Ayuntamiento de Barlovento DOÑA SARA MARTÍN BARRERA, SECRETARIA – INTERVENTORA DEL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO.-------------------------------------------------------------- SECRETARIA-INTERVENTORA Fecha Firma: 12/09/2022 HASH: 962cfab4bdd579fb6972ea5969150496 CERTIFICO: Que según consta en el acta de la sesión extraordinaria y urgente, celebrada por la Junta de Gobierno Local, en fecha 12 de septiembre de 2022; se adoptó el siguiente acuerdo: Sara Martín Barrera (1 de 2) “PRIMERO: CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO Y LA FUNDACIÓN CANARIA RESERVA MUNDIAL DE LA BIOSFERA LA PALMA, ACTUACIONES EN LA CREACIÓN, RECUPERACIÓN, DESARROLLO Y MEJORA DE LA RED DE SENDEROS LOCALES, MIRADORES Y LUGARES EMBLEMÁTICOS DE LOS MUNICIPIOS DE LA PALMA, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE ACTUACIONES DE LA SUBVENCIÓN DIRECTA RECIBIDA DEL OAPN, ART. 44 DEL REAL DECRETO LEY 20/2021, DE 5 DE OCTUBRE. Visto el borrador del “Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de Alcalde Fecha Firma: 12/09/2022 HASH: fb11a5bad0ebe472dc64d8b7732cf7c3 Barlovento y la Fundación Canaria Reserva Mundial de la Biosfera La Palma, para la Jacob Anis Qadri Hijazo (2 de 2) creación, recuperación, desarrollo y mejora de la red de senderos locales, miradores y lugares emblemáticos de los municipios de La Palma, en elmarco del Programa de actuaciones de la subvención directa recibida del OAPN, art. 44 del Real Decreto Ley 20/2021, de 5 de octubre” que literalmente dice lo siguiente: “CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO Y LA FUNDACIÓN CANARIA RESERVA MUNDIAL DE LA BIOSFERA LA PALMA, ACTUACIONES EN LA CREACIÓN, RECUPERACIÓN, DESARROLLO Y MEJORA DE LA RED DE SENDEROS LOCALES, MIRADORES Y LUGARES EMBLEMÁTICOS DE LOS MUNICIPIOS DE LA PALMA, EN EL MARCO DEL PROGRAMA DE ACTUACIONES DE LA SUBVENCIÓN DIRECTA RECIBIDA DEL OAPN, ART. 44 DEL REAL DECRETO LEY 20/2021, DE 5 DE OCTUBRE. En Santa Cruz de La Palma, a …. de septiembre de 2022 REUNIDOS Ayuntamiento de Barlovento Pág.1 de 6 Cód. Validación: 3FWATZ75DR3F2QT3P4FJYEC7W | Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 6 Ayuntamiento de Barlovento De una parte, don Jacob Qadri Hijazo, alcalde–presidente del Iltre. Ayuntamiento de BARLOVENTO, con CIF P3800700A y Patrono de la Fundación Canaria Reserva Mundial de la Biosfera La Palma. De otra parte, don Ernesto Aguiar Rodríguez, director ejecutivo de la Fundación Canaria Reserva Mundial de la Biosfera La Palma, con CIF G76724723, Nº 344 del Registro de Fundaciones Canarias, y domicilio en calle Francisco Abreu nº9, 38700 Santa Cruz de La Palma. EXPONEN Primero: Que la Fundación Canaria Reserva Mundial de la Biosfera La Palma, en adelante, La Fundación, es una fundación del sector público, constituida por el Consorcio Insular de la Reserva Mundial de la Biosfera La Palma, para dar cumplimiento a las funciones, fines y obligaciones encomendadas por la UNESCO a las reservas de la Biosfera dentro del Programa MaB, Man and Biosphere, (Persona y Biosfera), e integrada por los Ayuntamientos de Barlovento, Breña Alta, Breña Baja, El Paso, Fuencaliente de La Palma, Los Llanos de Aridane, Puntagorda, Puntallana, San Andrés y Sauces, Santa Cruz de la Palma, Tijarafe, Villa de Garafía, Villa de Mazo, Villa y Puerto de Tazacorte, el Cabildo Insular de La Palma, la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y la Administración General del Estado. Inscrita en el Registro de Fundaciones Canarias con el número 344 y adscrita al Excmo. Cabildo Insular de La Palma. Segundo: Que La Fundación ha recibido una subvención directa mediante resolución del Vicepresidente del Organismo Autónomo de Parques Nacionales, en adelante OAPN, en base al artículo 44 del Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma, para: “La restauración de ecosistemas degradados y de infraestructuras para la conservación de los recursos naturales” y “Apoyo a la producción, promoción comercialización de productos locales y otras medidas de fomento del desarrollo sostenible, sostenibilidad del turismo, recuperación paisajística, medidas de apoyo al manejo agroecológico y forestal sostenible y puesta en valor de los conocimientos tradicionales, promoviendo la eficiencia de los recursos”. Tercero: Que la ejecución de esta subvención se estructura en un Programa de Actuaciones, que, a su vez se subdivide en ejes: “Restauración y desarrollo de los recursos hídricos”; “Restauración y desarrollo de la energía, fomentando la sostenibilidad, a través de energías más eficientes y limpias”; “Recuperación y mejora de los senderos, miradores, paisajes y el patrimonio, favoreciendo un desarrollo sostenible del sector turístico” y “Apoyo a la producción, promoción y comercialización de la economía local y la eficiencia de los recursos”. Ayuntamiento de Barlovento Pág.2 de 6 Cód. Validación: 3FWATZ75DR3F2QT3P4FJYEC7W | Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 6 Ayuntamiento de Barlovento Cuarto: Que en el Eje 3: “Recuperación y mejora de los senderos, miradores, paisajes y el patrimonio favoreciendo un desarrollo sostenible del sector turístico” tienen cabida “Actuaciones en la creación, recuperación, desarrollo y mejora de la red de senderos locales, miradores y lugares emblemáticos de los municipios de La Palma”. Quinto: Que el Ayuntamiento de BARLOVENTO es Patrono de La Fundación, y ha presentado propuestas de actuación en su término municipal y ámbito competencial, para su ejecución por La Fundación con cargo a la referida subvención. Sexto: Que habiéndose aceptado por la Dirección Ejecutiva de La Fundación la propuesta de actuación planteada desde el Ayuntamiento de BARLOVENTO denominadas: “Rehabilitación del sendero Montaña Centinela”, “Rehabilitación y acondicionamiento del entorno y las fuentes de La Fajana, La Faya de Felipe y La Gallega” y “Mirador temático La Quisisana”, por encontrarse dentro de las previstas en el referido Programa de Actuaciones; y siendo este Ayuntamiento el titular del suelo donde se desarrollará la misma y quién tiene la competencia para ejecutar acciones sobre el mismo, Y en base a lo expuesto, ambas partes acuerdan suscribir el presente convenio de colaboración, que se regirá por las siguientes CLÁUSULAS Primera: Objeto del contrato. El objeto del presente convenio es la colaboración entre el Ayuntamiento de BARLOVENTO y La Fundación para la realización de la siguientes actuaciones: “Rehabilitación del sendero Montaña Centinela”, “Rehabilitación y acondicionamiento del entorno y las fuentes de La Fajana, La Faya de Felipe y La Gallega” y “Mirador temático La Quisisana”, cuya financiación se realizará con cargo a la subvención directa concedida a La Fundación, mediante resolución del Vicepresidente del Organismo Autónomo de Parques Nacionales en base al artículo 44 del Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma. El interés público común que justifica la suscripción del presente convenio viene determinado por la necesidad de mejorar las condiciones del tránsito y conservación. Segunda: Obligaciones de las partes. El Ayuntamiento de BARLOVENTO, se compromete a autorizar a La Fundación para la ejecución de las acciones denominadas “Rehabilitación del sendero Montaña Centinela”, “Rehabilitación y acondicionamiento del entorno y las fuentes de La Fajana, La Faya de Felipe y La Gallega” y “Mirador temático La Quisisana”, en Barlovento con el fin de Ayuntamiento de Barlovento Pág.3 de 6 Cód. Validación: 3FWATZ75DR3F2QT3P4FJYEC7W | Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 6 Ayuntamiento de Barlovento mejorar las condiciones de tránsito y conservación y nombra como interlocutor válido para cualquier duda o consulta que se derive de la ejecución de esta actuación, a don/doña Antonio Pérez Morales (Arquitecto Técnico, municipal). La Fundación se compromete a realizar el procedimiento de contratación de las actuaciones de “Rehabilitación del sendero Montaña Centinela”, “Rehabilitación y acondicionamiento del entorno y las fuentes de La Fajana, La Faya de Felipe y La Gallega” y “Mirador temático La Quisisana”, y supervisar su ejecución conforme al contrato y el proyecto que lo motivó, y financiar el coste de la misma con cargo a la subvención directa concedida a La Fundación, mediante resolución del Vicepresidente del Organismo Autónomo de Parques Nacionales, en base al artículo 44 del Real Decreto-ley 20/2021, de 5 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de apoyo para la reparación de los daños ocasionados por las erupciones volcánicas y para la reconstrucción económica y social de la isla de La Palma. La Fundación designa como director de los trabajos a don Omar Delgado González, Técnico de La Fundación y a doña Mónica de los Ángeles Gómez Curiel, Técnico de La Fundación, para la ejecución del Programa de Actuaciones de la antedicha subvención. El Ayuntamiento será responsable de la presentación de todos los permisos, informes o licencias necesarias para la ejecución del proyecto, incluidos los referidos a la titularidad de los terrenos por los que transcurren la obra planteada. Cualquier paralización de los trabajos, tanto parcial como total, por causas imputables a ese Ayuntamiento, será éste quien asuma los gastos derivados de la misma. Tercera: Seguimiento y control. Se establece una comisión de seguimiento, formada por un representante de cada una de las partes, para resolver los problemas de interpretación y cumplimiento que pudieran plantearse en la interpretación y aplicación de las cláusulas de este convenio. Dicha comisión se reunirá cuantas veces sea necesario, a petición de cualquiera de las partes. Cuarta: Duración. La vigencia del presente convenio será igual al tiempo de ejecución de la actuación denominada “Rehabilitación del sendero Montaña Centinela”, “Rehabilitación y acondicionamiento del entorno y las fuentes de La Fajana, La Faya de Felipe y La Gallega” y “Mirador temático La Quisisana”, no pudiendo exceder de 4 años. En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, los firmantes del convenio podrán acordar unánimemente su prórroga por un periodo de hasta cuatro años adicionales. Quinta: Modificación y resolución. Ayuntamiento de Barlovento Pág.4 de 6 Cód. Validación: 3FWATZ75DR3F2QT3P4FJYEC7W | Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 6 Ayuntamiento de Barlovento El presente convenio de colaboración podrá ser modificado por acuerdo de las partes, a propuesta de cualquiera de éstas, mediante la suscripción del oportuno acuerdo de modificación, formalizado antes de la finalización de la duración del mismo. Serán causas de resolución anticipada del presente convenio: El acuerdo unánime de todos los firmantes. El incumplimiento de las obligaciones y compromisos asumidos por parte de alguno de los firmantes. En este caso, cualquiera de las partes podrá notificar a la parte incumplidora un requerimiento para que cumpla en un determinado plazo con las obligaciones o compromisos que se consideren incumplidos. Este requerimiento será comunicado al responsable del mecanismo de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio y a las demás partes firmantes. Por decisión judicial declaratoria de la nulidad del convenio. Por cualquiera otra causa distinta de las anteriores prevista en el convenio o en otras leyes. Sexta: Naturaleza y jurisdicción. El presente convenio tiene naturaleza administrativa, artículo 47 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, sin perjuicio de la aplicación de los principios y criterios de dicha Ley para resolver las dudas y lagunas que puedan presentarse. La existencia de cualquier tipo de discrepancia entre las partes, en relación con la interpretación o ejecución de lo establecido en este convenio de colaboración, no resuelto en el seno del comité de seguimiento, se resolverá conforme a lo que al efecto se determine por los Jueces y Tribunales del orden jurisdiccional contencioso-administrativo. Y en prueba de conformidad en cuanto antecede, las partes lo firman. Don Jacob Qadri Hijazo Don Ernesto Aguiar Rodríguez El alcalde-presidente El director ejecutivo de la Ayuntamiento de F.C. Reserva Mundial de la Barlovento Biosfera La Palma” Ayuntamiento de Barlovento Pág.5 de 6 Cód. Validación: 3FWATZ75DR3F2QT3P4FJYEC7W | Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 6 Ayuntamiento de Barlovento Visto que en aplicación del artículo 47.1 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, son convenios los acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes o las Universidades Públicas entre si o con sujetos de derecho privado para un fin común. Visto que de conformidad con el apartado 22) de la relación de materias incluidas en la delegación de competencias del Ayuntamiento Pleno a favor de la Junta de Gobierno Local, adoptado en sesión extraordinaria de fecha 1 de julio de 2019; la aprobación de este convenio está delegado en la Junta de Gobierno Local. Deliberado el asunto, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros asistentes, cuatro del total de cuatro que de derecho se componen, acuerdan: 1º Aprobar Convenio de Colaboración entre el Ayuntamiento de Barlovento y la Fundación Canaria Reserva Mundial de la Biosfera La Palma para la creación, recuperación, desarrollo y mejora de la red de senderos locales, miradores y lugares emblemáticos de Barlovento. 2º.- Facultar a don Jacob Qadri Hijazo para la formalización y ejecución de dicho Convenio.” Y para que así conste, y surta sus efectos en donde proceda; expido la presente certificación, de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde; en Barlovento, a 1a fecha de su firma (documento firmado electrónicamente). Vº Bº El Alcalde Ayuntamiento de Barlovento Pág.6 de 6 Cód. Validación: 3FWATZ75DR3F2QT3P4FJYEC7W | Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 6