Ayuntamiento de Barlovento SECRETARIA-INTERVENTORA Fecha Firma: 08/07/2024 HASH: 080de9e0e921d6197526dc5ac8811c9d DOÑA SARA MARTÍN BARRERA, SECRETARIA - INTERVENTORA DEL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO.-------------------------------------------------------------- Sara Martín Barrera (1 de 2) CERTIFICO: Que la Junta de Gobierno Local, en sesión extraordinaria, de fecha 8 de julio de 2024, adoptó entre otros, el siguiente acuerdo: “SEGUNDO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACUERDO-CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL ILTRE. AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO Y LA ASOCIACIÓN NUEVO FUTURO PARA LA ATENCIÓN A FAMILIAS EN SITUACIÓN DE MÁS VULNERABILIDAD DENTRO DEL PROYECTO “HOGAR DE ACOGIDA PARA FAMILIAS EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA O VULNERABILIDAD SOCIAL" Alcalde Fecha Firma: 09/07/2024 HASH: 311844451ce9b975eb4082ced3934932 Jacob Anis Qadri Hijazo (2 de 2) Visto el borrador del Acuerdo-Convenio de colaboración entre el Ilustre Ayuntamiento de Barlovento y la Asociación Nuevo Futuro para la atención a familias en situación de más vulnerabilidad dentro del Proyecto “Hogar de Acogida para familias en situación de emergencia o vulnerabilidad social", que literalmente dice lo siguiente: “ACUERDO-CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL ILTRE. AYUNTAMIENTO BARLOVENTO Y LA ASOCIACIÓN NUEVO FUTURO PARA LA ATENCIÓN A FAMILIAS EN SITUACIÓN DE MÁS VULNERABILIDAD DENTRO DEL PROYECTO “HOGAR DE ACOGIDA PARA FAMILIAS EN SITUACIÓN DE EMERGENCIA O VULNERABILIDAD SOCIAL" COMPARECEN De una parte: D Jacob Qadri Hijazo, en calidad de Alcalde/Presidente del Iltre. Ayintamiento de Barlovento con CIF P3800700A y domicilio en Plaza Nuestra Señora del Rosario.; en atención a las competencias delegadas mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local de fecha………………………… De otra parte: Don Miguel Ángel Díaz Hernández, con D.N.I. núm: 42005314-T, Presidente Ayuntamiento de Barlovento Pág.1 de 8 Cód. Validación: 9JWS4FDAWZTN6A2C26ZY3WRP9 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 8 Ayuntamiento de Barlovento de la Asociación Nuevo Futuro, con Código de ldentificación Fiscal número: G-38378410, y domicilio social en C/ Puerto Escondido, número 1, 3er piso, municipio de Santa Cruz de Tenerife, provincia de Santa Cruz de Tenerife, número de inscripción en el Registro de Asociaciones de Canarias bajo el número G1/S1/11127-95/TF, declarada de utilidad pública el 15 de febrero de 1995. Las partes, según intervienen, se reconocen plena capacidad para la firma del presente Acuerdo- Convenio de colaboración y, en tal sentido: MANIFIESTAN PRIMERO: La Asociación Nuevo Futuro, se encuentra dotada de personalidad jurídica propia y capacidad de obrar, se constituye acogiéndose expresamente a la Ley de Asociaciones y demás disposiciones que la desarrollan, y por sus propios Estatutos. La misma se encuentra dotada de personalidad jurídica propia y capacidad de obrar, y se regirá por la Ley orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, Ley 4/2003, de 28 de febrero, de Asociaciones de Canarias, así como el Decreto 12/2007, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de Asociaciones de Canarias. Sus fines, según Estatutos han sido aprobados en Asamblea General extraordinaria celebrada el día 05 de julio de 2008 SEGUNDO: La Constitución Española, en su artículo 9.2, establece que corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social. TERCERO: El Ayuntamiento de Barlovento, contempla en el marco de sus competencias en materia de acción social y, en concreto la de favorecer a diferentes colectivos que lo requieran, plantea la colaboración con los diferente centros y asociaciones que se encuentran ubicados en término municipal o que mantengan una relación con el Área de Bienestar Social, cuyo fin sea la atención a personas que requieran un recurso social. CUARTO: El sistema de servicios sociales se inspira en el principio de universalidad, por cuanto se garantiza el derecho de todo ciudadano sin discriminación por razones de sexo, estado, ideología o creencia, a acceder a los servicios del citado sistema. Igualmente se inspira en el principio de globalidad, entendiéndose como un sistema que actúa de forma integral y no parcializada, colaborando los servicios sociales en el conjunto de aquellas acciones que desarrollen los distintos colectivos para el bienestar social de los ciudadanos en su dimensión individual y social. QUINTO: El objetivo que se pretende con la colaboración con los distintos colectivos sociales (Asociaciones, Fundaciones, ONG, etc) es la prevención y la eliminación de los factores etimológicos que puedan conducir a situaciones de marginación social, de conformidad con la Ley 16/2019, de 2 de mayo, de Servicios Sociales de Canarias. Ayuntamiento de Barlovento Pág.2 de 8 Cód. Validación: 9JWS4FDAWZTN6A2C26ZY3WRP9 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 8 Ayuntamiento de Barlovento En consecuencia, las entidades intervinientes proceden a la formalización del presente Acuerdo de Colaboración, conforme a las siguientes: ESTIPULACIONES PRIMERA.- Objeto. Es objeto del presente Acuerdo-Convenio es determinar el régimen de colaboración entre el. Ayuntamiento de Barlovento y la Asociación Nuevo Futuro, para la realización de la actividad sujeta a la subvención, que en este caso la atención a familias en situación de más vulnerabilidad dentro del Proyecto “Hogar de Acogida para familias en situación de emergencia o vulnerabilidad social", durante el plazo de su vigencia, consistente en la atención integral a personas que, por diversas circunstancias de la vida, se encuentra en estos momentos, en condiciones de desigualdad social. La correlación de ésta con otros factores como la pobreza y la exclusión social acentúan el estado de indefensión. SEGUNDA.- Destinatario. Será destinatario del objeto del presente Acuerdo-Convenio la Asociación Nuevo Futuro, con Código de Identificación Fiscal número G38378410, con el objetivo de destinarla al desarrollo y ejecución de las actividades del Proyecto “Hogar de Acogida para familias en situación de emergencia o vulnerabilidad social”, dirigido a la atención integral a personas que, por diversas circunstancias de la vida, se encuentra en estos momentos, en condiciones de desigualdad social. La correlación de ésta con otros factores como la pobreza y la exclusión social acentúan el estado de indefensión. TERCERA.- ACCESO DE LOS USUARIOS/AS AL RECURSO Los usuarios/as del proyecto podrán acceder al recurso a través de las siguientes vías: a) Vía ordinaria: la propuesta de ingreso será programada e informado su respectivo expediente en el seno de la Comisión de Seguimiento del Recurso. La Comisión valorará las propuestas remitidas por los servicios sociales del Ayuntamiento y, atendiendo a criterios organizativos y técnicos (número de plazas, vacantes, perfiles atendidos, urgencias de las situaciones…), establecerá un orden de prioridad. En caso de existir plazas vacantes, el Centro contactará con el equipo municipal para establecer el proceso de incorporación del nuevo grupo de convivencia. b) Vía extraordinaria: se atenderán con carácter excepcional situaciones emergencia derivadas por los servicios sociales del Ayuntamiento, que requieran atención externa o ingreso urgente a este recurso. Una vez ingrese la unidad familiar, se convocará la Comisión de Seguimiento para establecer un plan de actuación. En caso de ocupación de todas las plazas del Centro, la Asociación podrá derivar las solicitudes de plaza por situaciones de extrema precariedad, a los recursos de esta tipología que, en su caso, tenga concertados con Ayuntamiento de Barlovento Pág.3 de 8 Cód. Validación: 9JWS4FDAWZTN6A2C26ZY3WRP9 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 8 Ayuntamiento de Barlovento otras entidades. En este último supuesto, el Ayuntamiento se compromete a buscar una alternativa convivencial a la mayor brevedad posible, con el fin de liberar la plaza ocupada en el recurso ajeno al Centro de Acogida Temporal. CUARTA.- Comisión de seguimiento. Se creará una comisión de Seguimiento del Recurso integrada por el equipo técnico del recurso, perteneciente a la Asociación, con la participación del personal técnico designado de los Servicios Sociales del Ayuntamiento. QUINTA.- Servicios y funcionamiento. Los servicios que se prestan en el recurso son los siguientes: 1. Alojamiento y manutención básica: alimentación e higiene. 2. Avituallamiento de ropa y calzado, cuando la situación lo requiera. 3. Valoración de potenciales necesidades de la unidad familiar. 4. Diseño de un Proyecto de Actividades de Inserción (P.A.I.) que incluya: a. Recursos y servicios municipales que participarán. b. Recursos y servicios insulares que, en su caso, podrán participar. c. Recursos especializados de otras Administraciones que participen. d. Áreas específicas de intervención, objetivos para cada área y actuaciones a llevar a cabo. e. Temporalidad de estancia en el recurso y graduación en la consecución de los f. objetivos. 5. Mantenimiento y limpieza de las zonas comunes, correspondiendo a cada unidad familiar la limpieza y cuidados de sus dependencias privadas. 6. Apoyo en el cuidado de los y las menores para la puesta en marcha del P.A.I. 7. Facilitar el acceso de la unidad familiar a los recursos implicados en el P.A.I., con los medios necesarios. 8. Atención externa educativa especializada en coordinación con la Comisión de Seguimiento del recurso. El horario de funcionamiento del recurso es permanente los 365 días del año, de lunes a domingo y en jornada continua. La estancia media de cada una de las unidades familiares no superará los seis (6) meses, salvo en situaciones excepcionales valoradas por la Comisión de Seguimiento del Recurso. SEXTA.- Equipo profesional del recurso El recurso cuenta con un equipo técnico conformado por: - Un/a Director/a de proyecto, con titulación universitaria y formación específica en materia de infancia y familia y experiencia acreditada de, al menos, dos años en esta materia. - Dos técnicos con titulación universitaria, Ciclo Grado medio /o Grado superior en el ámbito educativo y/o social y experiencia acreditada de dos años en el trabajo con personas Ayuntamiento de Barlovento Pág.4 de 8 Cód. Validación: 9JWS4FDAWZTN6A2C26ZY3WRP9 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 8 Ayuntamiento de Barlovento en situación de vulnerabilidad social - Un administrativo, con formación profesional acorde, y experiencia acreditada en la materia que ocupa su puesto de trabajo. El personal está organizado en jornadas de mañana y tarde de lunes a viernes, y disponibilidad para la atención de eventualidades y/o situaciones de urgencia en otros turnos. SÉPTIMA. - OBLIGACIONES DE LAS PARTES La Asociación de Hogares para niños privados de ambiente familiar NUEVO FUTURO, se compromete a lo siguiente: 1. Ejecutar el proyecto objeto de este Acuerdo-Convenio llevando a cabo las actividades y acciones necesarias para su realización. En especial, la Asociación se obliga a: a. Prestar la atención, asistencia y formación integral a las familias acogidas en el recurso, dando cumplimiento a la normativa vigente. b. Gestionar el recurso, disponiendo del personal necesario y con la adecuada preparación técnica y humana, todo ello de conformidad con el Decreto 40/2000, por el que se aprueba el Reglamento de organización y funcionamiento de los centros de atención a menores en el ámbito de la Comunidad Autónoma Canaria. Dicho personal, dependerá exclusivamente de la Asociación Nuevo Futuro, el cual tendrá todos los derechos y deberes inherentes a su calidad de empleador, siendo el Ayuntamiento de Barlovento ajeno a dichas relaciones laborales. c. Asumir el calendario de reuniones de coordinación, que se establezcan. d. Garantizar la prestación de los servicios que se refieren en la cláusula quinta; dotando de recursos materiales para el funcionamiento del recurso. e. Realizar y ejecutar un Proyecto de Actividades de Inserción (P.A.I). de cada unidad familiar, en colaboración con los servicios sociales del Ayuntamiento. f. Las bajas correspondientes se notificarán a los Servicios Sociales del Ayuntamiento siguiendo el protocolo de baja fijado por ambas entidades, que incluirá la entrega a los servicios sociales del Ayuntamiento del expediente completo. Las bajas se podrán realizar a propuesta del equipo municipal o del propio centro. En ambos casos, deberá haberse valorado esta situación por todas las partes y contar con la conformidad de las mismas. Se deberá especificar en el documento los motivos de la baja. En caso de discrepancia, se dirimirá por parte de la Comisión de Seguimiento. g. Garantizar en todo momento la disponibilidad del recurso que garantice una adecuada gestión del Centro. Dicho espacio, que dispondrá de las condiciones de seguridad e higiene necesarias, contará con habitaciones individuales para cada unidad familiar, así como el resto de dependencias habituales en un hogar familiar (cocina, sala de estar, baños adecuados, sala de estudio-juego, etc.). 2. Designar un/a técnico/a, responsable del proyecto que asuma en nombre de la entidad las funciones de coordinación con los Servicios Sociales del Ayuntamiento en el Ayuntamiento de Barlovento Pág.5 de 8 Cód. Validación: 9JWS4FDAWZTN6A2C26ZY3WRP9 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 8 Ayuntamiento de Barlovento desarrollo y ejecución del mismo. 3. Comunicar las incidencias que se produzcan en el recurso y/o en las intervenciones externas. 4. Facilitar cuantos datos y documentos le sean requeridos por los Servicios Sociales del Ayuntamiento, siempre que estén relacionados con el proyecto objeto del convenio. 5. Atender las derivaciones de los Servicios Sociales del Ayuntamiento. 6. Relación de usuarios/as derivados durante el mes por parte de cada una de las Unidades de Trabajo Social de Zona. 7. Contemplar la perspectiva de género en las acciones del proyecto. 8. Elaborar y presentar una memoria anual, que servirá de herramienta de valoración de la efectividad y eficiencia del Proyecto. 9. Tener cubiertas las responsabilidades civiles que se puedan generar por la actuación del personal asignado al recurso, así como por el uso de las instalaciones. El Ayuntamiento de Barlovento se compromete a lo siguiente: 1. Facilitar a la Asociación Nuevo Futuro Tenerife, el apoyo y el asesoramiento necesario para poder cumplir con la ejecución del proyecto. 2. Realizar las valoraciones técnicas de acceso de usuarios/as al recurso, proponiendo a la Comisión de Seguimiento creada al efecto, posibles altas y bajas. 3. Establecer un calendario de reuniones de coordinación trimestrales con la entidad en las que se traten aspectos técnicos sobre el seguimiento del proyecto. 4. Facilitar el informe social de cada unidad familiar a la entidad. En dicho informe figurará la ficha personal, en la que se consignarán los datos personales de identificación de cada miembro de la unidad familiar y los aspectos relativos a su situación social. En caso de considerarse necesario, además se facilitará copia de los documentos personales y familiares de interés. 5. Designar un/a técnico/a responsable del proyecto, del Servicio de Atención Social, para asumir, por parte del Ayuntamiento, las funciones de coordinación entre ambas entidades en el desarrollo de la prestación del servicio. 6. Garantizar el seguimiento e intervención necesaria a través del personal técnico de las Unidades de Trabajo Social de Zona, así como de los equipos especializados del Negociado de infancia y Familia del Servicio de Atención Social, designándose una persona responsable de caso para cada unidad familiar (Comisión de Seguimiento) 7. Facilitar el ingreso y/o salida del recurso a los usuarios en caso de necesidad y en cualquier caso según acuerdo de la comisión de seguimiento. OCTAVA.- Duración. El presente convenio tendrá una duración inicial de CUATRO (4) años, entrando en vigor el día de la fecha de su firma. El mismo podrá ser prorrogado por mutuo acuerdo de las partes, por un máximo de CUATRO (4) años adicionales. Ayuntamiento de Barlovento Pág.6 de 8 Cód. Validación: 9JWS4FDAWZTN6A2C26ZY3WRP9 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 8 Ayuntamiento de Barlovento NOVENA.- Causas de extinción. El convenio se extingue a la finalización del plazo de duración fijado en la Estipulación OCTAVA. Sin perjuicio de lo anteriormente expuesto serán causas de extinción del presente Convenio: - El acuerdo mutuo de las partes. - El incumplimiento por cualquiera de las partes intervinientes de cualquiera de las estipulaciones contenidas en este convenio. - La falta de claridad en el cumplimiento del Proyecto. - Incumplir las obligaciones que impone la normativa vigente en relación con la actividad a desarrollar. - La falta de colaboración y/o de información relevante de los casos con los servicios correspondientes del Ayuntamiento de Barlovento. DÉCIMA.- Responsabilidad. El Ayuntamiento de Barlovento no asume ningún tipo de responsabilidad por la gestión, actos realizados y/o servicios prestados por la entidad. DECIMOPRIMERA - Cuestiones litigiosas. Para cualquier controversia que pudiera derivarse de la interpretación y/o cumplimiento del presente convenio, las partes, con renuncia expresa a cualquier otro fuero, se someten a la jurisdicción de los jueces y tribunales con jurisdicción en el lugar en la sede la Corporación concedente. DECIMOSEGUNDA. - Supervisión. El Ayuntamiento podrá mantener un seguimiento de los servicios prestados por la entidad quien facilitará en todo momento los medios necesarios para ello. Con el objeto de garantizar y velar por el adecuado cumplimiento de los acuerdos tomados por ambas partes en virtud del presente Convenio, se podrá crear una Comisión de Seguimiento constituidas por representantes del ayuntamiento y de la entidad, actuando como secretario un funcionario, que levantará acta de las sesiones de la comisión que se celebren mediará en los supuestos de dificultades de aplicación del convenio y el estudio y propuesta de cambios en el mismo. D Jacob Qadri Hijazo, Alcalde/Presidente del Iltre. Ayuntamiento Don Miguel Ángel Díaz Hernández Presidente de la Asociación Nuevo Futuro Ayuntamiento de Barlovento Pág.7 de 8 Cód. Validación: 9JWS4FDAWZTN6A2C26ZY3WRP9 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 8 Ayuntamiento de Barlovento de Barlovento (Firma) (Firma) ” Y para que así conste y surta efectos donde proceda, expido la presente de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde, en Barlovento a la fecha de la firma electrónica. Vº Bº El Alcalde. Ayuntamiento de Barlovento Pág.8 de 8 Cód. Validación: 9JWS4FDAWZTN6A2C26ZY3WRP9 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 8