BASES QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DE AYUDAS AL DESPLAZAMIENTO Y ALOJAMIENTO DE ESTUDIANTES DEL MUNICIPIO DE BARLOVENTO QUE CURSAN SUS ESTUDIOS FUERA DE LA ISLA, PARA EL CURSO ACADÉMICO 2019-2020.- PRIMERA.- OBJETO. Será objeto de estas bases, la concesión de ayudas de desplazamiento y alojamiento, dirigida a los estudiantes residentes en el municipio de Barlovento, que cursen estudios en Universidades o Centros Educativos fuera de la isla; siempre que los mismos no se impartan en ningún centro escolar de la isla de La Palma. Secretario-Interventor Fecha Firma: 14/04/2020 HASH: 05c9a4afd50ee0cb06f3aee093568fd6 SEGUNDA.- CUANTÍA SUBVENCIÓN. Se establece una ayuda única por estudiante, con dos líneas de subvención, que pueden ser acumulativas: la primera por lo que respecta a desplazamiento, y la segunda al alojamiento; el importe de las mismas será en función de las disponibilidades presupuestarias en cada ejercicio, con una ayuda máxima a conceder para el año escolar en curso; por lo que respecta a desplazamiento de 150,00 €, para los estudiantes que cursen sus estudios fuera de Canarias, y de 100,00 €, en otra de las islas de Canarias. Y por lo que respecta a alojamiento de 150,00 €, para los estudiantes que estén alojados en régimen de alquiler. Guzmán González Pérez (2 de 2) No obstante, si el número de solicitudes presentadas que cumplen con los requisitos establecidos, supera el crédito disponible, se procederá a un descenso proporcional en las ayudas a conceder, con la finalidad de atender a todas las solicitudes. Esta subvención es compatible con la obtención de cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración, o ente público o privado. TERCERA.- REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS. Para poder solicitar esta ayuda son requisitos indispensables los siguientes: a) Estar empadronado en el municipio de Barlovento. b) Residencia habitual del núcleo familiar en el municipio de Barlovento. c) Estar matriculado en curso académico para el que solicita la ayuda. d) Que la Universidad o Centro Educativo en el que curse estudios, radique fuera de la isla de La Palma; y los estudios no puedan cursarse, o no se les haya concedido plaza, en Centros Educativos de La Palma. Ayuntamiento de Barlovento Pág.1 de 4 Número: 2020-0051 Fecha: 14/04/2020 Cód. Validación: AARKKY629CND7HKG97S4C9ZPK | Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 4 DECRETO Ayuntamiento de Barlovento e) Tener contrato de alquiler de un inmueble a su nombre en el municipio donde estudia; o justificante de residencia en un colegio mayor o apartamento universitario. CUARTA.- OBLIGACIONES. 1. Aceptar la ayuda, o bien renunciar a ella, en el plazo de 15 días desde la notificación de concesión. 2. Aceptar y cumplir los requisitos que se establecen en las presentes bases. 3. Destinar la ayuda para la finalidad que se le concede, procediendo a la justificación de dicha ayuda, con la aportación de la documentación correspondiente que se le pueda requerir. 4. Someterse a las actuaciones de comprobación y facilitar los datos que se le requieran. QUINTA.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR JUANTO A LA SOLICITUD. 1. Los solicitantes de la ayuda deberán aportar, con carácter general, la siguiente documentación: a) Instancia en modelo facilitado por el Ayuntamiento de Barlovento. b) Fotocopia del DNI. c) Copia de la matrícula del curso/estudios para el que se solicita ayuda para compulsa. d) Copia del justificante de pago de las tasas por matrícula. e) Copia del contrato de arrendamiento del inmueble donde temporalmente reside, o del alta en colegio mayor o apartamento universitario; y del justificante de pago del mismo, del último mes al de la solicitud. f) Alta de terceros de este ayuntamiento, con el número de cuenta corriente (20 dígitos) para el ingreso de la Ayuda concedida (Para los estudiantes que no lo hayan entregado en solicitudes de ejercicios anteriores). 2. Cuando se trate de ayudas para investigación, Tercer Ciclo Universitario o Postgrado y Especialización, deberán aportar además de la prevista en los apartados a), b), c) y d) del número anterior, la siguiente: a) Certificación acreditativa de hallarse en posesión del Título correspondiente de Licenciado o Diplomado y de los estudios necesarios para la realización de la investigación o trabajo a realizar. b) Certificación académica personal de las calificaciones obtenidas durante la Licenciatura o Diplomatura, en su caso. c) Documentación acreditativa de la admisión en el Centro de Investigación o donde vaya a realizar los cursos de Postgrado, Ayuntamiento de Barlovento Pág.2 de 4 Número: 2020-0051 Fecha: 14/04/2020 Cód. Validación: AARKKY629CND7HKG97S4C9ZPK | Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 4 DECRETO Ayuntamiento de Barlovento Especialización o Tercer Ciclo de Estudios Universitarios, y/o matrícula en su caso, en el que se haga constar la viabilidad del proyecto, en el supuesto de optar a una ayuda de investigación. Todos ellos en documento original o fotocopia compulsada. SEXTA.- PLAZO. El plazo para la presentación de solicitudes será de UN MES, contado a partir del día 13 de abril hasta el día 13 de mayo de 2020. SÉPTIMA.- LUGAR. Los interesados podrán presentar la instancia solicitando la ayuda, en el Registro General del Ayuntamiento de Barlovento, sito en Plaza del Rosario, nº 3, en horario de atención al público; bien presencialmente, o a través del correo electrónico registro@barlovento.es . OCTAVA.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN. Transcurrido el plazo de presentación de instancias, el órgano instructor que será la Concejalía de Educación, o persona en quién delegue; realizará de oficio cuantas actuaciones sean necesarias; y una vez efectuadas las verificaciones pertinentes, se indique los beneficiarios que reúnen las condiciones necesarias para acceder a las ayudas. Una vez evaluadas las solicitudes, se remitirá el expediente al órgano colegiado, que sea el competente para dictaminar al efecto (Comisión Informativa de Educación y Cultura); y que emitirá propuesta de resolución definitiva, relativa a los solicitantes a los que se concede la ayuda, y su cuantía. Dicha propuesta se remitirá al Sr. Alcalde- Presidente que resolverá el procedimiento. En la resolución, que deberá ser motivada, se hará constar además de los solicitantes, o relación de los solicitantes a los que se les concede la ayuda, la desestimación del resto de solicitudes. La misma pone fin a la vía administrativa. El plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes de subvención será de 2 meses, contados desde la publicación de la correspondiente convocatoria. El vencimiento del plazo sin haberse notificado la resolución legítima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención. La resolución del procedimiento se notificará a los interesados. NOVENA.-FORMA DE PAGO. El importe de la ayuda, se percibirá de una sola vez, a partir de la resolución definitiva por el Sr. Alcalde. El ingreso se realizará en la cuenta bancaria indicada por el beneficiario. Estando condicionado el pago, a que el beneficiario no tenga deudas con este Ayuntamiento. DÉCIMA.- JUSTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS. No es necesario; considerándose que la mera presentación de una matrícula correspondiente a un centro educativo, que no pertenezca a esta isla, y demás Ayuntamiento de Barlovento Pág.3 de 4 Número: 2020-0051 Fecha: 14/04/2020 Cód. Validación: AARKKY629CND7HKG97S4C9ZPK | Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 4 DECRETO Ayuntamiento de Barlovento documentación contemplada en la base Quinta, es título habilitante para considerar justificado este gasto. UNDÉCIMA.- REINTEGRO. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas, y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención, hasta la fecha en que se acuerda la procedencia del reintegro, en los casos señalados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones. DUODÉCIMA.- INFRACCIONES Y SANCIONES. Constituye infracciones administrativas en materia de subvenciones las acciones y omisiones tipificadas en la Ley General de Subvenciones, y serán sancionables incluso a título de mera negligencia. El procedimiento sancionador se ajustará a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. DECIMOTERCERA.- LEGISLACIÓN APLICABLE. Para lo no previsto expresamente en las presentes Bases, resultarán de aplicación supletoria la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; y las Bases que han de regir las ayudas a estudiantes del municipio de Barlovento, que con carácter general fueron aprobadas por acuerdo plenario de fecha 8 de abril de 2.019. Visto el Informe de Secretaría – Intervención favorable. En base a mis facultades legales, y en concreto al ejercicio de la competencia que me otorga el art. 21.1.f) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local; acuerdo aprobar las referidas Bases de concesión de ayudas para el desplazamiento y alojamiento, de estudiantes residentes en el municipio de Barlovento, que cursen estudios en Universidades o Centros Educativos fuera de la isla, para el curso académico 2019-2020. Lo ordena y firma el Sr. Alcalde, en Barlovento, a seis de abril de dos mil veinte. El Alcalde Ante mí, El Secretario Ayuntamiento de Barlovento Pág.4 de 4 Número: 2020-0051 Fecha: 14/04/2020 Cód. Validación: AARKKY629CND7HKG97S4C9ZPK | Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 4 DECRETO