BASES DEL PRESUPUESTO ÚNICO DEL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO DEL AÑO 2022. A tenor de lo preceptuado en el art. 165,1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley reguladora de las Haciendas Locales, y art. 9 del Real Decreto 500/90, de 20 de abril, se establecen las siguientes Bases de Ejecución del Presupuesto Único de este Ayuntamiento para el año 2022. Base 1”.- Estructura del Presupuesto Único So o= NS YS 20 82 PoR] NS e u3 La estructura presupuestaria para el ejercicio del 2022 se adapta a la establecida por flo] ES la Orden HAP/41912014 de 14 de marzo, por la que se modifica la orden EHA/3565/2.008, 21 E) 320% xXuUT de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de los presupuestos de las entidades locales. pS El Presupuesto Único del Ayuntamiento de Barlovento, en su estado de ingresos asciende a 4.086.652,18 €; y el de gastos asciende a 4.086.652,18 €. Base 2*.- Niveles de vinculación jurídica de los créditos 1.- Los créditos para gastos se destinarán exclusivamente a la finalidad específica para la cual hayan sido autorizados en el Presupuesto General o por sus modificaciones debidamente aprobadas, teniendo carácter limitativo y vinculante. En consecuencia, no podrán adquirirse compromisos de gasto en cuantía superior al importe de dichos créditos, siendo nulos de pleno derecho los acuerdos, resoluciones y actos administrativos que infrinjan la expresada norma, sin perjuicio de las responsabilidades a que haya lugar. El cumplimiento de tal limitación se verifica al nivel de vinculación jurídica establecida en el apartado siguiente. 2.- Se considera necesario, para la adecuada gestión del Presupuesto, establecer la siguiente vinculación de los créditos para gastos: Eu 92 Capítulo Primero: Gastos de Personal.- 250 yo Dd a) Respecto a la clasificación por Programas. A nivel de área de Gasto. ££ 9£ 00 com b) Respecto de la clasificación Económica: A nivel de Capitulo; exceptuándose de esta ¿a 25 uo norma general los artículos siguientes, cuya vinculación se establece precisamente, al nivel 35 208 10874 de artículo: O - Art. 10: Órganos de gobierno y personal directivo. 92 ES 72 - Art. 15: Incentivos al rendimiento. en Sa 25 So 0 Capítulo Segundo: Gastos en bienes corrientes y servicios.- TÉ 22 Om Zu a) Respecto a la clasificación por Programas. A nivel de área de Gasto. rá] mn. Fa b) Respecto de la clasificación Económica: A nivel de Capitulo; exceptuándose de esta Lo ] norma general los artículos siguientes, cuya vinculación se establece precisamente, al nivel 0% NE [o] de concepto: 005 SE - Concepto 226: Gastos diversos. Qs a 2 YE ok] 192 - Concepto 230: Dietas. NL TO -Concepto 231: Locomoción. ma xo Ge Ss $3 DE o >E Qu 3D 90 == 00