Ayuntamiento de Barlovento Resolución 168/2023 Alcalde Fecha Firma: 22/06/2023 HASH: fb11a5bad0ebe472dc64d8b7732cf7c3 Decreto.- Don Jacob Qadri Hijazo, Alcalde – Presidente del Ayuntamiento de Barlovento, en el día de la fecha: Jacob Anis Qadri Hijazo (1 de 2) RESULTANDO: Que tras las elecciones locales celebradas el día 28 de mayo de 2023 se ha constituido la nueva Corporación el día 17 de junio de 2023, procediendo adoptar los correspondientes acuerdos organizativos. CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto por el artículo 23.3 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, los Tenientes de Alcalde sustituyen, por el orden de su nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, al Alcalde, siendo libremente designados y removidos por éste de entre los miembros de la Junta de Gobierno Local y, donde ésta no exista, de entre los Concejales. Competencia para su nombramiento que también aparece recogida en el artículo 21.2 de la citada Ley 7/1985, de 2 de abril. SECRETARIA-INTERVENTORA Fecha Firma: 22/06/2023 HASH: 962cfab4bdd579fb6972ea5969150496 CONSIDERANDO: Que en los municipios con Junta de Gobierno Local el número de Tenientes de Alcalde no podrá exceder del número de miembros de aquélla. En aquellos otros en que no exista, el número de Tenientes de Alcalde no podrá exceder del tercio del número legal de miembros de la Corporación. A los efectos del cómputo no se tendrán en cuenta los decimales que resulten de dividir por tres el número total de Concejales. Los nombramientos y los ceses se harán mediante resolución del Alcalde de la que se dará cuenta al Pleno en la primera sesión que celebre, notificándose, además, personalmente a los designados, y se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia (artículo 46 Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales). Sara Martín Barrera (2 de 2) CONSIDERANDO: Que serán delegables las competencias del Alcalde previstas en el apartado 3 del artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Dichas competencias podrán ser delegadas en la junta de gobierno local, tenientes de alcalde y concejales (art. 32.1 Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias). Los actos dictados por delegación del alcalde adoptarán la forma de decreto en el que se señalará expresamente tal circunstancia (art. 32.4 Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias). CONSIDERANDO: Que los municipios donde exista junta de gobierno local podrán estructurarse en áreas de gobierno y al frente de cada una habrá una concejalía de área, sin perjuicio que donde no exista junta de gobierno local las delegaciones de competencia del alcalde podrán recaer sobre las concejalías (arts. 39 y 40 Ley 7/2015, de 1 de abril, de los Ayuntamiento de Barlovento Pág.1 de 3 Número: 2023-0174 Fecha: 22/06/2023 Cód. Validación: 4R74WEN23DKG6396WF3HG3M94 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 3 DECRETO Ayuntamiento de Barlovento municipios de Canarias). Estas delegaciones podrán ser genéricas o especiales y deberán ser publicadas en el Boletín Oficial de la Provincia (Arts. 43 y 44 Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre). RESUELVO: PRIMERO: Nombrar los siguientes Tenientes de Alcalde del Ayuntamiento de Barlovento que sustituirán, por el siguiente orden de nombramiento y en los casos de vacante, ausencia o enfermedad, al Alcalde: 1º.- Dña. Yésica Medina Díaz. 2º.- Dña. Janet Díaz Rodríguez. 3º.- D. Yoana María Concepción Freitez. SEGUNDO: 1.- Delegar las competencias que legalmente correspondan al Alcalde en los Concejales y áreas que se indican, que serán efectivas desde el momento en que se dicte la presente resolución: Dña. Yésica Medina Díaz: Economía y Hacienda; Infraestructura; Obras y Servicios; Educación; Movilidad, Eficiencia Energética y Sostenibilidad; y Montes. Dña. Janet Díaz Rodríguez: Servicios Sociales; Desarrollo Local (Empleo y Formación); y Recursos Humanos. D. Domingo Javier Herrera Hernández: Parques y Jardines; Agua; Cementerio; Agricultura y Ganadería. Dña. Yoana María Concepción Freitez: Cultura; Deportes; Artesanía; y Patrimonio. Dña. Desiré Pérez Pérez: Juventud; Igualdad; Turismo; Ludoteca y Biblioteca. 2.- Todas las delegaciones anteriores tendrán carácter genérico y comprenderán tanto las facultades de dirigir los servicios correspondientes como la de gestionarlos. No incluirá la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros, que corresponderá al Alcalde. Ayuntamiento de Barlovento Pág.2 de 3 Número: 2023-0174 Fecha: 22/06/2023 Cód. Validación: 4R74WEN23DKG6396WF3HG3M94 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 3 DECRETO Ayuntamiento de Barlovento 3.- En caso de ausencia o enfermedad de los Concejales Delegados, dichas competencias serán avocadas hacía el Alcalde mientras persista dichas circunstancias. 4.- La Alcaldía se reserva las áreas de Urbanismo, Festejos, Seguridad y Protección Civil. TERCERO: Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Cruz de Tenerife, en el Tablón de anuncios electrónico del Ayuntamiento y en su Portal de Transparencia. CUARTO: Notificar el presente acuerdo a los interesados. QUINTO: Dar cuenta al Pleno del Ayuntamiento en la próxima sesión que se celebre Lo ordena y firma el Sr. Alcalde, en Barlovento, a veintidós de junio de dos mil veintitrés. El Alcalde Ante mí, la Secretaria Ayuntamiento de Barlovento Pág.3 de 3 Número: 2023-0174 Fecha: 22/06/2023 Cód. Validación: 4R74WEN23DKG6396WF3HG3M94 Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 3 DECRETO