E EXCMO. CABILDO INSULAR Servicio de Acción Social DE LA PALMA Área de Acción Social, Igualdad, Diversidad y Juventud Adjunto remito copia del CONVENIO A SUSCRIBIR ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCION NOMINATIVA PARA LA GESTION DE LAS PLAZAS INSUL ARES SITAS EN LA RESIDENCIA PARA PERSONAS MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA, firmado digitalmente el 16 de junio de 2021. En Santa Cruz de La Palma EL JEFE ACCTAL. DEL SERVICIO GONZALEZ Firmado digitalmente por GONZALEZ AFONSO AFONSO GUSTAVO - 78416065A GUSTAVO - 09:47:16 +01'00' Fecha: 2021.08.19 78416065A AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO A ARANA SD E Teléfono: 922 423 100 - Fax: 922 423 472 EXCMO. CABILDO INSULAR e LA PALMA 3 27 JUL, 2021 REGISTRO DE CONVENIO AYUNTAMIENTO DE Excmo. Cabildo Insular BARLOVENTO de La Palma “CONVENIO A SUSCRIBIR ENTRE EL EXCMO. CABILDO INSULAR DE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO POR EL QUE SE INSTRUMENTALIZA LA SUBVENCION NOMINATIVA PARA LA GESTION DE LAS PLAZAS INSULARES SITAS EN LA RESIDENCIA PARA PERSONAS e] MAYORES EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA. eS pe En Santa Cruz de La Palma, 3 7 £u es DE UNA PARTE, D Mariano Hernández Zapata, con DNI 42189475T, Presidente en nombre y representación del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, con NIF P3800002B, especialmente a facultado para este acto por acuerdo de Consejo de Gobierno adoptado en Sesión Ordinaria de fecha 21 de mayo de 2021, de conformidad con el art. 125.2. de la Ley 8/2015, de 01 de abril, de Cabildos Insulares. Y DE OTRA, D Jacob Qadri Hijazo, con DNI 42188381X en calidad de Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Barl ovento con CIF P3800700A, especialmente facultado para este acto por acuerdo en Junta de Gobierno Local en Sesión Extraordinaria de fe cha 4 de junio de 2021. Las partes se reconocen plena capacidad para la firma del presente Convenio y en tal sentido, L- La Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias, establece en su artículo 4, les de Canarias está integrado por el conjunto de que el sistema público de servicios socia y prestaciones de titularidad pública y privada recursos, equipamientos, proyectos, programas destinada al cumplimiento de los objetivos establecidos en esta ley. El sistema pú! blico de servicios sociales está integrado por los servicios sociales de titularidad 33 pública y los de titularid ad privada acreditados de acu erdo con lo que establece la presente ley. 3 Todos estos servicios con figuran conjuntamente la red de servicios s ociales de atención pública 92 en general, y, en particular, E de la Comunidad Aut ónoma de Canarias, destinados a la ciudadanía, === és == a las personas y colectivos más desfavorecidos, O que se hallaren en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo. 33 ñ IL.- La Ley 39/2006, de 14 de dic iembre, de promoción de la autonomía personal y atención a dencia, prevé la creación de un Sistema para la Autonomía y === 26 xs las personas en situación de depen icipación y la colaboración de todas las Administraciones Atención a la Dependencia con la part: Públicas. Este Sistema garantiza el derec ho subjetivo de la ciudadanía, consistente en asegurar el acceso de cualquier persona a las prestaciones y serv icios que requiera en función de la situación de la dependencia en que se encuentre. 52 111 - El artículo 12 de la referida Le: y 39/2006 prevé la participación de la Entidades Locales en la gestión de los servicios de atenci ón a las personas en situación de dependencia, de acuerdo Í3 con la normativa de sus respectivas Comunidades Autónomas y dentro de las competencias que 25 SE 32 ———— Si == O la legislación vigente les atribuye, y en la disposición adicional duodécima de la citada Ley establece que, en la participación de las entidades territoriales en el Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia, se tendrán en cuenta las especificidades reconocidas a los Cabildos Insulares en el caso de la Comunidad Autónoma de Canarias. IV.- El desarrollo y consolidación de la red de atención a 1 a dependencia se ejecuta en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 49 la Ley, 16/2019, de Servicios Sociales de Canarias, que establece que a los Cabildos, les corresponde: “Proveer, organizar y gestionar los servicios es ¡pecializados que por su naturaleza y características tengan carácter insular o s upramunicipal, de acuerdo con los criterios de su programación y los establecidos en la Canarias ” planificación general de la Comunidad Autónoma de “Concertar o conveniar, según corresponda, la gestión de servicios sociales, en su ámbito territorial, con entidades públicas o de iniciativa privada, de conformidad con lo establecido en esta ley y el resto de la normativa vigente aplicable”. V.- Asimismo, la materia objeto del presente convenio es competencia transferida al Excmo. Cabildo Insular de La Palma, desde la recepción por este, de las competencias transferidas en virtud del Dec; Pública de la reto 113/2002 de 9 de agosto de traspaso de competencias de la Administración Comunidad Autónoma de Canarias a los Cabildos Insulares en materia de servicios sociales especializados a personas mayores, personas con discapacidad y mujeres. VI.- La citada Ley de Servicios Sociales establece que podrán ser titulares de servicios, recursos y centros de servicios sociales tanto las personas físicas como las personas jurídicas legalmente S constituidas, de carácter público o privado, que contemplen entre sus fines la prestación de ervicios sociales. Los servicios » TECUISOS y centros de servicios sociales serán de titularidad pública y de titularidad privad: a, gestionados por personas físicas o entidades, que funcionen preferentemente sin ánimo de lucro, garantizándose la su por la Administración pública com pervisión e inspección de todos ellos petente en los términos previstos en esta ley y sus disposiciones reglamentarias. VIL- Por su parte, el art. 50 de la citada Ley 16/2019, de 2 de mayo de Servicios Sociales de Canarias, establece en la promoción y e: que es competencia de los municipios colaboran con otras administraciones reación de los servicios sociales de atención especializada VIL- En la actualidad, el Excmo. Ca la C bildo Insular de La Palma y la Administración Pública de omunidad Autónoma han ratifica do, el 6 de agosto de 2018 con carácter plurianual 2018- 2021, el convenio que tiene por obje para la prestación de los servicios to articular la colaboración entre ambas administraciones ¿0 gu prevención de las situaciones de dependencia y los de EN promoción de la autonomía personal 28 de día y de noche así como de at. servicio de teleasistencia, de ayuda a domicilio, de centro [Ju funcionales) incluidos en la Red ención residencial (residencias, v; iviendas tuteladas y hogares de Centros Sociosanitarios, propios, concertados o convenidos =% por el referido Cabildo Insul ar, a las personas mayores ÉO reconocida la situación de depel o con discapacidad que tengan ¿8 ndencia, determinado los cuida dos sanitarios, en su caso, y se les 35 hayan asignado dichos servici os en el Programa Individual d 8 coste plaza/día, modificado dicho Convenio mediante las A e Atención, donde se determina el A $8 2019 y 2020. dendas 1 y 11 suscritas en los años A —_—— De Qu La financiación que sustenta dicho Convenio < 25 2021 asciende a 21.456.162 y Su correspondiente Adenda, para el ejercicio l$ So 53 €, de los cu ales 223.316 35 euros se financian a través del e a a 1 Decreto 113/2002 de 9 de agosto que son c === 2 Inanciar las competencias transferidas a los C réditos del gobierno de Canarias destinados a == y 3 2 abildos en la materia, 15.333.814 98 € euros a ES través del presente convenio con cargo a las p: o artidas de la sección 23 del Presupuesto General 6 de 32 —— 33 00 1. Las plazas de los centros de atención en régimen de día (centros de día, centros ocupacionales, centros de rehabilitación psicosocial), así como de atención residencial concertadas por el Excmo. Cabildo Insular de La Palma cumplirán los requisitos que se establecen en el Decreto 67/2012, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento regulador de los centros y servicios que actúen € n el ámbito de la promoción de la ación de dependencia en Canarias, autonomía personal y la atención a personas en situ modificado por el Decreto 154/2015, de 18 de junio, así como por el Decreto 194/2017, 4 agosto (en adelante, Decreto 67/2012), así como con los requisitos de autorización de Servicio Sanitario Integrado en una organización no sanitaria que establece el Real Decreto 1277/2013, de 10 de octubre, y el de autorización de depósito de medicamentos en centros sociosanitarios que establece la Ley 4/2005, de 13 de julio, de Ordenación Farmacéutica de Canarias, debiendo adaptarse a cualquier modificación normativa que sobre la materia pudiese afectarles. Comunicar al equipo técnico del Excmo. Cabildo Insular a la mayor brevedad posible toda incidencia sobre bajas, altas, traslados, ausencias, estado de las plazas en general, licitada, de conformidad con el así como cualquier otra información que le sea so Convenio que el Excmo. Cabildo Insular de La Palma haya suscrito con la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias para la prestación de los servicios residenciales y € entros de día y de noche a personas en situación de dependencia y en general a personas mayores O COn discapacidad. Asimismo se facilitará cuantos datos y d ocumentos le sean solicitados por el Excmo. Cabildo Insular de La Palma, permitiendo e l acceso al personal técnico del mismo a los de subvención a los efectos que se puedan espacios donde se preste el servicio objeto practicar las oportunas labores de comprobación, inspecc ión, y visitas para acreditar la correcta ejecución del servicio, El servicio deberá contar con un/a Director/a, en consonancia c on lo establecido en el lación universitaria, preferentemente en el Decreto 67/2012, debiendo contar con titul tres años de ámbito social o sanitario o, en los € asos de puestos ya ocupados, ditada en el sector y, en ambos casos, haber realizado experiencia debidamente acre las materias sociosanitarias relacionadas con las áreas de formación complementaria en conocimiento de atención a la depende ncia. Esta formación complementaria deberá deberá ser impartida por entidades públicas o contar con un mínimo de 300 horas que acreditadas en cualificación profesional en dichos ámbitos. Con el resto del personal se cumplirán las ratio s establecidas en el referido Decreto vo que mo difique el mismo durante la 67/2012, así como cualquier texto normati vigencia del convenio. En todo caso la comisi ón paritaria participará en la selección del En según se establece en la cláusula SE personal que vaya a prestar Sus servicios, decimoquinta. Sa No se considerará gasto s ubvencionable el coste del trabajador que haya sido contratado === E0 sin autorización de la comisión paritaria a partir de la firma de | presente convenio. $3 e convenio no implicará la existencia de vínculo jurídico La suscripción del present al contratado y la Corporación Insular. Tampoco se laboral alguno entre el person producirá a la fin alización de la vigencia del presente convenio, una subrogación abildo en los términos previstos en el vigen te Estatuto de los Qa empresarial del C Trabajadores, aprob ado por Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre. Y Si o == y? A fin de gar antizar la debida confidencialidad, el servicio de atención y el personal que tenga relació n directa o indirecta con la prestación del servicio objeto de este convenio guardarán secreto profesional so! bre todas las informaciones, documentos y asuntos a los == 1% to por razón de su actividad durante el periodo en que que tengan acceso O conocimien ii E] se == 90 33 7 de 32 las personas mantengan su carácter de usuario e incluso después de éste, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y a formar e informar a su personal en las obligaciones que de tales normas dimanan. El Ayuntamiento de BARLOVENTO se com promete a colocar el logotipo del Excmo. Cabildo Insular de La Palma y la identidad corporativa gráfica del Gobierno de Canarias, a los efectos de dar a conocer el carácter cofinanciador por los mismos, en carteles, placas conmemorativas, material impreso, medios electrónicos o audiovisuales, uniforme del personal prestatario del servicio, vehículos que utilicen para realizar el mismo o bien en menciones realizadas en medios de comunicación. Asimismo deberá hacer mención al carácter cofinanciador del Gobierno de Canarias y el Excmo. Cabildo Insular de La Palma en cualquier nota de prensa o mención en medios de comunicación gráficos o escritos. A tal fin, las identidades co siguientes: rporativas que se deberán tener en cuenta serán las Exc mo. Cabildo Insular de La Palma: [6 Se podrá descargar este modelo de logotipo en la página web del Excmo. Cabildo Insular de La Palma; EE www.cabildodelapalma. es, de acuerdo CABILDO con la siguiente ruta: inicio/cabildo/identidadcorporativa LA PALMA Gobierno de Canarias: + Se podrá descargar este modelo de cam logotipo en el Manual de la Identidad Gobierno Gráfica del Gobierno de Canarias, en la siguiente dirección: e Canarias http://www. gobiernodecanarias.org/identi dadgrafica/zona_de_descarga.jsp == y os. CE El Ayuntamiento de BARLOVENTO s e compromete a justificar la cuantía del importe de la subvención por el coste total d e a DO actividad subvencionable, de confo rmidad con los gastos incurridos en la realización de la === 2£ Bo la memoria explicativa y la documentación presentada en fecha 25 de febrero d e 2021 a través de la Oficina de B= Registro Virtual de Entidades Locales, con número de —E REGAGE21€00001782200 y REGAG registro E21e00001781894, subsanada mediante Locales documentación presentada a través de la Oficina d en fecha e Registro Virtual de Entidades 19 de marzo de 2021, con número de j REGAGE?21€e00002901569, REGAGE21] e00002 registro es. $s 901136 y REGAGE21€e00002900398. e E a E Cuando las actividades hayan sido fi nanciadas además de con la subvención de este Excmo. Cabildo, con fondos propios u a mm 25 en la justificación el importe, procede otras subvenciones o recursos, deberá acreditarse a 1 L No ncia y aplicación de tales fondos a las actividades subvencionadas, de forma que en ningún caso los ingresos obtenidos podrán ser AY a 9 superiores al coste de la actividad sub vencionada. == 2020 =— >» 5É AKXÁ El abono se realizará con carácter e artículo 34.4 de la LGS conocida | a circunstancia de que se trata de un anticipado quedando dicha medida justificada en virtud del la gestión del servicio de las pl azas convenio cuyo objeto es mm 23 esta Corporación la entidad benefi autorizadas y de ámbito insular q ue pone a disposición de EH NE ciaria, para lo cual carece de medi a. (1) e 1 su mantenimiento. En cual q uier caso se podrá verificar en cualquier os económicos propios para === € 95 aportada por la entidad interesada, momento la documentación == 73 e 0] == 209 A LG Entidad subcontratada: PREVILABOR 365, SL, con NIF n* B82509936. E == y 2) Servicio de Limpieza: - === 25 Entidad subcontratada Femarpal, SL, con NIF n? B76538842. === 57 22€ 3) Servicio de Catering: ES 28 - — = 3 Empresa subcontratada: Sano Sano Catering, SL, con CIF n* B76674902 3 pd 4) Servicio de Recaudación: A Es > A E PP Persona subcontratada: Néstor Ángel González Lorenzo, con DNI n* 42.166.011. A 92 5) 2 Servicio de Fisioterapia: —— a a 7 PS - Y e] Persona subcontratada: D*. Ana Esperanza Díaz González, con DNI n* 42.166.856) az 6) Servicio de Actividades de Salud y Animación: 4 sE a. 2 3e es SE 14 de 32 "8 A - D. Samuel García Vargas, con DNI n* 42.416.760E. Dichas personas y entidades quedarán obligadas únicamente ante el beneficiario, que asumirá la total responsabilidad de la ejecución de la actividad subvencionada frente a la administración. El Ayuntamiento de Barlovento será responsable de que en la ejecución de la actividad subvencionada concertada con terceros se respeten los límites qu e se establezcan en la normativa reguladora de la subvenciones en cuanto a la naturaleza y cuantía de gastos subvencionables, estando los contratistas sujetos al deber de colaboración previsto en el artículo 46 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, para permitir la adecuada verificación del cumplimiento de dichos límites. En particular, la entidad subcontratada cumplirá las ratios establecidas en el Decreto 67/2012 de | Reglamento Regulador de los centros y servicio que actúen 20 de julio, por el que se aprueba e en el ámbito de la promoción de la autonomía person: al y la atención a personas en situación de dependencia en Canarias, sobre el perfil, cualificación y experienci a del personal contratado dad subvencionada, en las mismas condiciones exigidas para el para la ejecución de la activi beneficiario. la actividad subcontratada requerirá la previa solicitud Cualquier alteración o modificación de por parte del interesado así como la auto rización correspondiente por parte del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, regulándose en la misma los nuevos términos y porce ntajes que regirán la subcontratación. DECIMOTERCERA.- PARTICIPACIÓN DE LAS PERSONAS USUARIAS EN LA FINANCIACIÓN La Administración General del Estado, la Administración de la Comunidad Autónoma de Palma sustentarán parcialmente y en los términos Canarias y el Excmo. Cabildo Insular de La resultando también sustentado con la expuestos el contenido económico del presente convenio, participación individual del usuario, sin perjuicio de lo disp uesto en la normativa estatal y territorial vigente en materia de dependencia en cada momento. DECIMOCUARTA.- JUSTIFICACIÓN DE GASTOS ón recibida hasta el 01 de marzo de Se establece como plazo máximo para justificar la financiaci 2022 respecto a la subvención concedida para el ejercicio pre supuestario 2021, y el 01 de marzo de 2023 para la subvención concedida en el ejercicio presupuestario 2022, en su caso. SÉ e EN En ambos casos se aportará: os 1.- Certificado emitido por el órgano encargado d e la fiscalización de fondos con el visto bueno del Alcalde-Presidente según Anexo l. a O E 2.- Una memoria justificativa de la subvención concedida y explicativa de las actuaciones n Dicha memoria deberá estar firmada y sellada por el/la Lo) realizadas según Anexo Il. representante de la entidad. =—0 3.- En su caso, carta de p ago de reintegro en el supuesto de remanentes no aplicados así Y Si como de los intereses derivados de los mismos. A 2 A los efectos del ejercicio de la función de control financiero de la subvención concedida, cm la entidad beneficiaria tendrá a d isposici ón del Excmo. Cabildo Insular de La Palma, a =—— Y alización del plazo para presentar la correspon: diente Pp artir del día siguiente a la fin: tificativa del coste total del proyecto, E justificación a esta su bvención, la documentación jus E == $9 15 de 32 AAA así como de los ingresos/aportaciones que financiaron el coste total, así como cualquier tipo de documentación que sea necesaria para contrastar la evidencia de las manifestaciones realizadas en la memoria explicativa, y que fuese tenida en cuenta para efectuar la valoración de las solicitudes, pudiendo requ erirse por parte de esta Corporación Insular a que sea presentada en cualquier momento. La documentación justificativa a la que alude el párrafo anterior comprenderá: 1 Ficha de gasto de personal (Se adjunta modelo como Anexo 111). 2 Ficha de gastos en facturas a los efectos de acreditar los gastos de actividades y de mantenimiento (se adjunta modelo Anexo IV, V, VD. Copia compulsada de los contratos de trabajo. Copia compulsada de las nóminas y sus com probantes de pago (orden de transferencia y extracto bancario que refleje la operación). Copia compulsada de los Modelos 111 ori ginales de las retenciones practicadas y sus comprobantes de pago (extracto bancario q ue refleje la operación). Copia compulsada del Modelo 190, de las hojas donde conste su presentación en Agencia Tributaria y de aquellas donde co. nsten los trabajadores. Copia compulsada del TC1 y TC2 de coti zaciones a la Seguridad Social y sus comprobantes de pago (extracto bancario que refleje la operación). El TC2 deberá estar firmado por el titular de la autorización. Copia compulsada de las facturas acreditativas del gasto realizado, cumplir los requisitos establecidos (que deberán por el Real Decreto 1619/2012, de 30 d e noviembre, fi por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obl igaciones de acturación, y la Ley 20/1991, de 7 de junio de modificación de los aspel ctos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias y/o sus posteriores modifi caciones) y sus comprobantes de pago (orden de transfere: Operación). ncia y extracto bancario que refleje la La documentación acreditativa del pago de dichas facturas será la siguiente: - Para facturas pagadas por mediante transfere ncia bancaria o domiciliación bancaria, extracto bancario que refleje la Operación. . conjuntamente con otras facturas se debi Si el pago de la factura se realiza erá remitir copia de la orden de 5-8] transferencia con desglose de los pagos que se incluyen en la misma y el importe ES total de la misma, así como copia del sE co transferencia. cargo en cuenta de la citada orden de En el extracto bancario de identifi berán constar como mínimo los siguientes datos: 38 cación de la entidad fi hanciera, n de cuenta bancaria con cargo a la cual se abonó el gasto correspondiente concepto, así como la identifi , asÍ Como Su titular, la fecha de cargo, el importe, el cación del beneficiario de la transferencia. x2 En za del Para facturas p. agadas en efectivo, recibo del proveedor en el que conste: los datos proveedor, el número de la fa pago, debidamente firmado y sella. ctura, la forma de pago, el Importe y fecha de a E Y Ek] _—_ Y] do. Sólo se admitirán pagos en metálico siempre o =—_ 0 y cuando el importe de cada pago sea inferior a 600,0 O € y la suma total de los == === y 3 mismos no supere el 25% de 1 a cantidad total justificada. ac e do Se as. LE $2 JE A SE 16 de 32 as DO 88 Para facturas pagadas mediante tarjeta de crédito deben acompañarse del justificante de dicho pago y extracto bancario que refleje la operación. Para facturas pagadas mediante talón o cheque bancario nominativo, copia del mismo y extracto bancario que refleje la operación En el caso de contrataciones específicas de servicios o de servicios profesionales: Copia compulsada del contrato (en su caso), y/o de las facturas (que deberán estar válidamente emitidas según los requisitos establecidos por el Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, y la Ley 20/1991, de 7 de junio de modificación de los aspectos fiscales del Régimen Económico Fiscal de Canarias y/o sus posteriores modificaciones), comprobantes de pago, el Mod. 111 correspondientes y sus comprobantes de pago (extracto bancario que refleje la operación), así como el Mod. 190. 10 Copia compulsada de los Modelos 115 y sus comprobantes de pago (extracto bancario que refleje la operación) y copia compulsada del modelo 180, en su caso. 11 En el supuest o en el que se impute a la actividad subvencionada gastos de mantenimiento o cualquier otro gasto por un importe i nferior al que consta en el documento que acredita el gasto, informe del represente de la entidad en el que se explique suficiente y razonadamente e l criterio utilizado para la imputación del gasto y el importe imputado, debiendo ser imputados en la parte que razo nablemente corresponda con la actividad y periodo de ejecución subvencionado. 12 Documento emitido por entidad financiera en la que conste el nombre del titular de la cuenta/s con cargo a la cual se abonaron los gastos de personal y los restantes gastos. la que se haga constar que no se ha concertado la ejecución 13 Declaración responsable en total o parcial de la activid ad subvencionada con ninguna persona o entidad vinculada con el beneficiario, salvo que se haya obtenido autori zación expresa del órgano concedente. (Anexo VID. 14 ecto deberán acreditarse mediante Las aportaciones de las personas usuarias del proy en cuenta bancaria que permita copia compulsada d el comprobante de ingreso identificar la titularidad de la cuenta así como lo: s datos de las personas usuarias, el de el ingreso (mensualidad, ..). En el supuesto importe el concepto de a qué correspon as se recaude a través de una empresa de de que la aportación de las personas usuari 2 3 ET recaudación, la acreditaci ón se realizará a través de una relac ión del importe recaudado a 38 ) en el correspondiente periodo firmada y O a cada uno de las personas usuarias (Datas 1 comprobante de ingreso en la Br sellada por la empresa de recaudación así como con € sl cuenta bancaria de la entidad beneficiaria del importe recaudado. 15 Si se percibiesen otras ayudas, subvenciones, ingresos O recursos, procedente de zÓ o ent es públicos o privados para el desarrollo del e cualesquiera Administraciones, bante documental de cada una (copia de la A ga proyecto, deberá aport arse Compro notificación/comunicación de la entidad concedente, del bole tín oficial donde se haya ES de los mismos, en el que se identifiquen los publicado, etc.) y copia del ingreso bancario la fecha, el concepto y el importe, así sl datos de la entidad beneficiaria, de la concedente, 02 como cualquier otro dato necesario para la com probación de la procedencia de los mismos. 33 62 SS Los anexos III, IV, y V podrán requerirse, ade más, en formato Word y/o Excel. a .€(€q == 22 a 2 =— si 38 17 de 32 DECIMOQUINTA.- VIGENCIA La duración del presente convenio se extenderá desde su firma hasta el 31 de diciembre de 2021, produciendo efectos desde el día 1 de enero de 2021. Asimismo, de producirse la prórroga o suscripción de nuevo Convenio de Cooperación entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (a través de la Consejería de Empleo, Política Sociales y Vivienda y la Consejería de Sanidad) y el Cabildo Insular de La Palma, para la prestación de servicios a personas en situación de dependencia y, en general, a personas menores de seis años, mayores o con discapacidad, y para la realización de actuaciones en relación con el procedimi ento de reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las prestaciones, dicho convenio prolongaría su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2022. El convenio estará sujeto, en todo caso y momento, a cualquier variación de contenido que se produzca en el marco de la normativa vigente en la materia de dependencia a nivel estatal y territorial, o en su caso a cualquier modifi cación de índole presupuestaria que afecte al sustento económico del texto. DECIMOSEXTA.- MODIFICACIÓN DEL CONVENIO Tras la firma del convenio, se podrá modificar el mismo: A) A iniciativa propia por parte de este Excmo. Cabil do Insular de La Palma, en consonancia, en su caso, con las posibles modific aciones del Convenio ratificado el 6 de agosto de 2018, por el período 2018 -2021, suscrito con la Comunidad Autónoma para la prestación de servicios a personas e n situación de Dependencia B) A solicitud de la entidad beneficiari a, siempre que en este último supuesto se cumplan los siguientes requisitos: 1. La solicitud de modificación duberá sat justificado de forma suficiente en la m isfacer el interés general, lo que deberá ser isma, o en una memoria que la acompañe, indicándose expresamente que no se vulneran intereses de terceros ni se altera esencialmente la naturaleza u obj competencia. etivos de la subvención, ni afecta al principio de La modificación es un su: puesto excepcional en los procedimientos de concesión de subvenciones u otro tip o de oportunidad o conveniencia, ayudas, no pudiendo estar motivada en razones de La causa que justifica la petición por el benefi negligencia por su parte. ciario no puede obedecer a culpa o === 2£ e > 25 Las causas de fuerza mayor o el caso fortuito pueden considerarse como supuestos Sg habilitantes para, en concurrencia con los otros criterios exigidos, acceder a la modificación. La comunicación del beneficiario 8 de las causas que justifican la modificación AA E solicitada de forma inmediata a su aparición y, en todo caso, con anterioridad a la Es finalización del plazo de ejecuci a A Oo correspondiente Resolución de m Ón. A los efectos de la tramitación de la qa odificación, la solicitud deberá presentarse ante A mm 28 este Excmo. Cabildo Insular de L a Palma con anterioridad al 01 de diciembre del a | 2 —. 25 año en curso. A Y 8 a ==— Xi a =— + Q 18 de 32 38 No caben modificaciones que supongan un aumento de la aportación global máxima para el Cabildo Insular de La Palma salvo en el supuesto contemplado en la cláusula sexta de este Convenio. En la solicitud de modificación, o en la documentación que la acompaña, deben de reflejarse de forma clara las causas que han sido consideradas para adoptar la decisión de solicitar la misma, especificando detalladamente cuáles son las nuevas obligaciones que se adquirirán, en caso de admitirse la modificación, y condiciones a cunstancias deben ser adecuadas, documentadas, las que se somete. Dichas cir proporcionadas y razonables, y así deben quedar acreditadas en la solicitud del beneficiario. En la documentación debe quedar constancia, y así expresarse en la solicitud del beneficiario, sobre la viabilidad de las nuevas condiciones y/o, en su caso, del nuevo cronograma al que se someten las actuaciones subvencionadas, y que a pesar del tiempo transcurrido desde la concesión se mantenga indemne la naturaleza y los objetivos de la subvención. Se debe analizar en la solicitud de modificación la garantía o aseguramiento del cumplimiento futuro. Correspon derá al titular de la Consejería de Servicios Sociales, previo informe de la Jefa de Servicio, la estimación o, en su caso, desestimación de las solicitudes de modificación. En caso de no aprobarse dicha modificación, el servicio a prestar deberá ejecutarse conforme a la memoria inicialmente presentada; en caso de que la entidad beneficiaria no lo aceptase, se 1 reintegro total o parcial de la adoptarán las medidas administrativas oportunas para € subvención junto a los intereses de demora. DECIMOSEPTIMA.- COMISIÓN PARITARIA Se creará una comisión formada por dos representantes del Excmo. Cabildo Insul ar de La Palma y dos del Ayuntamient o de BARLOVENTO que tendrá entre sus funciones el seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y, más concretamente, las siguientes: - Resolver los pro! blemas de cumplimiento que puedan plantearse respecto al convenio. ss Participar en la selección del personal que vaya a prestar sus servicios. E Los representantes del Cabildo Insular s erán designados por la persona titular de la Consejería o designará a la Presidencia y la Secre taría de dicha $? de Servicios Sociales quien a su vez ón decidirá, en el caso de votaciones, el resultado de Comisión. El/la presidente/a de la Comisi empate con voto de calidad. y Hg DECIMOCTAVA.- RESOLUCIÓN DEL CONVENIO — —=—= Y El presente Convenio podrá resolverse por las siguientes causas: A 32 a 2 a) Por mutuo acuerdo de las partes. 0% — A b) Incumi plimiento acreditado por una de las partes de cualquiera de sus estipulaciones. Du La falta o merma de la calidad en los servicios. a 2 c) a] $ nes que impone la normativa vigente respecto al ejercicio de E d) Incumplir las obligacio os. las tareas y actividade, s de atención a los usuarios del Servicio de Ayuda a Domicilio. 23 la a. 19 de 32 e) La obstaculización para la comprobación, vigilancia y requerimiento por parte de los servicios correspondientes del Cabildo Insular de La Palma. f) Por cualquiera de las causas previstas legalmente. DECIMONOVENA..- DEVOLUCIÓN VOLUNTARIA DEL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN. Se entiende por devolución voluntaria de las cantidades abonadas aquella que es realizada por la entidad beneficiaria sin el previo requerimiento de la Administración. Dicho ingreso podrá realizarse con el modelo incluido como Anexo VI acompañado del justificante bancario, comunicando al servicio gestor concedente dicha circunstancia. Cuando se produzca la devolución voluntaria, la Administración calculará los intereses de demora de acuerdo con lo previsto en el artículo 38 de la Ley General de Subvenciones y hasta el momento en que se produjo la devolución efectiva por parte de la entidad beneficiaria. La cantidad a devolver voluntariamente o adeudada deberá ser ingresada en la cuenta designada al efecto por el Excmo. Cabildo Insular de La Palma, haciendo constar en el ingreso el nombre de la entidad beneficiaria, el número de expediente, así como el año de la convocatoria. El ingreso habrá de comunicarse al Área de Acción Si ocial mediante la remisión de copia del documento acreditativo del ingreso efectuado. VIGESIMA.- RÉGIMEN SANCIONADOR. El Ayuntamiento de BARLOVENTO quedará sometido al régimen sancionador en materia de subvenciones que establece el Título IV de la LGS y el Título IV del RLGS. VIGESIMOPRIMERA.- CONTROL FINANCIERO. El control financiero de las subvenciones o Cabildo Insular de La Palma se e ) torgadas con cargo a los presupuestos del Excmo. jercerá conforme a lo establecido en el Título MI de la LGS, por la Intervención General de la Co rporación, sin perjuicio de las funciones atribuidas a la Audiencia de Cuentas de Canarias yal Tribunal de Cuentas. VIGESIMOSEGUNDA.- INCUMPLIMIENTO Y REINTEGRO El incumplimiento del presente convenio mismo. La parte afectada por alguna de las partes dará lugar a la resolución del por el incumplimiento deberá justificar de manera motivada dicho incumplimiento y solicitar expresamente la resolución del Convenio. Procederá el reintegro de las cantidades sE percibidas, así como la exi gencia del interés de demora desde el momento del pago de la subvenció;: n hasta la fecha que se acuerde la procedencia del reintegro, o la fecha en que el/la deudor/a ingres a Supuestos contemplados en el artículo 37 de la LGS. e el reintegro si es anterior a ésta, en los —. E ES E Con carácter general, serán en el Capí apítulo II del Títul o II de la LGS aplicables las condiciones y el procedimiento del reintegro previsto se realiza a la Intervención General de teniendo en cuenta que la referencia que en la misma o 5 533 l Estado se entiende referida a la Intervención General del o ES 02 Excmo. Cabildo Insular de La Palma. Si RE EE == zi os e Y =—— + == Y 258 sE =E == 20 de 32 El VIGESIMOTERCERA.- CRITERIOS DE GRADUACIÓN DEL INCUMPLIMIENTO El incumplimiento total o parcial de los requisitos y obligaciones establecidos en el presente convenio, dará lugar a la pérdida del derecho de cobro de la subvención que el mismo instrumentaliza, y/o obligación de reintegrar esta, conforme a lo dispuesto en el Título Il de la LGS, y en el Título II del RLGS. Los criterios generales de graduación de incumplimiento son los que se indican a continuación: 1 La obtención de la subvención falseando las condiciones requeridas para ello u ocultando aquellas que la hubieran impedido. En este caso, procederá el reintegro de la totalidad de la cantidad percibida. El incumplimiento total y manifiesto de lo objetivos, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comportamiento que fundamenta la concesión de la subvención para los que se concedió la subvención, determinado a través de lo s mecanismos de seguimiento y control de la misma. En este caso, procederá el reintegro total de la cantidad percibida, y en su caso de la pérdida del derecho de cobro de las cantidades pendientes de percibir. El incumplimiento parcial del objetivo, de la actividad, del proyecto o la no adopción del comport: amiento que fundamenta la concesión de la subvención. En caso de incumplimiento parcial, la cantidad a reintegrar será un porcentaje de lo percibido equivalente al porcentaje de incumplimiento. o la justificación insuficiente, lo El incumplimiento de la obligación de justificación cual conllevará la devolución de las cantidades percibidas y no justificadas O justificadas indebidamente, y en su Caso, la pérdida del derecho al cobro de las cantidades pendientes de percibir. El incumpli miento de las obligaciones de adoptar las medidas de difusión contenidas en este Convenio dará lugar al reintegro de un 1,75% de lo percibido. Resistencia, excusa, obstrucción o negativ a a las actuaciones de comprobación y control financiero previstas en los artículo: s14y1 5 de la LGS, así como el incumplimiento de les o de conservación de documentos cuando de ello las obligaciones contables, registra se derive la imposibilidad de ve rificar el empleo dado a los fondos percibidos, el dad y regularidad de las actividades subvencionadas, cumplimiento del objetivo, la reali o la concurrencia de subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma finalidad, s de cualesquiera Administraciones o entes públicos o priv ados, nacionales, procedente procederá el de la Unió n Europea o de organismos internacionales. En este caso, E 33 reintegro de la totalidad de la cantidad percibida. Incumplimiento de las obligaciones impuest as por la Administración al beneficiario, así es como de los compromisos por este asumi dos, con motivo de la concesión de la fieran al modo en que se han de conseguir los subvención, siempre que afecten O se re ¿8 3 objetivos, realizar la actividad, ejecutar el proyecto O adoptar el comportamiento que E de incumplimiento parcial, la fundamenta la concesión de la subvención. En caso 33 cantidad a reintegrar será un porc: entaje de lo percibido equivalente al porcentaje de incumplimiento. 7 Incumplimiento de las obligaciones impuestas por la Administración al beneficiario, así A dos, con motivo de la concesión de la Du a como de los compromisos por este asumi do de ello se derive la imposibilidad de subvención, distintos de los anteriores, cuan: —_—— NO verificar el empleo dado a los fondos percibidos, el cumplimiento del objetivo, la a vencionadas, o la concurrencia de $ realidad y regularidad de las actividades sub la misma finalidad, procedentes de > subvenciones, ayudas, ingresos O recursos para cualesquiera Administraciones o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión al ales. En caso de incumplimiento parcial, la Europea o de organismos internacion: — 3 21 de 32 ECO qq qA4+ Ho == Y === Y == ¿E e =l as EE 22 de 32 a DO —— E "IN ANEXO I CERTIFICADO PARA LA JUSTIFICACIÓN DE LA SUBVENCIÓN ESPACIO PARA EL LOGO DE LA ENTIDAD D./Dña. , Secretario/a- Interventor/a del Ayuntamiento Interventor/a CERTIFICO: Que según documentación obrante en esta Intervención o Secretaría-Intervención actualmente a mi cargo resulta que: de de 2021 se concede por parte del Excmo. Cabildo Primero.- Que por Convenio de fecha una subvención cuyo objeto constituye la gestión de las plazas Insular de La Palma a autorizadas y de ámbito insular sitas en el centro de referencia, por un importe de euros habiéndose recibido e incorporad o al Presupuesto General de esta Corporación dicha cantidad y destinada a la ejecución del objeto de la subvención. S un: do - La subvención recibida se ha destinado al cumplimiento de la finalidad objeto de la Segundo.- subvención, y d e acuerdo a las condiciones establecidas en el Convenio. Tercero.- Que el importe de las obligaci ones reconocidas a 31 de diciembre de 20__ por la gestión de las sitas en el centro de referencia asciende a plazas autorizadas y de ámbito insular idad y regularidad de los gastos y pagos euros, según el siguiente desglose, y que acredita la real justificados de la subvención, así como su adecuación a la normativa reguladora de la acumulación de ayudas: E O Gastos de personal Gastos de actividades Gastos de mantenimiento or los usuarios sujetos al convenio del Centro Cuarto.- Que las aportaciones realizadas p en el ejercicio 202__ ascienden a la cantidad de Residencial/Día/Ocupacional euros, habiéndose destin ado dicha aportación a la ejecución del objeto de la subvención (Sólo en el supuesto de que existan aportaciones de los usuarios). se recibieron otras subvenciones, ayudas, Quinto.- Que Si/No (tachar o eliminar lo que no proceda) de instituciones o entidades públicas o p rivadas para la ejecución del objeto de la ingresos O recursos firmativo indicar su procedencia e importe). subvención (En caso a EN 92 Sexto.- Que la aportación de fondos propios en el ejerci cio 2021 destinada a la ejecución del objeto de la subvención asciende a euros. da), se obtuvieron ingresos específicos Séptimo.- Que Sí / No (tachar o eliminar lo que no proce obtenidos del desarro! llo de la actividad subvencionada (Si se ob' tuvieron ingresos específicos indicar su de que dichos ingresos han sido destinados a la ejecución del importe, descripción y acreditación expresa objeto de la subvención). —=——= x A ZO 33 expido la pres ente con el visto bueno del/de la A oz Y para que conste y surta los efectos oportunos, ,a , de , de 2021. Presidente/a, en 2 o vo B* o LO —— DE Presidente/a === y3 (firma y sello Secretario/a) (nombre y apellidos del Presidente/a) as po 3 23 de 32 a A—<————_—_—————————_—_—— _—— _——_____—_ ANEXO Il 1. DATOS DE IDENTIFICACIÓN DE LA ENTIDAD 2. DENOMINACIÓN DEL CENTRO: E IE : [TELÉFONOS e PERSONAS ATENDIDAS Ender PERSONAS ATENDIDAS ERO .. dp HOMB 057] MUJER ES | "TOTAL | TOTAL DE ALTAS PRODUCIDA S TOTAL DE BAJAS PRODUCIDAS a a IN dx === 2£ 3. ACTIVIDADES O ACTUACIONES REALIZADAS: Especificar las actividades que han desarrollado: ES Sd 7 E E A 0 es. e 1 2 A NE E 26 === 33 —— Si ES o —— YX =— > == no as as on 38 <- IIA 99 IN4Sg euwJoaje: ¡d ey FBsep eyueweotuooeje opeuy oJueun9og > (ME dc ¡sdyu ¡294 A al MZrLOD9ZOPHUOHOHTEY :UQPEPneA “POD 2 | TL | Ll LL J A mi 2 EG : ooYp et IN ga QAQoz ROLLO IN 35 a vo. L3 =-0 Om 0% 33 O Fri! 35 5] «Aa ZO Ap EE “BÉzO MN a E ul LS Ba 3+ << 33 IN pp] SE noo ge IIA 5) 3% Z2 BE 4 «+ 38% IIA 2.s 3% 2.9% m>? 85 ae 3 om MIA Y go 532 32535 3 IN E35 e33< 2 Y muoOz 35 INN se Za E a E JU pla É lu L20Ru uwy*= Novo o5 =u 0. x3- < y u< ==“ LIO a] AA Ex Lo “FOyWyRg> Qs on IIS gx MIN w> 30 ao) zu ÉS Bea | pa = dhy Al ¡e/dA4 epsap ajueu 2 Opetuy oJuewnoog EWTZ/LO9ZOMAIDHOH TEV :UOPepIeA 'p9o T ll l l ll | > LL) Ll ll | Jl | e 7 u> 3 FO iu o Ex$% ú $ 3 20 Ox OPA AO Owr oL-FioQ AO [- ou 00 LÍO 020 =r => AN Hou RO iLSo co xo“ DI w= po) Wi w5Ex2ó 30 E INN 520 ANNE ÍI-> Leo +00 uu MI OMT Pel z3 eS we Souw we 0 eo) aY92 wR 58 All — A A Nn ge w=pg no 035 na Eu =020> Ss Ls 2502 nu Il € zZU w=0 00 Ez LOSE IX E s SsoL Eu =ZXs 0S IM leño] Lu xI- EZOQ [ES 205 esgo 2u us no wo os EN So Tu oz 52 a WA Eo Out dy) =*Z MI 070.5 30 SS y LA MN Ez 285 0 roZu os 323 wo 85% su= É WI w< EXLwWDG eS n>- 0 Oor< om o= SIL + =u MI oO MN FORT Dan wo” LA HINA ANA [Y we NS rada) ES 23% L= mu. WI pao o =w so 011! ——o A _ _ ——uzzJJJJ ANEXO VI DEVOLUCIÓN VOLUNTARIA DEL IMPORTE DE LA SUBVENCIÓN D./Dña. Secretario/a-Interventor/a 0 0 Interventor/a del Ayuntamiento , en calidad de beneficiaria de la subvención concedida mediante Convenio suscrito-en fecha para el desarrollo del servicio de ay uda a domicilio para el año »” PONGO DE MANIFIESTO QUE: Pri mero.- Procedo a practicar la devolución voluntaria de la totalidad/parte de la referida subvención, motivado por ., ascendiendo el importe total devuelto a Euros, Segundo.- La referida devolución voluntaria se realizará mediante transferencia bancaria materializada en la siguiente cuenta bancaria (consultar en cada momento a la entidad gestora el IBAN y CCC del Excmo. Cabildo Insular de La Palma para este concepto) En Santa Cruz de La Palma, a de rre roo corr 9 00 de == q A a Oy Ad === 2 == ? A > O os == E ES po ES o a E e a O A E a > A Á— NE As 1 O === 35 E a: $ — LE y EST e 10 je as. E E a. $ E 30 de 32 ANEXO VU DECLARACIÓN RESPONSABLE Secretario/a- rr rr rr rr rr cr rr rr 2 Interventor/a Interventor/a del Ayuntamiento , y en calidad de beneficiario de la , para cuyo subvención obtenida mediante Convenio suscrito en fecha objeto consiste en rr rr rr 2 por importe de rosso rro rr rr rr rr rro rro DECLARA No haber concertado la ejecución total o parcial de las actividades subvencionadas con ninguna persona o entidad vinculada con el beneficiario, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29.7 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en consonancia con lo establecido en el artículo 68.2 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Ponosooss. de de 202 En rr ,a 3% A 53 ES | o E A] A a 2 e e Su a 2 5 == y? —— Ú — E pl —— ES 851 Ge == 3 E 31 de 32 ANEXO VHI ESPACIO PARA EL LOGO DE LA ENTIDAD D./Dña. , Secretario/a-Interventor/a 0) Interventor/a del Ayuntamiento —_—_—_—_——a_—__——aeo ——_—_—_ CERTIFICO: Que las aportaciones realizadas por los usuarios sujetos al convenio del CENTRO RESIDENCIAL en el año 202_ ascienden a la cantidad de euros, habiéndose destinado dicha aportación a la ejecución del objeto de la subvención (atende, r a los gastos de la gestión de las plazas del Centro ). (A certifi existan aportaciones de los usuarios). car sólo en el supuesto de que Estas aportaciones se desglosan en la siguiente tabla: del N.LF. Nombre y apellidos usuario 0,00 Euros Y para que conste y surta los efectos oportunos, expido la presente con el visto bueno del > en ,a , de , de 20 yo B* Alcalede/sa — Presidente-a Firma y sello Secretario/a == 3 Y en prueba de conformidad con todo lo anteriormente expuesto, qe las partes firman el A > O === 575 presente Convenio, en triplicado ejemplar, en el lugar y fecha arriba indicad OS. e es. O El Presidente El Alcalde Presidente ES del Excmo. Cabildo Insular de La Palma del Ayuntamiento de Barlovento Firmado digitalmente 421894751 por 421894757 MARIANO MARIANO HERNANDEZ (R: 5] HERNANDEZ P3800002B) (R: P3800002B) Fecha: 2021.06,16 a 10:33:09 +01'00' —. 2 a 1 2 SE oz “Diligencia para hacer constar == y 3 firma válida.” que el presente documento se firma por medios electrónicos, con == ? o 5É a SS] 32 de 32 3