Ayuntamiento de Barlovento DOÑA SARA MARTÍN BARRERA, SECRETARIA – INTERVENTORA DEL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO.------------------------------------------------- SECRETARIA-INTERVENTORA Fecha Firma: 20/05/2024 HASH: 962cfab4bdd579fb6972ea5969150496 CERTIFICO: Que según consta en el acta de la sesión extraordinaria, celebrada por la Junta Sara Martín Barrera (1 de 2) de Gobierno Local, en fecha 20 de mayo de 2024; se adoptó entre otros, el siguiente acuerdo: “PRIMERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE LA ADHESIÓN AL CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, JUSTICIA Y SEGURIDAD, LA FEDERACIÓN CANARIA DE MUNICIPIOS (FECAM) Y LOS AYUNTAMIENTOS QUE SE ADHIERAN, EN EL ÁMBITO DE LA SEGURIDAD PÚBLICA. Visto el Convenio de Cooperación entre la Administración Pública de la Comunidad Alcalde Fecha Firma: 20/05/2024 HASH: fb11a5bad0ebe472dc64d8b7732cf7c3 Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, la Federación Canaria de Municipios (FECAM) y los Ayuntamientos Jacob Anis Qadri Hijazo (2 de 2) que se adhieran, en el ámbito de la seguridad pública. Visto que según la cláusula primera del citado Convenio el objeto del mismo es la cooperación en materia de seguridad pública en general, y en particular en el ámbito de la actuación coordinada y la colaboración entre el Cuerpo General de Policía Canaria y las policías locales de los Ayuntamientos de Canarias. Visto que según la cláusula sexta del citado Convenio el mismo no supone incremento del gasto público ni para la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, ni para la FECAM ni para los Ayuntamientos adheridos, ni da lugar a derechos y obligaciones de contenido económico para las partes, asumiendo cada una de ellas el cumplimiento de las obligaciones que dimanan del mismo con sus propios medios materiales y personales. No obstante lo anterior, de manera excepcional, los Ayuntamientos adheridos asumen los gastos de desplazamiento y dietas del personal del Cuerpo General de Policía Canaria, cuando se determine que este sea instructor de expedientes disciplinarios o informaciones reservadas de personal de su policía local en sus labores como tal. Ayuntamiento de Barlovento Pág.1 de 5 Cód. Validación: 53KERN6Z5AYP2J6CC5M7Q6YRN Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 5 Ayuntamiento de Barlovento Visto el documento de Adhesión que se reproduce literalmente a continuación: “ADENDA DE ADHESIÓN AL CONVENIO DE COOPERACIÓN ENTRE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANARIAS, A TRAVÉS DE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, ADMINISTRACIONES PÚBLICAS, JUSTICIA Y SEGURIDAD, LA FEDERACIÓN CANARIA DE MUNICIPIOS (FECAM) Y LOS AYUNTAMIENTOS QUE SE ADHIERAN, EN EL ÁMBITO DE LA SEGURIDAD PÚBLICA. De una parte la Excma. Sra. Dª. Nieves Lady Barreto Hernández, actuando en calidad de Consejera de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, según nombramiento efectuado por Decreto 43/2023, de 14 de julio, por el que se nombra a los Consejeros y Consejeras del Gobierno de Canarias, en nombre y representación de la Comunidad Autónoma de Canarias de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 y 29.1. k) de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administración Públicas de Canarias. De otra parte, Dª. María Concepción Brito Núñez Presidenta de la Federación Canaria de Municipios, reelegida como Presidenta en la Asamblea General de 2 de octubre de 2023, según consta en certificación emitida al efecto el 7 de febrero de 2024, actuando en nombre y representación de la misma, según la competencia que le confiere el artículo 31º.1 de los Estatutos de la Federación. Y de otra parte, D. -Dª ------------------, en su condición de Acalde/sa-Presidente/a del Ayuntamiento de -------------, actuando en virtud de lo dispuesto en el artº. 21.1..b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, artº. 16.3 de la Ley 14/1990, de 26 de julio, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas de Canarias, y artº. 31.1.e) de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los Municipios de Canarias, y facultado para la firma del presente convenio por autorización del [Pleno o, en su caso, Junta de Gobierno Local], adoptada en sesión celebrada el …. Ayuntamiento de Barlovento Pág.2 de 5 Cód. Validación: 53KERN6Z5AYP2J6CC5M7Q6YRN Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 5 Ayuntamiento de Barlovento Las partes firmantes, se reconocen mutuamente capacidad jurídica suficiente y poder bastante para obligarse en la presente adenda de adhesión, y a tal efecto, MANIFIESTAN Con fecha 17 de abril de 2024 se suscribió por parte de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y la Federación Canaria de Municipios, (en adelante, FECAM), el Convenio de Cooperación entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, la FECAM y los ayuntamientos que se adhieran, en el ámbito de la seguridad pública. Dicho Convenio de Cooperación tiene por objeto articular la cooperación entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias (APCAC, en adelante), a través de de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, la FECAM, y los ayuntamientos que se adhieran al mismo, en el ámbito de la seguridad pública, en general y, en particular, en lo referente a la actuación coordinada y colaboración entre el Cuerpo General de la Policía Canaria y las policías locales de los ayuntamientos de Canarias que se adhieran a éste. El presente instrumento convencional no genera directa ni indirectamente impacto económico extraordinario alguno en los presupuestos de las entidades suscribientes, mejorando la eficiencia y eficacia en los servicios de policía local y de la policía autonómica. Con ello, no quedan afectados los principios de estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera reconocidos constitucional y legalmente, y a los que han de ajustar su actividad todos los sujetos de derecho público. En virtud de lo anteriormente expuesto, ambas partes acuerdan formalizar la adhesión al Convenio de Cooperación con arreglo a las siguientes CLÁUSULAS Primera.- La presente Adenda tiene por objeto formalizar la adhesión del Ayuntamiento de --------- a todas y cada una de las cláusulas previstas en el Convenio de Cooperación suscrito con fecha 17 de abril de 2024, en el ámbito de la seguridad pública, entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Presidencia, Ayuntamiento de Barlovento Pág.3 de 5 Cód. Validación: 53KERN6Z5AYP2J6CC5M7Q6YRN Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 5 Ayuntamiento de Barlovento Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, la Federación Canaria de Municipios (FECAM), y los ayuntamientos que se adhieran. Segunda.- La presente Adenda de adhesión entrará en vigor a partir del día de su firma, con la misma vigencia que el Convenio de Cooperación objeto de la adhesión y sus prórrogas. Tercera.- En cualquier momento antes de la finalización del plazo previsto en el apartado anterior, el Ayuntamiento firmante de la adenda de adhesión al convenio podrá acordar su separación de este, lo que se trasladará a las partes, con efectos a partir de entonces, sin perjuicio de que, en aquellos procesos compartidos dimanantes de este convenio, los efectos se prorroguen hasta su finalización, en los términos que se acuerden por la APCAC y el Ayuntamiento que revoca su adhesión. De conformidad con lo previsto el artículo 55.1.a) de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias, el Secretario General deberá firmar la presente adenda de adhesión a los solos efectos de fe pública. Y para que así conste, y en prueba de conformidad, se firma electrónicamente este documento en la fecha indicada.” Visto que en aplicación del artículo 47.1 de la Ley 40/2015 de 1 de octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, son convenios los acuerdos con efectos jurídicos adoptados por las Administraciones Públicas, los organismos públicos y entidades de derecho público vinculados o dependientes o las Universidades Públicas entre sí o con sujetos de derecho privado para un fin común. Visto que de conformidad con el apartado 1) de la relación de materias incluidas en la delegación de competencias del Ayuntamiento Pleno a favor de la Junta de Gobierno Local, adoptado en sesión extraordinaria de fecha 6 de julio de 2023; la aprobación de este convenio está delegado en la Junta de Gobierno Local. Deliberado el asunto, la Junta de Gobierno Local, por unanimidad de los miembros Ayuntamiento de Barlovento Pág.4 de 5 Cód. Validación: 53KERN6Z5AYP2J6CC5M7Q6YRN Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 5 Ayuntamiento de Barlovento asistentes, cuatro del total de cuatro que de derecho se componen, acuerdan: 1º.- Solicitar la adhesión del Ayuntamiento de Barlovento al Convenio de Cooperación entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, la Federación Canaria de Municipios (FECAM) y los Ayuntamientos que se adhieran, en el ámbito de la seguridad pública. 2º.- Facultar a don Jacob Qadri Hijazo para la formalizar la solicitud de Adhesión del Ayuntamiento de Barlovento al Convenio de Cooperación entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias, a través de la Consejería de Presidencia, Administraciones Públicas, Justicia y Seguridad, la Federación Canaria de Municipios (FECAM) y los Ayuntamientos que se adhieran, en el ámbito de la seguridad pública.” Y para que así conste, y surta sus efectos en donde proceda; expido la presente certificación, de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde; en Barlovento, a veinte de mayo de dos mil veinticuatro. Vº Bº Ayuntamiento de Barlovento Pág.5 de 5 Cód. Validación: 53KERN6Z5AYP2J6CC5M7Q6YRN Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 5