AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO SECRETARIA Provincia de Santa Cruz de Tenerife Teléfono: 18.60.02 Fax: 18.61.36 ayto.barlovento(teleline.es p Plaza de Rosario, 3 C.P. 38726 DICTAMEN DE LA COMISIÓN INFORMATIVA DE INFRAESTRUCTURAS, VIVIENDA Y URBANISMO ASISTENTES Presidenta: Dña. Yésica Medina Díaz Vocales: D. Domingo Javier Herrera Hernández Dña. Yoana María Concepción Freytez Dña. Ithaisa Hernández Baute Secretaria: Dña. Sara Martín Barrera Excusa su asistencia: D. Argelio Hernández Ortega En el Salón de Actos del Ayuntamiento de Barlovento, siendo las 17:00 horas del día trece de febrero de dos mil veintitrés, se reunió la Comisión Informativa de Infraestructuras, Vivienda y Urbanismo; al objeto de dictaminar sobre el siguiente asunto: ÚNICO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL CONVENIO ENTRE EL INSTITUTO CANARIO DE LA VIVIENDA Y EL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO POR EL QUE SE FORMALIZA LA CESIÓN A TÍTULO GRATUITO DE UNA PARCELA SITA EN LA TRAVESÍA CASCO URBANO, CALLE CONSTITUCIÓN Y PLAZA ROSARIO DEL CITADO TÉRMINO MUNICIPAL, CON DESTINO A LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PROTEGIDAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA Vista la Propuesta de Alcaldía de fecha 8 de febrero de 2023 que literalmente dice lo siguiente: “PROPUESTA DE ALCALDÍA Visto el expediente 79/2022 relativo a la cesión gratuita a favor del Instituto Canario de la Vivienda del bien inmueble de titularidad municipal sito en la Travesía Casco Urbano con Calle de La Constitución según acuerdo plenario de fecha 18 de octubre de 2022 (BOP S/C de Tenerife n.” 137 de fecha 14/11/2022). Vista la Resolución de la Viceconsejería de Administraciones Públicas y Transparencia por la que se toma razón de la cesión gratuita del citado bien inmueble. Vista la resolución n.? 15/2023 de 31 de enero de 2023 del presidente del Instituto Canario de la Vivienda por la que se acepta la cesión del citado inmueble. Visto el borrador del CONVENIO ENTRE EL INSTITUTO CANARIO DE LA VIVIENDA Y EL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO POR EL QUE SE FORMALIZA LA CESIÓN A TÍTULO GRATUITO DE UNA PARCELA SITA EN LA TRAVESÍA CASCO URBANO, CALLE CONSTITUCIÓN Y PLAZA ROSARIO DEL CITADO TÉRMINO MUNICIPAL, CON DESTINO A LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PROTEGIDAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA que literalmente dice lo siguiente: “CONVENIO SUSCRITO ENTRE EL INSTITUTO CANARIO DE LA VIVIENDA Y EL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO POR EL QUE SE FORMALIZA LA CESIÓN A TÍTULO GRATUI TO DE UNA PARCELA SITA EN LA TRAVESÍA CASCO URBANO, CALLE CON CONSTITUCIÓN Y PLAZA ROSARIO DEL CITADO TÉRMINO MUNICIPAL, DESTINO A LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PROTEGIDAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA. En Canarias, a dee de Pm... de 2023. REUNIDOS De una parte, Doña María Isabel Santana Marrero, actuando en su condición de Directora del Instituto Canario de la Vivienda, según nombramiento efectuado mediante Decreto 326/2019, de 19 de septiembre, y en ejercicio de la competencia para la suscripción de los convenios que se Jormalicen para la aceptación de la cesiones gratuitas de suelo, delegada por Resolución de de 17 de noviembre de 2009 de la Presidenta del Instituto Canario de la Vivienda (B.O.C. n* 240 de 09/12/09). De otra parte, D. Jacob Oadri Hijazo, en su condición de Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de Barlovento, de conformidad con lo previsto en el artículo 21.1, letras b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril de Bases de Régimen Local y previa autorización otorgada por Acuerdo plenario de fecha 18 de octubre de 2022 por el que se modifica en Acuerdo adoptado el día 6 de junio de 2022. Los intervinientes se reconocen mutuamente capacidad legal para el otorgamiento del presente convenio de IENUIARAATOS y al efecto: EXPONEN 1.- Que, para la gestión de las competencias que en materia de vivienda ostenta la Administración de la Comunidad Autónoma de Canarias, la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, en su artículo 7 y ss., creó el Instituto Canario de la Vivienda, como organismo autónomo de carácter administrativo, dotado de personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines. 1.- Que, entre las funciones que el artículo 8 de la citada Ley atribuye al referido Organismo se encuentra en la letra g), la constitución de un patrimonio propio de suelo destinado a la construcción de viviendas protegida; atribución que reitera el artículo 3 apartado j) del Decreto 152/2008, de 7 de Julio, por el que se aprueban los Estatutos del Instituto Canario de la Vivienda. HI.- Que el Ayuntamiento de Barlovento es propietario por título de compraventa de la parcela que se describen a continuación: URBANA. Solar sito entre la travesía del casco urbano y la calle La Constitución. Naturaleza: Bien inmueble patrimonial. Medida superficial: 544,53 m. Linderos: - Norte, con la Plaza de Nuestra Señora del Rosario y urbana de Doña Águeda Rodríguez Pérez. - Sur, con urbana que se adjudica a los cónyuges Doña Luz Marina Rodríguez Ortega y Don Sebastián Concepción González. - Oeste, con Calle La Constitución, por cuyo lindero tiene un fondo de once melros con noventa y cuatro centímetros de longitud. - Este, con travesía de casco urbano, por cuyo lindero tiene un frente de once metros con setenta y ocho centímetros de longitud. Referencia catastral:6422105BS296250001GD Cargas reales: sin cargas. Afecciones: La finca queda afectada por el plazo de cinco años al pago de las liquidaciones complementarias aque puedan girarse por el impuesto de Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, a partir de la fecha de veintisiete de enero de dos mil veintidós según consta al folio 65 del tomo 1871. Registro de la Propiedad: Registro de la Propiedad de Santa Cruz de La Palma al Tomo 1871, Folio 62, Finca n.* 3.70 IV- Se adjunta a éste Convenio plano de situación con la delimitación exacta de la misma. V.- Que, previo cumplimiento de los trámites exigidos en los artículos 109 y 110 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, y en los artículos 6 y 7 Decreto 8/2015, de 3 de febrero, para la agilización y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias, por Acuerdo plenario adoptado por unanimidad el en sesión ordinaria celebrada el día 6 de junio de 2022, modificado mediante Acuerdo plenario de fecha 18 de octubre de 2022, la citada Corporación acordó la cesión a título gratuito a favor del Instituto Canario de la Vivienda de la parcela descrita en el apartado 11 con la finalidad de destinarlo a la construcción de viviendas protegidas de promoción pública. VI.- Que, por parte del Instituto Canario de la Vivienda se ha ultimado el correspondiente expediente de aceptación de la referida cesión, conforme a lo establecido en el artículo 78 bis del Reglamento para la aplicación de la Ley del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, aprobado por Decreto 133/1988, de 22 de septiembre, en el que se ha recabado el preceptivo informe del Servicio Jurídico del citado Organismo. VH.- Que, asimismo y de acuerdo con lo establecido en el artículo citado en el apartado anterior, mediante resolución del Presidente del Instituto Canario de la Vivienda 15/2023 de 31 de enero se ha procedido a la aceptación de la cesión de la parcela de referencia. VIIL.- Que a la vista de lo anterior procede, de acuerdo a lo previsto en el artículo 300 Ley 4/2017, de 13 de julio, del Suelo y de los Espacios Naturales Protegidos de Canarias en relación con el artículo 31 de la Ley 2/2003, de 30 de enero, de Vivienda de Canarias, la formalización de la cesión gratuita mediante la suscripción del presente Convenio. Visto lo que antecede ambas partes acuerdan suscribir el presente Convenio que se regirá por las siguientes CLÁUSULAS PRIMERA.- El Ayuntamiento de Barlovento cede gratuitamente al Instituto Canario de la Vivienda a través del presente Convenio la parcela descrita en el apartado 111 de la parte expositiva del mismo. SEGUNDA.- El Instituto Canario de la Vivienda acepta la cesión gratuita de la citada parcela con la finalidad de destinarla a la construcción de viviendas protegidas de promoción pública, a cuyos efectos se compromete llevar a cabo las actuaciones necesarias para la consecución de dicha finalidad. TERCERA.- Según se recoge en el Acuerdo de cesión y a tenor de lo previsto en el artículo 111 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, el solar cedido ha de ser destinado a la construcción de viviendas de promoción pública, debiendo acreditarse dicho destino en el plazo máximo de cinco años y mantenerse durante los treinta años siguientes. Si la parcela cedida no fuese destinada al fin establecido en los plazos señalados en el párrafo anterior o fuese destinado a otra finalidad, se considerará resuelta la cesión y revertirá al Ayuntamiento de Barlovento con todas su pertenencias y accesiones. CUARTA.- El presente Convenio, que será título suficiente para la inscripción en el Registro de la Propiedad, de acuerdo con lo:previsto en el artículo 79.2 del Decreto Territorial 133/1988, de 22 de Septiembre, por el que se aprueba el Reglamento para la aplicación de la Ley 6/2006, de 17 de Julio del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de Canarias, en relación con el artículo 14.2 de la citada ley y con el artículo 113.2 de la Ley 33/2003 de 3 de Noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas, y asimismo de acuerdo con el artículo 2 de la Ley Hipotecaria, se elevará a escritura pública a solicitud de cualquiera de las partes. QUINTA.- Los gastos notariales y los de inscripción en el Registro de la Propiedad serán de cuenta de la parte que uste la elevación de este Convenio a escritura pública. Y para que conste, y en prueba de conformidad de cuanto antecede, suscriben ambas partes el presente Convenio en el lugar y fecha del encabezamiento. El Presidente del Instituto Canario de la Vivienda El Alcalde del laca de ED: (Resolución de 17/11/09, B.O.C. de Barlovento 09/12/09) Jacob Oadri Hijazo La Directora del Instituto Canario de la Vivienda. Visto todo lo anterior, esta Alcaldía PROPONE la Pleno de la Corporación Aprobar el texto del Convenio antes descrito. En Barlovento, a ; de febrero de 2023. El Alcalde. ” Se entra en la deliberación del asunto. ... Deliberado el asunto, la Comisión Informativa de Infraestructuras, Vivienda y Urbanismo, por cuatro votos a favor (grupo municipal Popular), ningún voto en contra y ninguna abstención (grupo municipal Socialista), acuerda proponer al Pleno de la Corporación, acuerda aprobar la propuesta de la Alcaldía. Y no habiendo otros asuntos de que tratar se dio por terminada la sesión, siendo las diecisiete horas y diez minutos. La Presidenta SCA MLS pal, o, NS [PE > NS 7 E As el GS Se a AR uz de Y Hemos recibido citación a sesión de la Comisión Informativa de Infraestructuras, Vivienda y Urbanismo que celebrará el día 13 de febrero de 2023, a las 17:00 horas; bajo el Orden del Día, reseñado en el dorso en el Salón de Actos de la Casa Consistorial Y para que así conste firmamos la presente en Barlovento, a 8 de febrero de 2023. APELLIDOS Y NOMBRE DEL CONCEJAL Rúbrica Po HERRERA HERNÁNDEZ, DOMINGO JAVIER le Po MEDINA DÍAZ, YÉSICA / CONCEPCIÓN FREYTEZ, YOANA MARÍA P.9. j HERNÁNDEZ BAUTE, ITHAISA HERNÁNDEZ ORTEGA, ARGELIO CITADOS POR MÍ, EL POLICÍA MUNICIPAL N* Orden Expresión del Asunto ÚNICO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL CONVENIO ENTRE EL INSTITUTO CANARIO DE LA VIVIENDA Y EL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO POR EL QUE SE FORMALIZA LA CESIÓN A TÍTULO GRATUITO DE UNA PARCELA SITA EN LA TRAVESÍA CASCO URBANO, CALLE CONSTITUCIÓN Y PLAZA ROSARIO DEL CITADO TÉRMINO MUNICIPAL, CON DESTINO A LA CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PROTEGIDAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA. £ry» AYUNTAMIENTO DE e LOVENTO a, Provincia de Santa Cruz de Tenerife A Teléfono: 18.60.02 Fax: 18.61.36 E ayto.barloventoOteleline.es Plaza de Rosario, 3 Por la presente, y como miembro de la Comisión Informativa de Infraestructuras, Vivienda y Urbanismo, se le cita a usted de orden del Sr. Alcalde; para que comparezca en el Salón de Actos de la Casa Consistorial; el día 13 de febrero0 de 2023, a las 17:00 horas; al objeto de estudiar y dictaminar sobre los siguientes asuntos: ÚNICO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL CONVENIO ENTRE EL INSTITUTO CANARIO DE LA VIVIENDA Y EL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO POR EL QUE SE FORMALIZA LA CESIÓN A TÍTULO GRATUITO DE UNA PARCELA SITA EN LA TRAVESÍA CASCO URBANO, CALLE CONSTITUCIÓN Y PLAZA ROSARIO DEL CITADO TÉRMINO MUNICIPAL, CON DESTINO A LA. CONSTRUCCIÓN DE VIVIENDAS PROTEGIDAS DE PROMOCIÓN PÚBLICA. En Barlovento, a 18 de febrero de 2023. La Secretaria Fdo. Sara ra SRES. CONCEJALES DEL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO.