Ayuntamiento de Barlovento DOÑA SARA MARTÍN BARRERA, SECRETARIA – INTERVENTORA DEL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO.-------------------------------------------------------------- SECRETARIA-INTERVENTORA Fecha Firma: 15/09/2023 HASH: 962cfab4bdd579fb6972ea5969150496 CERTIFICO: Que según consta en el acta de la sesión extraordinaria, celebrada por la Junta de Gobierno Local, en fecha 14 de septiembre de 2023; se adoptó entre otros, el siguiente acuerdo: Sara Martín Barrera (1 de 2) “SEGUNDO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL CONVENIO ADMINISTRATIVO DE COLABORACIÓN ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE PUNTAGORDA Y EL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO PARA EL USO DE LAS LISTAS DE RESERVA QUE TENGAN CONSTITUIDAS PARA LA COBERTURA DE LAS NECESIDADES URGENTES DE PERSONAL QUE SE GENEREN EN LOS MISMOS Visto el borrador de Convenio entre el Ayuntamiento de Barlovento y el Ayuntamiento de Puntagorda para hacer uso de la lista de reserva de personal que a continuación se reproduce: Alcalde Fecha Firma: 15/09/2023 HASH: fb11a5bad0ebe472dc64d8b7732cf7c3 “CONVENIO ADMINISTRATIVO DE COLABORACIÓN ENTRE EL Jacob Anis Qadri Hijazo (2 de 2) AYUNTAMIENTO DE PUNTAGORDA Y EL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO PARA EL USO DE LAS LISTAS DE RESERVA QUE TENGAN CONSTITUIDAS PARA LA COBERTURA DE LAS NECESIDADES URGENTES DE PERSONAL QUE SE GENEREN EN LOS MISMOS. En Puntagorda a de de2.02_. De una parte, DON VICENTE RODRÍGUEZ LORENZO, con Documento Nacional de Identidad nº , Alcalde Presidente del Ilustre Ayuntamiento de Puntagorda, con CIF P3802900-E, y domicilio social en Avenida de la Constitución nº 4, de Puntagorda, facultado para la firma del presente convenio por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha 17 de julio de 2023. De otra parte, Don Jacob Qadri Hijazo, con Documento Nacional de Identidad n.º 42.188.381-X, Alcalde Presidente del Ilustre Ayuntamiento de Barlovento, con CIF P3800700A ,y domicilio social en Plaza Ayuntamiento de Barlovento Pág.1 de 5 Cód. Validación: 46J66NHDS4FG2WS6DJFCTZ3MH Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 5 Ayuntamiento de Barlovento Nuestra Señora del Rosario, de Barlovento, facultado para la firma del presente convenio por acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha Reconociéndose ambos la capacidad jurídica necesaria para la celebración del presente convenio administrativo de colaboración, EXPONEN Primero.- Que las Administraciones Públicas actúan y se relacionan de acuerdo con el principio de lealtad institucional y, en consecuencia, deben prestar en el ámbito propio, la cooperación, y asistencia activas que las otras administraciones pudieran recabar para el eficaz ejercicio de sus competencias. Segundo.- Qué la asistencia y cooperación requerida sólo podrá negarse cuando el ente del que se solicita no esté facultado para prestarla, no disponga de medios suficientes para ello o cuando, de hacerlo, causara un perjuicio grave a los intereses cuya tutela tiene encomendada al cumplimiento de sus propias funciones, La negativa a prestar la asistencia se comunicará motivadamente a la Administración solicitante. Tercero.- Qué las Administraciones Locales, como administraciones más próximas al ciudadano, asumen en virtud de distintas normativas sectoriales una serie de competencias y de servicios, cada vez más especializados y profesionalizados a fin de satisfacer la creciente demanda ciudadana. Cuarto.- Qué la especialización y diversidad de servicios crea problemas de gestión a la hora de proveer los distintos puestos de trabajo. Puesto que han de ser cubiertos con carácter de urgencia para evitar que se queden sin prestar servicios públicos esenciales garantizando el máximo respeto a los principios de igualdad, mérito, capacidad y publicidad. Quinto.- Qué el recurso a las bolsas de trabajo o lisitas de reserva es la forma más adecuada de cubrir las necesidades de efectivos que van surgiendo. Sexto.- Que la diversa tipología de servicios que prestan las Administraciones Locales y la misma cualificación que ha de exigirse a los profesionales implica que en cada Corporación haya bolsas de reserva que den respuesta a todas las necesidades que se van planteando. Por todo lo cual, las partes intervinientes Ayuntamiento de Barlovento Pág.2 de 5 Cód. Validación: 46J66NHDS4FG2WS6DJFCTZ3MH Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 5 Ayuntamiento de Barlovento ACUERDAN PRIMERO.- Qué el Ayuntamiento de Puntagorda y el Ayuntamiento de Barlovento, se comprometen, en tanto resulte compatible con sus necesidades y previsiones, a facilitarse entre si las listas de reserva de las categorías profesionales de que dispongan en cada momento para su nombramiento y/o contratación interino/laboral temporal por la entidad local que lo requiera, en los términos legalmente previstos. SEGUNDO.- Qué el procedimiento de comunicación entre ambas Corporaciones sea ágil, debiendo girar la Administración interesada en el uso de la bolsa solicitud escrita, especificando cada una de las necesidades que se presenten, a la administración que la tenga constituida. La estimación o desestimación de la solicitud habrá de hacerse por escrito, estando motivada la respuesta en aquellos supuestos expresamente previstos en la normativa de procedimiento administrativo. La cesión de los Datos de los integrantes disponibles, estará sujeto al cumplimiento de la legislación vigente en materia de protección de datos de carácter personal. Se deberá solicitar el listado de personal disponible cada vez que surja la necesidad en una misma categoría profesional y no haya transcurrido más de un mes, con vistas a no ocasionar perjuicios a los integrantes de las mismas, pues la cesión de dicho listado podría variar en función de las disponibilidades existentes en el momento de la solicitud. La aceptación de los llamamientos efectuados a instancia de la Administración distinta a la conformante de la Lista, será totalmente voluntaria, sin que, en consecuencia, la no aceptación pueda implicar ningún perjuicio para su posicionamiento en las Listas de la Administración convocante. TERCERO.- La Administración titular de la bolsa tendrá prioridad para recurrir a la misma a los efectos de cubrir sus necesidades de personal. CUARTO.- El desarrollo y ejecución del presente Convenio de Colaboración no generará contraprestaciones económicas a favor de ninguna de las partes. QUINTO.- Para la interpretación de este convenio y la resolución de las dudas que ofrezca su cumplimiento se constituirá una comisión paritaria entre los alcaldes y concejales del personal de cada Corporación, actuando como secretario un funcionario de Ayuntamiento de Barlovento Pág.3 de 5 Cód. Validación: 46J66NHDS4FG2WS6DJFCTZ3MH Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 5 Ayuntamiento de Barlovento carrera de la Corporación solicitante de la reunión que se celebre. SEXTO.- Qué este convenio sea publicado, a cargo de la Administración solicitante, en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, a los efectos de conocimiento por parte de eventuales interesados de la posibilidad de ser contratados por ambas administraciones. SÉPTIMO.- El presente convenio tendrá una vigencia de tres años a contar desde la fecha de la firma conjunta del mismo, pudiendo ser objeto de prórroga, previo acuerdo expreso de cada una de las partes intervinientes, por períodos de un año. OCTAVO.- Qué la resolución anticipada del convenio habrá de comunicarse a la otra administración por escrito con la antelación mínima de un mes, sin que ésta afecte a los contratos vigentes. NOVENO.- Qué son causa de resolución: a) El transcurso del período de vigencia del convenio. b) El incumplimiento por cualquiera de las partes de las obligaciones asumidas en virtud del presente convenio. c) El mutuo acuerdo. DÉCIMO.- Qué el presente convenio tiene naturaleza administrativa habiéndose de regir en lo no previsto en el, por la normativa de procedimiento administrativo y de régimen local. Y en prueba de su conformidad, las partes firman el presente, en el lugar y fecha indicados en el encabezamiento del presente convenio” Visto que, la suscripción del presente Convenio no supone contraer obligaciones económicas entre ambas Administraciones, sino que se trata de optimizar los recursos de que se dispone en la gestión de las listas de reserva para la contratación de personal, estableciendo un marco de colaboración mutua. Visto que de conformidad con el apartado 1) de la relación de materias incluidas en la delegación de competencias del Ayuntamiento Pleno a favor de la Junta de Gobierno Local, adoptado en sesión extraordinaria de fecha 6 de julio de 2023; la aprobación de este convenio está delegado en la Junta de Gobierno Local. Tras dar cuenta del informe emitido por Secretaría, se pasó a votación, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros asistentes, cuatro del total de cuatro que de derecho se componen, acuerdan: Ayuntamiento de Barlovento Pág.4 de 5 Cód. Validación: 46J66NHDS4FG2WS6DJFCTZ3MH Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 5 Ayuntamiento de Barlovento 1º Aprobar el Convenio entre el Ayuntamiento de Barlovento y el Ayuntamiento de Puntagorda para hacer uso de la lista de reserva para la provisión interina de la plaza de Secretaría-Intervención. 2º.- Facultar al Sr. Alcalde, D. Jacob Qadri Hijazo para la formalización y ejecución de dicho convenio. 3º.-Remitir certificación del presenta Acuerdo al Ayuntamiento de Puntagorda, para su conocimiento y efectos.” Y para que así conste, y surta sus efectos en donde proceda; expido la presente certificación, de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde; en Barlovento, a 15 de septiembre de dos mil veintitrés. Vº Bº El Alcalde Ayuntamiento de Barlovento Pág.5 de 5 Cód. Validación: 46J66NHDS4FG2WS6DJFCTZ3MH Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 5