Ayuntamiento de Barlovento ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR EL AYUNTAMIENTO PLENO, EL DÍA VEINTITRÉS DE FEBRERO DE DOS MIL VEINTITRÉS.------------------------- Alcalde Fecha Firma: 12/04/2023 HASH: fb11a5bad0ebe472dc64d8b7732cf7c3 ASISTENTES: Jacob Anis Qadri Hijazo (1 de 2) Alcalde – Presidente: D. Jacob Anis Qadri Hijazo Concejales: Dª. Janet Díaz Rodríguez D. Domingo Javier Herrera Hernández Dª. Yésica Medina Díaz Dª. Itahisa Hernández Baute D. Luís Alberto Ortega Martín Dª. María Nidia Rodríguez Pérez SECRETARIA-INTERVENTORA Fecha Firma: 12/04/2023 HASH: 962cfab4bdd579fb6972ea5969150496 Secretaria: Sara Martín Barrera Sara Martín Barrera (2 de 2) Excusa su asistencia: D. Argelio Hernández Ortega Dª. Yoana María Concepción Freitez En el Salón de Actos de la Casa Consistorial de Barlovento, siendo las diecinueve horas del día veintitrés de febrero de dos mil veintitrés; se reunió previa convocatoria al efecto, el Ayuntamiento Pleno, al objeto de celebrar en primera convocatoria, la sesión extraordinaria señalada para el día de la fecha; bajo la Presidencia del Sr. Alcalde, y con la asistencia de los señores concejales nominados al inicio, y actuando de Secretaria, la que lo es de la Corporación. Declarada abierta y pública la sesión por la Presidencia, se entra en el estudio de los asuntos comprendidos en el Orden del Día: PRIMERO: APROBACIÓN INICIAL, SI PROCEDE, DE LAS BASES QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DE AYUDAS AL DESPLAZAMIENTO Y ALOJAMIENTO DE ESTUDIANTES DEL MUNICIPIO DE BARLOVENTO QUE CURSAN SUS ESTUDIOS FUERA DE LA ISLA DE LA PALMA. Ayuntamiento de Barlovento Pág.1 de 13 Número: 2023-0005 Fecha: 12/04/2023 Cód. Validación: 32436F4A7GEG93LD6F9DTNTR2 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 13 ACTA DEL PLENO Ayuntamiento de Barlovento Visto el Expediente 137/2023 relativo a la Aprobación de las bases reguladoras de ayudas al desplazamiento y alojamiento de estudiantes del municipio de Barlovento que cursan sus estudios fuera de la Isla que contiene la Providencia de Alcaldía, Informe técnico de Servicios Sociales, Informe jurídico de Secretaría e Informe de Intervención. Vista además la propuesta de Alcaldía que se contiene en ese expediente que literalmente dice lo siguiente: “Expediente n.º: 137/2023 Propuesta de Alcaldía Procedimiento: Aprobación bases reguladoras de ayudas al desplazamiento y alojamiento de estudiantes del municipio de Barlovento que cursan sus estudios fuera de la Isla. Documento firmado por el Alcalde-Presidente PROPUESTA DE ALCALDÍA Visto el expediente 137/2023 relativo a la aprobación bases reguladoras de ayudas al desplazamiento y alojamiento de estudiantes del municipio de Barlovento que cursan sus estudios fuera de la Isla, Esta Alcaldía propone a la Comisión Informativa de Educación y Cultura y al Pleno del Ayuntamiento la aprobación de las siguientes bases: BASES QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DE AYUDAS AL DESPLAZAMIENTO Y ALOJAMIENTO DE ESTUDIANTES DEL MUNICIPIO DE BARLOVENTO QUE CURSAN SUS ESTUDIOS FUERA DE LA ISLA. NORMAS GENERALES Estas bases será de aplicación con carácter anual para atender demandas de estudiantes que realizan estudios fuera de la isla de La Palma durante cada curso académico,siempre que los mismos no se impartan en ningún centro educativo de la isla de La Palma, o que no se haya obtenido plaza en los mismos y de acuerdo al Estado de gastos y partida presupuestaria de esta Corporación. PRIMERA.- OBJETO. Será objeto de estas bases, la concesión, de ayudas de desplazamiento y alojamiento dirigida a los estudiantes residentes en el municipio de Barlovento, que cursen estudios en Ayuntamiento de Barlovento Pág.2 de 13 Número: 2023-0005 Fecha: 12/04/2023 Cód. Validación: 32436F4A7GEG93LD6F9DTNTR2 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 13 ACTA DEL PLENO Ayuntamiento de Barlovento Universidades o Centros Educativos fuera de la isla; siempre que los mismos no se impartan en ningún centro escolar de la isla de La Palma o no hayan obtenido plaza en los mismos. SEGUNDA.- CUANTÍA SUBVENCIÓN. Se establece una ayuda única por estudiante, con dos líneas de subvención, que pueden ser acumulativas: la primera por lo que respecta a desplazamiento, y la segunda al alojamiento; el importe de las mismas será en función de las disponibilidades presupuestarias en cada ejercicio, con una ayuda máxima a conceder para el año escolar en curso (2023); por lo que respecta a desplazamiento de 300,00 €, para los estudiantes que cursen sus estudios fuera de Canarias, y de 200,00 €, en otra de las islas de Canarias. Y por lo que respecta a alojamiento de 300,00 €, para los estudiantes que estén alojados en régimen de alquiler. No obstante, si el número de solicitudes presentadas que cumplen con los requisitos establecidos, supera el crédito disponible, se procederá a un descenso proporcional en las ayudas a conceder, con la finalidad de atender a todas las solicitudes. Esta subvención es compatible con la obtención de cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso para la misma finalidad, procedentes de cualquier administración, o ente público o privado. TERCERA.- REQUISITOS DE LOS BENEFICIARIOS. Para poder solicitar esta ayuda son requisitos indispensables los siguientes: a) Estar empadronado en el municipio de Barlovento. b) Residencia habitual del núcleo familiar en el municipio de Barlovento. c) Estar matriculado en curso académico para el que solicita la ayuda. d) Que la Universidad o Centro Educativo en el que curse estudios, radique fuera de la isla de La Palma; y los estudios no puedan cursarse, o no se les haya concedido plaza, en Centros Educativos de La Palma. e) Tener contrato de alquiler de un inmueble a su nombre en el municipio donde estudia; o justificante de residencia en un colegio mayor o apartamento universitario. f) Que no se encuentran incursos en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2º y 13.3º de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con las Hacienda estatal (AEAT) y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Ayuntamiento de Barlovento Pág.3 de 13 Número: 2023-0005 Fecha: 12/04/2023 Cód. Validación: 32436F4A7GEG93LD6F9DTNTR2 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 13 ACTA DEL PLENO Ayuntamiento de Barlovento g) Que no tengan deuda alguna pendiente con el Ayuntamiento de Barlovento. CUARTA.- OBLIGACIONES. 1.- Aceptar la ayuda, o bien renunciar a ella, en el plazo de 15 días desde la notificación de concesión. 2.-Aceptar y cumplir los requisitos que se establecen en las presentes bases. 3.- Destinar la ayuda para la finalidad que se le concede, procediendo a la justificación de dicha ayuda, con la aportación de la documentación correspondiente que se le pueda requerir. 4.-Someterse a las actuaciones de comprobación y facilitar los datos que se le requieran. QUINTA.- DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR JUNTO A LA SOLICITUD. 1. Los solicitantes de la ayuda deberán aportar, con carácter general, la siguiente documentación: a) Instancia en modelo facilitado por el Ayuntamiento de Barlovento. b) Fotocopia del DNI. c) Copia de la matrícula del curso/estudios para el que se solicita ayuda para compulsa. d) Copia del justificante de pago de las tasas por matrícula. e) Copia del contrato de arrendamiento del bien inmueble donde temporalmente reside, o del alta en colegio mayor o apartamiento universitario y justificante de pago del mismo, del último mes al de la solicitud. f) Alta de terceros de este Ayuntamiento, con el número de cuenta corriente (20 dígitos) para el ingreso de la Ayuda Concedida con certificado que acredite la titularidad de la cuenta. g) Autorización para acceder a datos personales con la finalidad de comprobar la situación respecto a hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social (marcar en el modelo de solicitud) 2. Cuando se trate de ayudas para investigación, Tercer Ciclo Universitario o Postgrado y Especialización, deberán aportar además de la prevista en los apartados a), b), c) y d) del número anterior, la siguiente: a) Certificación acreditativa de hallarse en posesión del Título correspondiente de Licenciado o Diplomado y de los estudios necesarios para la realización de la investigación o trabajo a realizar. b) Certificación académica personal de las calificaciones obtenidas Ayuntamiento de Barlovento Pág.4 de 13 Número: 2023-0005 Fecha: 12/04/2023 Cód. Validación: 32436F4A7GEG93LD6F9DTNTR2 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 13 ACTA DEL PLENO Ayuntamiento de Barlovento durante la Licenciatura o Diplomatura, en su caso. c) Documentación acreditativa de la admisión en el Centro de Investigación o donde vaya a realizar los cursos de Postgrado, Especialización o Tercer Ciclo de Estudios Universitarios, y/o matrícula en su caso, en el que se haga constar la viabilidad del proyecto, en el supuesto de optar a una ayuda de investigación. Todos ellos en documento original o fotocopia compulsada. SEXTA.- PLAZO. El plazo para la presentación de solicitudes será de QUINCE DÍAS HÁBILES, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la convocatoria de las ayudas en el BOP. SÉPTIMA.- LUGAR. Los interesados podrán presentar la instancia solicitando la ayuda, en el Registro General del Ayuntamiento de Barlovento, sito en Plaza del Rosario, nº 3, en horario de atención al público. OCTAVA.- PROCEDIMIENTO DE CONCESIÓN. Transcurrido el plazo de presentación de instancias, el órgano instructor que será la Concejalía de Educación, o persona en quién delegue; realizará de oficio cuantas actuaciones sean necesarias; y una vez efectuadas las verificaciones pertinentes, se indique los beneficiarios que reúnen las condiciones necesarias para acceder a las ayudas. Una vez evaluadas las solicitudes, se remitirá el expediente al órgano colegiado, que sea el competente para dictaminar al efecto (Comisión Informativa de Educación y Cultura); y que emitirá propuesta de resolución definitiva, relativa a los solicitantes a los que se concede la ayuda, y su cuantía. Dicha propuesta se remitirá al Sr. Alcalde-Presidente que resolverá el procedimiento. En la resolución, que deberá ser motivada, se hará constar además de los solicitantes, o relación de los solicitantes a los que se les concede la ayuda, la desestimación del resto de solicitudes. La misma pone fin a la vía administrativa. El plazo máximo para resolver y notificar las solicitudes de subvención será de 2 meses, contados desde la publicación de la correspondiente convocatoria. El vencimiento del plazo sin haberse notificado la resolución legítima a los interesados para entender desestimada por silencio administrativo la solicitud de concesión de la subvención. La resolución del procedimiento se notificará a los interesados. NOVENA.-FORMA DE PAGO. Ayuntamiento de Barlovento Pág.5 de 13 Número: 2023-0005 Fecha: 12/04/2023 Cód. Validación: 32436F4A7GEG93LD6F9DTNTR2 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 13 ACTA DEL PLENO Ayuntamiento de Barlovento El importe de la ayuda, se percibirá de una sola vez, a partir de la resolución definitiva por el Sr. Alcalde. El ingreso se realizará en la cuenta bancaria indicada por los beneficiarios. Estando condicionado el pago, a que el beneficiario no tenga deudas con el Ayuntamiento. DÉCIMA.- JUSTIFICACIÓN DE LAS AYUDAS. No es necesario; considerándose que la mera presentación de una matrícula correspondiente a un centro educativo, que no pertenezca a esta isla, y demás documentación contemplada en la base Quinta, es título habilitante para considerar justificado este gasto. UNDÉCIMA.- REINTEGRO. Procederá el reintegro de las cantidades percibidas, y la exigencia del interés de demora correspondiente desde el momento del pago de la subvención, hasta la fecha en que se acuerda la procedencia del reintegro, en los casos señalados en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre General de Subvenciones. DUODÉCIMA.- INFRACCIONES Y SANCIONES. Constituye infracciones administrativas en materia de subvenciones las acciones y omisiones tipificadas en la Ley General de Subvenciones, y serán sancionables incluso a título de mera negligencia. El procedimiento sancionador se ajustará a lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre. DECIMOTERCERA.- LEGISLACIÓN APLICABLE. Para lo no previsto expresamente en las presentes Bases, resultarán de aplicación supletoria la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, así como cuantas otras normas de carácter general o procedimental resulten de aplicación. DISPOSICION FINAL.- Las presentes bases entrarán en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia. ANEXO I: INSTANCIA TRANSPORTE Y ALOJAMIENTO DE ESTUDIANTES  DATOS PERSONALES Primer apellido Segundo apellido Nombre DNI  LUGAR A EFECTOS DE NOTIFICACIÓN Ayuntamiento de Barlovento Pág.6 de 13 Número: 2023-0005 Fecha: 12/04/2023 Cód. Validación: 32436F4A7GEG93LD6F9DTNTR2 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 6 de 13 ACTA DEL PLENO Teléfono Ayuntamiento de Barlovento Municipio C. Postal Provincia Barlovento 38726 Santa Cruz de Tenerife  ESTUDIOS QUE CURSA FUERA DE LA ISLA  DOCUMENTACIÓN QUE SE APORTA  Fotocopia de D.N.I o pasaporte del solicitante.  Fotocopia de la matrícula del curso  Modelo de Datos de Tercero (si no se ha solicitado anteriormente ayuda o existe cambio de datos bancarios)  Copia del contrato de arrendamiento  Dos últimos recibos de pago de alquiler.  Otros_________________________________  PETICIÓN La valoración para concepción de la correspondiente ayuda para estudiantes que residan a han residido fuera de la isla durante el curso académico 20__-20__ (MARCAR UNA O AMBAS) ALQUILER DEPLAZAMIENTO  AUTORIZA A los efectos de lo dispuesto en la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal (LOPD), el abajo firmante autoriza el tratamiento de sus datos personales incorporados en la solicitud y en otros documentos normalizados relativos a la misma. El firmante podrá ejercitar gratuitamente los derechos de acceso e información, rectificación, cancelación y oposición de los datos en los términos especificados en la mencionada Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal, conforme al procedimiento legalmente establecido. Estos derechos podrán ser ejercidos dirigiendo comunicación por escrito, debidamente firmada, acompañada de fotocopia del DNI/NIE, al Ayuntamiento de Barlovento, Plaza del Rosario, 3. 38726 Barlovento. Al Ayuntamiento de Barlovento para solicitar a los Organismos Públicos cuantos certificados relativos a mi situación o a la de mi representado sean necesarios para tramitar la presente solicitud, así como para la recopilación de los mismo y su incorporación a ésta. En Barlovento, de………………de ………………..de 20 Fdo.:                          SR. ALCALDE-PRESIDENTE DEL ILMO. AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO ANEXO II: ALTA-MODIFICACIÓN DE DATOS DE TERCEROS Apellidos y Nombre/Razón Social: NIF/CIF: Ayuntamiento de Barlovento Pág.7 de 13 Número: 2023-0005 Fecha: 12/04/2023 Cód. Validación: 32436F4A7GEG93LD6F9DTNTR2 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 7 de 13 ACTA DEL PLENO Ayuntamiento de Barlovento Domicilio: Población: Código Postal: Denominación de La Entidad Financiera: Código Cuenta Cliente IBAN: Código Entidad Financiera: Código de la Sucursal: Dígitos de Control Nº de Cuenta: Titular: Certifica de Conformidad por la entidad financiera (fecha, sello y firma) Declaro que son ciertos los datos reflejados y que indican la cuenta y la entidad financiera a través de las cuales deseo recibir los pagos procedentes de la Tesorería del Ayuntamiento de Barlovento Fdo.: En calidad de: DNI: Ayuntamiento de Barlovento Pág.8 de 13 Número: 2023-0005 Fecha: 12/04/2023 Cód. Validación: 32436F4A7GEG93LD6F9DTNTR2 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 8 de 13 ACTA DEL PLENO Ayuntamiento de Barlovento En Barlovento a 16 de febrero de 2023. Fdo. El Alcalde. D. Jacob Qadri Hijazo.” Visto el Dictamen favorable de la Comisión Informativa de Educación y Cultura de fecha 23 de febrero de 2023. Se entra en la deliberación del asunto, manifestando el Sr. Concejal don Luis Alberto Ortega Martín (PSOE) que en el apartado séptimo de las bases propuestas se recoge que las solicitudes solo se podrán presentar en el Registro General del Ayuntamiento proponiendo que se modifique la misma para que sea posible también la presentación telemática para aquellos que no puedan desplazarse físicamente hasta el municipio por estar estudiando fuera. Ante la propuesta formulada por el Sr. Concejal, el resto de concejales asistentes manifiestan su conformidad para modificar la citada cláusula séptima por la siguiente redacción: “SÉPTIMA.- LUGAR. Los interesados podrán presentar la instancia solicitando la ayuda, físicamente en el Registro General del Ayuntamiento de Barlovento, sito Plaza del Rosario, n.º 3, en horario de atención al público, por vía telemática a través de la Sede Electrónica del Ayuntamiento (https://barlovento.sedelectronica.es/), o por cualquiera de los medios señalados en el artículo 16.4º de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas”. Deliberado el asunto, el Ayuntamiento Pleno, por siete votos a favor (grupo municipal Popular y grupo municipal Socialista), ningún voto en contra y ninguna abstención de sus miembros asistentes, siete del total de nueve que de Derecho la componen, acuerda, APROBAR LAS BASES REGULADORAS QUE HAN DE REGIR LA CONCESIÓN DE AYUDAS AL DESPLAZAMIENTO Y ALOJAMIENTO DE ESTUDIANTES DEL MUNICIPIO DE BARLOVENTO QUE CURSAN SUS ESTUDIOS FUERA DE LA ISLA SEGÚN LA PROPUESTA DE ALCADÍA Y LA MODIFICACIÓN DE LA BASE SÉPTIMA ACORDADA EN LA SESIÓN. SEGUNDO: APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL ACUERDO DE MODIFICACIÓN DE LA JORNADA ORDINARIA DE TRABAJO. Ayuntamiento de Barlovento Pág.9 de 13 Número: 2023-0005 Fecha: 12/04/2023 Cód. Validación: 32436F4A7GEG93LD6F9DTNTR2 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 9 de 13 ACTA DEL PLENO Ayuntamiento de Barlovento Visto el expediente 112/2023 relativo a la Aprobación del Acuerdo de Modificación de la Jornada Ordinaria de Trabajo del Ayuntamiento de Barlovento en el que consta Acta de la Mesa General de Negociación de fecha 10 de febrero de 2023; Providencia de la Alcaldía, Informe jurídico y Propuesta de la Alcaldía que se transcribe literalmente: “Expediente nº: 112/2023 Propuesta del Servicio de Personal Procedimiento: Aprobación de Acuerdo de Modificación de la Jornada Ordinaria de Trabajo Documento firmado por el Alcalde PROPUESTA DE ALCALDÍA Visto el expediente 112/2023 relativo a la aprobación de acuerdo de modificación de la jornada ordinaria de trabajo, en el que consta Informe Jurídico y Acta de Acuerdo con la Mesa General de negociación, Vista la Legislación aplicable al asunto: — La disposición adicional centésima cuadragésima cuarta, de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018 (modificada por la disposición final 28.2 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre) establece que «cada Administración Pública podrá establecer en sus calendarios laborales, previa negociación colectiva, otras jornadas ordinarias de trabajo distintas de la establecida con carácter general. Lo anterior no podrá afectar al cumplimiento por cada Administración del objetivo de que la temporalidad en el empleo público no supere el 8 % de las plazas de naturaleza estructural en cada uno de sus ámbitos». — Los artículos 37.1.m) y 38.3 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre. — El artículo 22.2.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Conforme al artículo 22.2.d) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, PROPONGO AL PLENO DE LA CORPORACIÓN LA ADOPCIÓN DEL SIGUIENTE ACUERDO: PRIMERO. Aprobar el texto consensuado por la Mesa de Negociación de fecha 10/02/2023, que recoge el Acuerdo de modificación de la jornada ordinaria de trabajo, aplicación al personal de este Ayuntamiento, y cuyo contenido literal es el siguiente: «Las partes negociadoras al amparo de lo establecido en la Disposición Adicional 144º Dos de la Ley 6/2018, de 3 de julio, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2018, (modificada por la disposición final 28.2 de la Ley 31/2022, de 23 de diciembre) acuerdan modificar la jornada ordinaria de trabajo en los siguientes términos: Ayuntamiento de Barlovento Pág.10 de 13 Número: 2023-0005 Fecha: 12/04/2023 Cód. Validación: 32436F4A7GEG93LD6F9DTNTR2 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 10 de 13 ACTA DEL PLENO Ayuntamiento de Barlovento “La jornada laboral del Ayuntamiento de Barlovento será de 35 horas semanales, repartidas con carácter general de lunes a viernes de 8:00 horas 15:00 horas, exceptuando al personal de Oficina Técnica y personal de Obras y de Limpieza de Inmuebles municipales que será de 7:30 horas a 14:30 horas. Durante el periodo comprendido entre el 15 de junio hasta el 30 de septiembre y entre el 22 de diciembre y el viernes siguiente a Reyes, la jornada se reducirá en una hora al término de la misma, siendo de 8:00 horas a 14:00 horas. Se exceptúan del horario reducido la primera quincena del mes de agosto con motivo de las fiestas patronales de Nuestra Señora del Rosario durante el cual el horario será el general, de 8:00 a 15:00 horas. La reducción de la jornada será posible siempre que no impida el cumplimento de la jornada establecida en su cómputo anual, de forma que dichas reducciones puedan compensarse en otros periodos del año con un alargamiento de la jornada. El presente acuerdo no podrá afectar al cumplimiento por el Ayuntamiento del objetivo de que la temporalidad en el empleo público no supere el 8 % de las plazas de naturaleza estructural.”» SEGUNDO. Comunicar el Acuerdo del Pleno a la Presidencia de la Mesa de Negociación y notificar el mismo a los representantes del personal con indicación de los recursos que se estimen pertinentes. Así mismo, emplazar a las partes para la firma del Acuerdo. TERCERO. Firmado el Acuerdo, que por la Mesa de Negociación se presente el mismo en la Oficina Pública correspondiente para que se proceda a su registro, y posterior publicación. Igualmente se dará publicidad en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de este Ayuntamiento, para general conocimiento de todo el personal.” Se entra en la deliberación del asuto, manifestado la Sra. Concejal de Personal/Recursos Humanos, doña Janet Díaz Rodríguez, que con este acuerdo que se llegó con los representantes de los trabajadores se ha tratado de equiparar la jornada del Ayuntamiento de Barlovento al del resto de Ayuntamientos de la Isla ya que era una demanda que venían manifestando desde hace tiempo y recalcando que durante las Fiestas patronales del verano no es posible hacer reducción de jornada ya que son días de más intensidad de trabajo durante los que se mantendrá el horario habitual. Deliberado el asunto, el Ayuntamiento Pleno, por siete votos a favor (grupo municipal Popular y grupo municipal Socialista), ningún voto en contra y ninguna abstención de sus miembros asistentes, siete del total de nueve que de Derecho la componen, Ayuntamiento de Barlovento Pág.11 de 13 Número: 2023-0005 Fecha: 12/04/2023 Cód. Validación: 32436F4A7GEG93LD6F9DTNTR2 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 11 de 13 ACTA DEL PLENO Ayuntamiento de Barlovento ACUERDA PRIMERO. Aprobar el texto consensuado por la Mesa de Negociación de fecha 10/02/2023, que recoge el Acuerdo de modificación de la jornada ordinaria de trabajo, aplicación al personal de este Ayuntamiento, y cuyo contenido literal es el siguiente: “La jornada laboral del Ayuntamiento de Barlovento será de 35 horas semanales, repartidas con carácter general de lunes a viernes de 8:00 horas 15:00 horas, exceptuando al personal de Oficina Técnica y personal de Obras y de Limpieza de Inmuebles municipales que será de 7:30 horas a 14:30 horas. Durante el periodo comprendido entre el 15 de junio hasta el 30 de septiembre y entre el 22 de diciembre y el viernes siguiente a Reyes, la jornada se reducirá en una hora al término de la misma, siendo de 8:00 horas a 14:00 horas. Se exceptúan del horario reducido la primera quincena del mes de agosto con motivo de las fiestas patronales de Nuestra Señora del Rosario durante el cual el horario será el general, de 8:00 horas a 15:00 horas. La reducción de la jornada será posible siempre que no impida el cumplimento de la jornada establecida en su cómputo anual, de forma que dichas reducciones puedan compensarse en otros periodos del año con un alargamiento de la jornada. El presente acuerdo no podrá afectar al cumplimiento por el Ayuntamiento del objetivo de que la temporalidad en el empleo público no supere el 8 % de las plazas de naturaleza estructural.” SEGUNDO. Comunicar el Acuerdo del Pleno a la Presidencia de la Mesa de Negociación y notificar el mismo a los representantes del personal con indicación de los recursos que se estimen pertinentes. Así mismo, emplazar a las partes para la firma del Acuerdo. TERCERO. Firmado el Acuerdo, que por la Mesa de Negociación se presente el mismo en la Oficina Pública correspondiente para que se proceda a su registro, y posterior publicación. Igualmente se dará publicidad en el tablón de anuncios y en la sede electrónica de este Ayuntamiento, para general conocimiento de todo el personal. Y no habiendo más asuntos que tratar, por el Sr. Alcalde - Presidente, se levanta la sesión, siendo las diecinueve horas y treinta minutos; de todo lo cual, como Secretario, doy fe. Ayuntamiento de Barlovento Pág.12 de 13 Número: 2023-0005 Fecha: 12/04/2023 Cód. Validación: 32436F4A7GEG93LD6F9DTNTR2 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 12 de 13 ACTA DEL PLENO Ayuntamiento de Barlovento Vº Bº El Alcalde La Secretaria Ayuntamiento de Barlovento Pág.13 de 13 Número: 2023-0005 Fecha: 12/04/2023 Cód. Validación: 32436F4A7GEG93LD6F9DTNTR2 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 13 de 13 ACTA DEL PLENO