ns CABILDO DE LA PALMA CONVENIO DE COLABORACIÓN PARA LA FORMACIÓN PRÁCTICA DE LOS/AS ALUMNOS/ AS-TRABAJADORES/AS DEL PROGRAMA DE FORMACIÓN EN ALTERNANCIA CON EL EMPLEO “BARLOVENTO TE CUIDA” ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO REUNIDOS De una parte, D. Mariano Hernández Zapata, con D.N.I. n° 42.189475T, en representación del Cabildo de La Palma, en calidad de Presidente, facultado para este acto por acuerdo del Cabildo de fecha 14 de agosto de 2020. De otra parte, D. Jacob Anis Qadri Hijazo, provisto de D.N.I. n° 42.188.381 X, actuando en nombre y representación del Ayuntamiento de Barlovento con C.I.F. (¿¡PRIMERO.- Que el Ayuntamiento de Barlovento, ha puesto en marcha en el píyhicipio: un Programa de Formación en Alternancia con el Empleo denominado ‘ Barlovento\Te Cuida II”, financiado por el Servicio Canario de Empleo, el Fondo Social furopeo y él Servicio Público de Empleo Estatal. Que los/as alumnos y alumnas obténdrán el Certificado de Profesionalidad Atención Sociosanitaria a Personas Se peg en Instituciones. Qu do se SEGUNDO. Que tal como se recoge en la Resolución de 27 de septiembre de 2019 del Servicio Canario de Empleo, por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca el procedimiento para la concesión de subvenciones destinadas a la financiación del Programa de Formación en Alternancia con el Empleo, para la ejecución 2019 en régimen de concurrencia competitiva, dichas acciones incluirán la realización de un trabajo efectivo mediante un contrato de formación y aprendizaje, a través de la ejecución de servicios de utilidad pública e interés social, alternando con la formación teórica para facilitar la adquisición de las competencias profesionales, reguladas en los certificados de profesionalidad y relacionadas con los servicios al objeto de favorecer la inserción laboral. TERCERO.- Que el Cabildo de La Palma cuenta con el Hospital de Dolores y tiene interés en facilitar a los/as alumnos/as-trabajadores/as del citado Programa de Formación en Alternancia con el Empleo la oportunidad de hacer la formación práctica en estas instalaciones. ACUERDAN aE 4. a a af - F a o my AS an mE Ena a a a a a a . a a Bo eG 7] a ss A 2 oo” nu Bo eG a mu Eo a a a a [ay Ñ a a a an | a o = hb o. m E lH a I na a | o a a i 1 a 2s 7 a a o" 8 +. o a a“ 5, L a a = a a a i. zag Suscribir el presente convenio de colaboración para la formación práctica de los/as alumnos/as-trabajadores/as del Programa de Formación en Alternancia con el Empleo “Barlovento Te Cuida II”, de acuerdo con las siguientes cláusulas: PRIMERA.- Objeto El objeto del presente convenio es facilitar la formación práctica a los/as alumnos/as-trabajadores/as que participan en el Programa de Formación en Alternancia con el Empleo “Barlovento Te Cuida II”. SEGUNDA.- Relación entre el alumno/a trabajador/a y la entidad. La relación entre alumno/a-trabajador/a y la entidad en ningún caso será de carácter laboral. La entidad no podrá cubrir, ni siquiera con carácter interino, ningún puesto de trabajo con un alumno/a-trabajador/a que esté realizando la formación práctica. Los/as alumnos/as-trabajadores/as cuentan con su Seguridad Social. En caso de accidentes de trabajo y/o enfermedad profesional, los/as alumnos/as-trabajadores/as deberán acudir a la Mutua PREVIMAC, salvo en caso de urgencia que deberán acudir irectamente a un centro hospitalario. \ Asimismo, se dispone por parte del Ayuntamiento de un seguro de ’ ‘regponsabilidad civil por daños frente a terceros producidos durante la formación. Si JO be a ERCERA.- Desarrollo de los servicios: duración y horario. TS », / ‘= Loslas alumnos/as-trabajadores/as estan contratados por el Ayuntamiento de ¡¡Báslovento por 40 horas semanales, que realizarán de lunes a viernes en horario de 8 a 48 horas, preferentemente, sin perjuicio que por necesidades del servicio o necesidades > Ach. propio alumno/a trabajador/a puedan compensar en otras horas. La formación No, /practica’se realizará entre el 15 de septiembre de 2020 y el 20 de mayo de 2021. ==" CUARTA.- Organización de los/as alumnos/as trabajadores/as Con el objetivo de que todos los/as alumnos/as-trabajadores/as pasen por todos los servicios, se ha previsto que la formación práctica sea de manera rotativa, de tal manera que en cada período estarán un total de 5 alumnos/as-trabajadores/as, como máximo. Se adjuntará cronograma, con indicación del nombre de los/as alumnos/as y periodo de tiempo que estarán en cada centro. QUINTA. Sistema de tutoría para el seguimiento y valoración de la realización de los servicios. El seguimiento y valoración de los servicios será realizada, de acuerdo con la programación establecida, intervendrán, de una parte el Director, Coordinadora formación y Docentes del Programa de Formación en Alternancia con el Empleo, y de otra, personal de la entidad donde se presten los servicios. Las funciones de Director, Coordinadora y Docentes serán: y] t a y] y] y] o n m5 n y] o An y Ñ y] y] 7 y] af o y] Ñ =, a y] y] it y] y e a = y] "E y] y] y] y] n n =, 2. 2. 8 n 7 n sn a n =, o n . 8 o n ia" * A n a as y? n n 7 "5 Com mi o n A a B n n ia] a y] n i o i n . = a - 1 a @ 8 - ; : n LA o o : nu 7 y BB a ft a A n fa io" A . 1 7 - ss n = Ue o o su ul o oo al = o o Mos a a 7 y] ii} al , ae" na a ta a nn o a ] - a - o y n . a o p= n "m 7 " o y n ha * : Be ; o a, a * y 7 5 o a aa y n P y a a be 7 o o y] o has - n a Fe ot = o 7 a - = o - . 7 o ; m - a fa] o “1 o o a a” n n o o . a m a) » lla o ao o y so "a y o : 1 o ; oo ; 112 2. o o 7 7 / 7 7 7 7 . 7 y 7 . o ., . = 7 7 7 7 = o 7 o 7 1] 1] a? y 7 y - a e El a a n - o o . a a la ja] - . y a a . a 2" o “a y y ; A . 7 n a + Informar al Tutor/a de la entidad sobre el contenido del Programa formativo y la necesidad de correspondencia de los servicios con los contenidos formativos. * Comprobar la existencia de conexión entre el Programa Formativo (los contenidos del certificado de profesionalidad) y los criterios de evaluación y los servicios realizados. + Realizar controles de seguimiento periódicos de la realización de los servicios para el seguimiento de los/as alumnos/as trabajadores/as. + Realizar visitas conjuntamente con los alumnos/as trabajadores/as, en el caso de que lo consideren conveniente, y comprobar el grado idoneidad de las funciones desarrollados por los/as alumnos/as trabajadores/as. + Realizar las evaluaciones correspondientes, relativas a la parte práctica del programa formativo. La entidad donde los/as alumnos/as-trabajadores/as desarrollen los servicios, deberá designar de entre su personal a un tutor/a cualificado/a, que desempeñe una actividad igual o similar a la especialidad en la que está siendo formado el alumno/a trabajador/a. Este tutor/a tendrá las siguientes funciones: * Integrar al alumno/a trabajador/a en la entidad. * Dirigir y orientar las funciones y tareas que realice el alumno/a-trabajador/a. + Realizar el seguimiento y valoración del alumno/a-trabajador/a. NOVENA. Justificación de la realización de los servicios. ‘\\ Una vez finalizados los servicios, el Tutor/a de la entidad deberá entregar una individual de cada alumno/a trabajador/a de acuerdo a los modelos elaborados ograma; así como controles de asistencia de los mismos. z entidad no recibirá compensación económica alguna por la realización de las Tácticas Objeto de este convenio. y > DECIMA.- Obligaciones de la entidad. secre he obligaciones de la entidad que acoge a los/as alumnos/as trabajadores/as las Ui AA a) Aportar la información y la documentación que se requiera durante la fase de instrucción del procedimiento y el desarrollo del servicio, así como tener a disposición de los órganos de control oportunos/que se establezcan los documentos acreditativos de la asistencia de los/as alumnos/as trabajadores/as. b) Ubicar y mantener en lugar visible el cartel oficial, identificativos del Programa de Formación en Alternancia con el Empleo. c) Comunicar cualquier variación que se produzca en las condiciones tenidas en cuenta para la prestación de los servicios (centro de trabajo, fechas de inicio y finalización, horario) y de los alumnos/as trabajadores/as en el momento en que éstas se produzcan. UNDÉCIMA. Vigencia. Este convenio entrará en vigor el 15 de septiembre de 2020 y finalizará el 20 de mayo de 2021. DÉCIMOSEGUNDA.- Causas de extinción. Serán causas de extinción del presente convenio: a) La expiración del plazo para el que se firmó. b) Fuerza mayor que imposibilite el desarrollo de los servicios programados. c) El mutuo acuerdo entre las partes firmantes del mismo. d) El incumplimiento de alguna de las cláusulas establecidas en convenio. e) La modificación por alguna de las partes de las cláusulas del presente convenio. f) La denuncia del convenio por cualquiera de las partes, siempre que se hubiese realizado con una antelación suficiente a la fecha de finalización. Y en prueba de conformidad, se firma el presente Convenio de Colaboración por Ey , SS SE de Santa GOS / SA y] ir ul y] y] y] o 7 y] a = 8 o = HI n y] A a = +%| # y] - E y] y] ma 7 y] y] h * o y] a y] be a a ” a .. rt y] 7 r y] s » a 1] y a y] y] a | a a ” y] i y] o y] n a n n nm E n n 7 n n n i E n e i bl a a nn o a a r 5 . Y a a an us o ae e o u 7 gar A Er