Ayuntamiento de Barlovento INFORME DE INTERVENCIÓN DEL CÁLCULO DE LA ESTABILIDAD PRESUPUESTARIA Y LA SOSTENIBILIDAD FINANCIERA SECRETARIA-INTERVENTORA Fecha Firma: 03/05/2022 HASH: 2b8e1dbb5c4ac97bddfd953316a46bdf SARA MARTIN BARRERA (1 de 1) Esta Intervención, en virtud de las atribuciones de control citadas y establecidas en el artículo 213 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y desarrolladas por el Real Decreto 424/2017, de 28 de abril, por el que se regula el régimen jurídico del control interno en las entidades del Sector Público Local; y en atención a las facultades recogidas en el artículo 4.1.b)6º del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el Régimen Jurídico de los Funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, emito el siguiente: INFORME PRIMERO. La Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera establece entre sus objetivos garantizar la estabilidad presupuestaria y sostenibilidad financiera de todas las Administraciones Públicas. Por ello la aprobación y liquidación de los Presupuestos de las Entidades Locales deben realizarse bajo el cumplimiento de las llamadas tres reglas fiscales: la estabilidad presupuestaria, la regla del gasto y la deuda pública. Es preciso recordar que la Comisión Europea decidió aplicar la cláusula general de salvaguarda del Pacto de Estabilidad y Crecimiento en 2020 (prorrogada para el ejercicio 2021), considerando que se cumplían las condiciones para mantenerla en vigor también para el año 2022, por lo que el Consejo de Ministros del pasado 27 de julio acordó el mantenimiento de la suspensión de las reglas fiscales. Dicha decisión fue ratificada por el Congreso de los Diputados el 13 de septiembre de Ayuntamiento de Barlovento Pág.1 de 9 Cód. Validación: A52HHQLPKP46ELN34HS9N3YQT | Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 9 Ayuntamiento de Barlovento 2021, considerando que en España se mantienen las condiciones de excepcionalidad que justifican mantener suspendidas las reglas fiscales en 2022. De este modo, con la apreciación adoptada por la mayoría absoluta del Congreso y con efectividad desde el mismo día en que se tomó el acuerdo, se mantienen suspendidos durante el ejercicio 2022, los objetivos de estabilidad y deuda, así como la regla de gasto. En cualquier caso, la suspensión de las reglas fiscales no implica la suspensión de la aplicación de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo ni del resto de la normativa hacendística, todas continúan en vigor. Igualmente, no supone la desaparición de la responsabilidad fiscal, puesto que el Gobierno ha fijado una tasa de déficit de referencia para las Corporaciones Locales en el ejercicio 2021 del 0,1% del PIB y del 0,0% del PIB para el ejercicio 2022, que servirá de guía para la actividad municipal. Así, la suspensión de las reglas fiscales, no supone que desaparezca la responsabilidad fiscal de cada una de las administraciones públicas a la que se refiere el artículo 8 de la referida Ley Orgánica 2/2012, como tampoco el principio de prudencia a la hora de ejecutar sus presupuestos. SEGUNDO. Legislación aplicable:  Los artículos 3, 4 y 8 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera.  El artículo 16.2 del Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de noviembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales.  Los artículos 51 a 53 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo. Ayuntamiento de Barlovento Pág.2 de 9 Cód. Validación: A52HHQLPKP46ELN34HS9N3YQT | Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 9 Ayuntamiento de Barlovento  La Disposición Final 31ª de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2013.  El Reglamento (UE) Nº 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10).  Los artículos 4.1.b, 15.3.c, 15.4.e, de la Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera TERCERO. A pesar de que los objetivos de estabilidad, deuda pública y la regla de gasto, aprobados por el Gobierno el 11 de febrero de 2020 son inaplicables por estar aprobada su suspensión, a los Presupuestos de las Entidades Locales les sigue siendo de aplicación la normativa presupuestaria contenida en el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y su normativa de desarrollo y por tanto, el principio de estabilidad presupuestaria. Esto es debido a que les es de aplicación el apartado 1 del referido artículo 165 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo , por el cual, el presupuesto general atenderá al cumplimiento del principio de estabilidad y el artículo 16 del Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Desarrollo de la Ley 18/2001, de 12 de noviembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su aplicación a las Entidades Locales, por el que la Intervención local informará sobre la evaluación del principio de estabilidad presupuestaria en términos de capacidad o necesidad de financiación conforme al SEC-10 con carácter independiente y se incorporará a lo previsto en el artículo 191.3 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, referidos respectivamente, a la aprobación del presupuesto general y a su liquidación. Dicho cálculo, que se realizará a efectos informativos, no surtirá ningún efecto durante Ayuntamiento de Barlovento Pág.3 de 9 Cód. Validación: A52HHQLPKP46ELN34HS9N3YQT | Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 9 Ayuntamiento de Barlovento los ejercicios 2020, 2021 y 2022 por estar el objetivo de estabilidad presupuestaria suspendido. CUARTO. Igualmente les será de aplicación a los Presupuestos de las Entidades Locales el principio de sostenibilidad financiera, pues la suspensión de las reglas fiscales, en concreto del objetivo de deuda pública, no implica renunciar a la prudencia en la gestión financiera, siendo plenamente aplicable el principio de sostenibilidad financiera, en términos de deuda financiera. La deuda financiera debe medirse en términos de volumen de deuda viva y del límite de endeudamiento a efectos del régimen de autorización de nuevas operaciones de crédito establecido en los artículos 52 y 53 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y la Disposición Final 31ª de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2013. A efectos de determinar el límite de endeudamiento, el total de la deuda viva a efectos del régimen de autorización se detalla en:  Deuda a efectos del Protocolo de Déficit Excesivo, incluida la deuda a corto plazo y la deuda a largo plazo, desagregando entre: emisiones de deuda, operaciones con entidades de crédito, factoring sin recurso, deudas con administraciones Públicas (FFEL), arrendamiento financiero, asociaciones público-privadas, pagos aplazados con operaciones con terceros y otras operaciones de crédito.  Riesgo deducido de Avales  Operaciones formalizadas disponibles no dispuestas  Deuda con Administraciones públicas distinta a la incluida en el FFEL  Importe de operaciones proyectadas o formalizadas  Otras deudas Dicho cálculo de la deuda financiera, tal y como dispone el artículo 15 de la Orden Ayuntamiento de Barlovento Pág.4 de 9 Cód. Validación: A52HHQLPKP46ELN34HS9N3YQT | Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 9 Ayuntamiento de Barlovento HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obligaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, debe efectuarse anualmente, con ocasión de la aprobación del presupuesto y su liquidación. El cálculo de la deuda financiera igualmente se realizará a efectos informativos, y no surtirá ningún efecto durante este periodo, más allá de conocer los límites establecidos en la normativa hacendística para concertar nuevas operaciones de endeudamiento a largo plazo. QUINTO. Entidades que forma el Perímetro de Consolidación. El perímetro de consolidación de esta Municipio está formado por el propio Ayuntamiento. SEXTO. Cálculo de la Estabilidad Presupuestaria. La estabilidad presupuestaria, se identifica con una situación de equilibrio o superávit computada, a lo largo del ciclo económico, en términos de capacidad de financiación de acuerdo con la definición contenida en el Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales (SEC-10). El cálculo de la variable capacidad de financiación en el marco de las Entidades Locales, en términos presupuestarios SEC-10 y obviando ciertos matices de contabilización, se obtiene, a nivel consolidado, de la diferencia entre los Capítulos 1 a 7 del Presupuesto de Ingresos y los Capítulos 1 a 7 del Presupuesto de Gastos. A. Debido a las diferencias de criterio entre la contabilidad presupuestaria y la contabilidad nacional, es necesario la realización de ajustes a fin de adecuar la información presupuestaria de esta entidad a los criterios establecidos en el SEC-10. Ayuntamiento de Barlovento Pág.5 de 9 Cód. Validación: A52HHQLPKP46ELN34HS9N3YQT | Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 9 Ayuntamiento de Barlovento Siguiendo lo dispuesto en el «Manual de cálculo del déficit en contabilidad nacional adaptado a las corporaciones locales» y en la «Nota sobre los cambios metodológicos de aplicación del nuevo SEC 2010 que afectan a las Cuentas de las Administraciones Públicas» editado por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE), procede realizar los ajustes siguientes: A.1) Ingresos. Ajuste 1. Registro en Contabilidad Nacional de Impuestos, Tasas y otros ingresos: En contabilidad nacional los ingresos tributarios se imputan, con caracter general, de acuerdo con el “criterio de caja” (Recaudación líquida: ejercicio corriente + ejercicios cerrados), mientras que en el presupuesto rige el principio de devengo y, por tanto, el ingreso se contabiliza en el ejercicio que se reconoce y liquida el derecho. La Contabilidad de la Corporación pone de manifiesto las siguientes operaciones: Concept o Año A: Derechos reconocidos B: Recaudación año C: Recaudació n ejercicio cerrado Capítulo I 2020 442.806,15 330.054,99 26.935,88 356.991 85.815 19,38 17,49 2019 436.409,00 341.567,00 23.945,00 365.542 70.867 16,24 2018 432.883,00 335.641,00 24.348,00 359.989 72.894 16,84 Capítulo II 2020 6.613,96 6.613,96 0,00 6.613,96 0,00 0,00 0,00 2019 15.358 15.358,00 0,00 15.358,00 0,00 0,00 2018 4.893,00 4.893,00 0,00 4.893,00 0,00 0,00 Capítulo III 2020 415.848,40 357.460,91 13.465,28 370.926,00 44.922,00 10,80 5,84 2019 371.615,00 345.553,00 15.828,00 361.381,00 10.234,00 2,75 2018 324.694,00 299.140,00 12.728,00 311.868,00 12.826,00 3,95 Año 2021 Concepto Créditos liquidados Media % Total Ajuste por Recaudación Capítulo I 446.154,87 17,49 78.032,49 Capítulo II 26.499,87 0,00 0,00 Capítulo III 469.463,31 5,84 27.416,66 105.499,15 Ajuste negativo: el importe de los derechos reconocidos de los capítulos I a III del Ayuntamiento de Barlovento Pág.6 de 9 D= B+C Total E: Diferencia F: Porcentaje Medi a % Cód. Validación: A52HHQLPKP46ELN34HS9N3YQT | Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 9 Ayuntamiento de Barlovento Presupuesto de Ingresos es mayor de lo recaudado (corriente más cerrado). Ello supone una menor capacidad de financiación. Ajuste 2. Tratamiento de las entregas a cuenta de impuestos cedidos, del fondo complementario de financiación y del fondo de financiación de asistencia sanitaria. No procede aplicarlo. Ajuste. Aplazamiento y Fraccionamiento del saldo a favor del estado de la liquidación definitiva del sistema de financiación de Corporaciones Locales. El ajuste por reintegro de las liquidaciones negativas de otros ejercicios, de los años 2008 y 2099, en la Participación en los Tributos del Estado, que han sido reintegradas durante el mismo, han sido las siguientes: Ajuste por liquidación PIE - 2008 0,00 Ajuste por liquidación PIE - 2009 0,00 Total 0,00 A.2) Gastos Ajuste 3. Tratamiento de los intereses en contabilidad nacional. En contabilidad presupuestaria, los intereses y las diferencias de cambio, así como cualquier otro rendimiento derivado del endeudamiento, se aplican al Presupuesto en el momento del vencimiento, mientras que en la contabilidad nacional se registran las cantidades devengadas durante el ejercicio, con independencia de cuando se produzca su pago. Así la diferencia que surge al aplicar el criterio de caja y de devengo, en la liquidación presupuestaria y en contabilidad nacional respectivamente, da lugar a la realización del correspondiente ajuste por intereses. La contabilidad de la Corporación pone de manifiesto las siguientes operaciones: Operaciones de crédito Número Entidad Obligaciones reconocidas Mayor o menor diferencia Préstamo pago facturas 962031215504092 Caixabank 1.805,63 1.805,63 0,00 No procede realizar ajuste positivo o negativo. Ajuste 14. Gastos realizados en el ejercicio y pendientes de aplicar al presupuesto de gastos de la Corporación Local, según operaciones recogidas en la cuenta del P.G.C.P. 413 “Acreedores por operaciones pendientes de aplicar al presupuesto/operaciones devengadas”: Ayuntamiento de Barlovento Pág.7 de 9 Cód. Validación: A52HHQLPKP46ELN34HS9N3YQT | Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 9 Intereses devengados 1.805,63 1.805,63 0,00 Ayuntamiento de Barlovento Año 2021 Obligaciones reconocidas Facturas devengadas Mayor o menor déficit Facturas pendientes de 0,00 5.552,76 5.552,76 aplicar al presupuesto (PGCP 413) No es necesario realizar ninguna operación de ajuste entre el resultado presupuestario y el de contabilidad nacional con respecto a la consolidación de las transferencias realizadas entre la Corporación Local ya que al contrastar los importes transferidos entre ambas unidades, estos coinciden. B. El cálculo de la estabilidad presupuestaria con motivo de la modificación del presupuesto del ejercicio 2021, del Ayuntamiento de Barlovento, una vez realizados los ajustes SEC-10 detallados en el punto A, presenta los siguientes resultados: EJERCICIO 2021 INGRESOS Derechos reconocidos GASTOS Obligaciones reconocidas Capítulo 1 446.154,87 1.478.642,36 Capítulo 2 26.499,87 1.601.294,96 Capítulo 3 469.463,31 9.959,69 Capítulo 4 4.165.117,74 94.360,96 Capítulo 5 41.865,27 0,00 Capítulo 6 0,00 613.424,55 Capítulo 7 390.280,94 0,00 Total Capítulos 1 a 7 5.539.382,00 3.797.682,52 Resultado 1.741.699,48 Presupuestario Ajuste pendiente aplicación -5.552,76 Ajuste criterio de caja -105.499,15 Ajuste reintegro PIES - 0,00 Otros ajustes 0,00 TOTAL AJUSTE SEC -111.051,91 Resultado presupuestario SEC 2010 1.630.647,57 C. En base a los cálculos precedentes y a los datos presentados, tras realizar los ajustes SEC- 10 detallados, se observa: A nivel consolidado, la suma de los Capítulos I a VII del Presupuesto de Ingresos, es mayor, a la suma de los Capítulos I a VII del Presupuesto de Gastos. Es decir, los ingresos de los capítulos I a VII del Presupuesto son suficientes para financiar los gastos de los mismos capítulos del Presupuesto de gastos, lo que representa una situación de superávit presupuestario. En consecuencia, con base en los cálculos detallados, esta Entidad presenta capacidad de Ayuntamiento de Barlovento Pág.8 de 9 5.552,76 Cód. Validación: A52HHQLPKP46ELN34HS9N3YQT | Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 9 Ayuntamiento de Barlovento financiación de 1.630.647,57 euros de acuerdo con la definición contenida en el SEC 2010. Se cumple en con el objetivo de estabilidad presupuestaria. SÉPTIMO. Cálculo de la Sostenibilidad Financiera. Se entenderá por sostenibilidad financiera la capacidad para financiar compromisos de gasto presentes y futuros dentro de los límites de déficit, deuda pública y morosidad de deuda comercial. La deuda financiera debe medirse en términos de volumen de deuda viva, incluida aquella a efectos del Protocolo de Déficit Excesivo, y del límite de endeudamiento a efectos del régimen de autorización de nuevas operaciones de crédito establecido en los artículos 52 y 53 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo y la Disposición Final 31ª de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para el año 2013. A. El volumen de deuda viva a 31/12/2021 y a efectos de determinar el límite de endeudamiento de esta Entidad, arroja el siguiente resultado: No existe deuda viva a la fecha indicada. Siendo el resultado del control permanente previo del expediente: Con efectos informativo DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE Ayuntamiento de Barlovento Pág.9 de 9 Cód. Validación: A52HHQLPKP46ELN34HS9N3YQT | Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 9