AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO SECRETARIA IR Provincia de Santa Cruz de Tenerife AS Teléfono: 18.60.02 Fax: 18.61.36 ayto.barlovento(teleline.es Plaza de Rosario, 3 C.P. 38726 ATIVA DE ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA DE LA COMISIÓN INFORM A TREINTA DE INFRAESTRUCTURAS, VIVIENDA Y URBANISMO CELEBRADA EL DÍ ABRIL DE DOS MIL VEINTICUATRO ASISTENTES Presidenta: Dña. Yesica Medina Díaz Vocales: D. Domingo Javier Herrera Hernández Dña. Amairany Katiuska Francisco Lucena Secretaria: Dña. Sara Martín Barrera Excusa su asistencia: siendo las diecisiete horas y treinta y En el Salón de Actos del Ayuntamiento de Barlovento, rmativa de nueve minutos del día treinta de abril de dos mil veinticuatro, se reunió la Comisión Info Infraestructuras, Vivienda y Urbanismo; al objeto de dictaminar sobre el siguiente asunto: APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL CONVENIO ENTRE EL ÚNICO.- ILDO INSULAR DE LA PALMA PARA AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO Y EL CAB LA GESTIÓN DE LOS RECURSOS ASIGNAD OS E N EL “PROGRAMA INSULAR PARA DE LA PALMA. EL DESARROLLO LOCAL (PIDL) 2024-2028” Visto el borrador del Convenio entre el Ayun tamiento de Barlovento y el Cabildo Insular de dos en el "Programa Insular para el Desarrollo Local La Palma para la gestión de los recursos asigna Anexo 1 que contiene la propuesta de PROGRAMA (PIDEL) 2024-202 8" de La Palma así como el INSULAR PARA EL DE SARROLLO LOCAL ( PIDL) 2024-2028, que literalmente dice lo siguiente: 1.- Borrador de Convenio: po "CONVENIO ENTRE EL AYUNTAMIENTO DE Mrrornnanorsornsso.. Y EL CABILDO INSULAR DE LA PALMA PARA LA GESTIÓN DE LOS REC URSOS ASIGNADOS EN EL “PROGRAMA INSULAR PARA EL DESARROLLO LOCAL (PIDL) 2024-2028” DE LA PALMA. En ... .... REUNIDOS De una parte, el Ilmo. Sr........ ens... Presidente del Cabildo Insular de La Palma, en nombre y representación de la institución que preside, en virtud de lo dispuesto el artículo 124.4 a) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, regulad O, ra de las Bases de Régimen Local. en relación con la Disposición Adicional Decimocuarta de dicho te xto legal, previa autorización del Consejo de Gobierno Insular en la sesión celebrada el..... Y de otra, .. . por razón de su expresado cargo, en nombre y representación del Ayuntamiento en virtud de las facultades que le atribuye el artículo 21.1.b de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Ré g mediante acuerdo. ....... imen Local (LBRL), facultado para este acto Las partes se reconocen mutuamente la capacidad legal necesaria para suscribir el pre: sente documento y en ese sentido, EXPONEN Primero. El Programa Insular para el Desarrollo Local (PIDL) tiene como objetivo contribuir al desarrollo de infraestructuras municipales que generen actividad económica, así como el desarrollo de obras que por sus características mejoren la calidad de vida de las personas. Segundo. El Excmo. Cabildo Insular de la Palma, en unión con los catorce Ayuntamientos de la isla, llevará a cabo. en el marco del PID estrategias: L, actuaciones agrupadas en torno a las Siguientes * SOSTENIBILIDAD AMBIENTAL » que incluye actuaciones para la protección de l medio ambiente, el paisaje, la gestión sostenible de los recursos naturales y el desarrollo de energías renovables, la mejora de infraestructuras conectividad de los núcleos de población de y equipamientos públicos básicos necesarios y de la 1 medio rural entre sí y con las áreas urbanas o mejora de la red viaria rural con el objeto de garantiza adecuadas, respetando la integridad y calidad F unas condiciones de utilización y se guridad territorial. del paisaje rural y evitando la fragmentación 1.1.-Número de infraestructuras creadas o medioambiental. ampliadas y mejoradas para protección 1.2.-Número de infraestructuras creadas o del paisaje. ampliadas y mejoradas de protección y mejora 1.5.- Número de espacios sanos y confortables creados. 1.4.- Superficie y/o potencia producida en implantación de energías renovables. 1.5.- Número de inmuebles municipales objeto de rehabilitación energética. 1.6.- Número espacios públicos o de disfrute común creados o mejorados. + SOSTENIBILIDAD SOCIAL, que incluye actuaciones conducentes a la mejora de la calidad de vida de los habitantes del medio ru ral, la promoción de la igualdad de oportunidades y l fomento de la participación ciudadana, facilit ando espacios e infraestructuras adecuadas para e las actividades ciudadanas, sociales, deportivas y culturales, fomentando el emprendimiento y así como para la mejora de la prestando atención especial a las empresas de economía social, calidad de los servicios públicos prestados por los Ayuntamienlos, promoviendo el ahorro de costes aciones en infraestructuras y equipamientos que y la obtención de sinergias. Asimismo, actu promuevan y faciliten un envejecimiento saluda ble previniendo el posible deterioro fisico, social y en el cognitivo derivados de la e dad, además la calidad y la seguridad de los espacios públicos que res, la población de más edad y la infantil. medio rural son fundamentales para las muje 2.1.- Número de infraestructuras creadas 0 reutiliza das para la mejora de la calidad de vida de los habitantes del medio rural. 2.2.- Número de infraestructuras y e spacios creados 0 reutilizados para el fomento de las actividades ciudadanas, sociales, deportivas y culturales. izados para el fomento de la 2.3.- Número de infraestructuras y espacios creados 0 reutil sas de economía social. emprendeduría, prestando atención especial a las empre la calidad de los servicios públicos 2.4.- Número de infraestructuras destinadas a mejorar horro de costes y la obtención de prestados por los Ayuntamientos, promoviendo el a sinergias. Tercero. Para la adecuada ejecución de las accione s incluidas en el Programa ambas 8.1 de la Ley 40/2015, de 1 de Administraciones, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4 ben el presente convenio para coordinar su Octubre de Régimen Jurídico del Sector Público, suscri participación y colaboración en las mismas. sto, las partes acuerdan suscribir el pres ente convenio que se regirá por las Por lo expue siguientes: CLÁUSULAS Primera. Objeto. El presente convenio tiene por objeto ins trumentar la distribución de la aportación del Programa Insular para el dineraria del Cabildo Insular de La Pa Ima para la financiación competencia municipal a ejecutar Desarrollo Local -PIDL-, correspondiente a las actuaciones de en los municipios de la isla. Los municipios ejercen sus competencias de conformidad con lo establecido en los artículos los 10 y 11 de la Ley 7/2015, de 1 de abril, de 25 y 26 de la Ley 7/1985, de 2 de abril y los artícu los municipios de Canarias. Segunda. Programa a desarrollar por el Cabildo. El Programa a desarrollar contempla una financiación global de 40 millones de euros. El PIDL se ejecutará en un periodo de cuatro años con una inversión total de 40 millones de euros. La inversión anual se distribuirá de la siguiente manera: Año 2024: 10 millones de euros Año 2025: 10 millones de euros Año 2026: 10 millones de euros Año 2027: 10 millones de euros La distribución por anualidades establecida en el Programa es inalterable, por lo que los Frec ursos asignados de un año que no se utilicen en el ejercicio presupuestario correspondiente no se incorporarán a los años posteriores. No obstante, en el año 20 24 el plazo para la ejecución de gasto se ampliará hasta el 31 de marzo de 2025 abril. y el plazo para justificar al Cabildo hasta el 30 de Tercera. Obligaciones del Cabildo Insular de La Palma. A) El Cabildo Insular se obliga, en todas las actuaciones: La ejecución de las acciones se realiza con ca, rgo a fondos del Cabildo Insular de La Palma previstos en su presupuesto y con las demás condic Convenio. iones de financiación recogidas en el presente La financiación del Cabildo Insular de La Palma por municipios tiene el « 'arácter de máximo en su cuantía global. no obstante los Ayuntamientos Podrán aportar, además de la cantidad correspondiente a publicidad y/o gestión del Programa que es de carácter obligatorio, la cantidad que determine para el desarrollo de la actuación a través de fondos propios cuando sean ejecutados por la Corporación Municipal. De manera excepcional y siempre que la actuación se ejecute por el Cabildo Insular. los ayuntamientos podrán autorizar el e mM pleo de fondos procedentes del Plan de Cooperación Municipal para la ejecución de sus actua ciones. Teniendo en cuenta la naturaleza insular de este Programa, el Cabildo, en e l caso de que la obra o actuación se ejecute por el Ayuntamiento y la demora en el inicio y/o ejec ución de la obra impida o retrase la Justificación de los fondos, realizará la ejecución de las actu aciones previstas en el municipio respectivo revocando la delegación realizada a Javor del municipi O. B) En el caso de que sea el Ayuntamiento quien ejecute las obras o actuaciones: 1 La formalización del acuerdo de dele gación de competencia para la ejecución de las obras, que se realizará a petic ión del Ayuntamiento que vaya a llevar a cabo las actuaciones incluidas en el Programa y por acuerdo del Pleno del Cabildo Insular. 1 Designar a las personas que van a formar parte de la Comisión de Seguimiento, titulares y suplentes. C) En el caso de que sea el Cabildo Insular de la Palma quien ejecute las actuaciones: caso, sean necesarios para la Tramitar los expedientes de contratación que, en su ormidad con la normativa en ej ecución de las actuaciones incluidas en el PIDL de conf vigor. l coste de las actuaciones incluidas en el Programa para el Desarrollo Local de 11, Asumir e de La Palma y respetar la La Palma con cargo los presupuestos del Cabildo Insular distribución por municipios. la opinión pública que la dll. Adoptar las medidas de difusión necesarias para informar a encuentra financiada con cargo al PIDL y colocar la cartelería actuación/obra se xo V. conforme al modelo establecido en el Ane ables de los contratos de O bras, de conformidad la 1D, Designar la persona o personas respons las que corresponderá supervisar su ejecución y Ley de Contratos del Sector Público, a n el fin de asegurar la adoptar la s decisiones y dictar las instrucciones necesarias co a Palma a petición del correcta realiza ción de la prestación pactada. El Cabildo de L ación Municipal en el Ayuntamiento, podrá nombrar, además, un responsable de la Corpor contrato de obras. iones al Ayuntamiento, una vez D, Elaborar y formalizar el acta de entrega de las actuac terminados y recibi dos de conformidad por el Cabildo Insular. Cuarta. Obligaciones de los Ayuntamientos. A) Los Ayuntamientos se obligan, en todas las actuaciones, a: trienal de las Remitir el corresp ondiente acuerdo aprobando la programación cua actuaciones a financ iar con cargo al PIDL conforme al modelo establecido en el ANEXO l. s anualidades. Manifestar si procede rán a ejecutar las acciones de las correspondiente lar del inicio de las actuaciones y del avance de Informar debidamente al Cabildo Insu las mismas. inversión O Hacerse cargo de la ges tión, conservación, vigilancia y mantenimiento de la actuación realizada. l que se ha concebido, conforme a los Destinar la inversión al fin concreto para e indicadores de la actuació n, durante un plazo mínimo de 5 años. a los efectos de coordinar y Designar a la persona inte rlocutora, con carácter técnico, do con la ejecución de las actuaciones resolver cualquier aspecto o incidencia relaciona incluidas dentro del Programa. la Comisión de Seguimiento, Designar a las person as que van a formar parte de titulares y suplentes, seg ún modelo del ANEXO VII. B) En el caso de que sea el Cabildo el que ejecute las obras 0 actuaciones: Remitir los Proyectos debidamente aprobados por el órgano correspondiente o el certificado del acuerdo relativo al cumplimiento del trámite de cooperación interadministrativa y conformidad con el planeamiento municipal, ap ortando los permisos y autorizaciones que sean preceptivas por la normativa vigente para la ejecución del contrato. 12, Remitir al Cabildo Insular de La Palma el acuerdo de puesta a disposición de los bienes inmuebles necesarios para la ejecución de la actuación, cediendo temporalmente el uso de los bienes afectos, de conformidad con el artículo 9 del Decreto 8/201 3, de 5 de febrero, para la agilización y modernizació n de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias, conforme al modelo establecido en el ANEXO HL El plazo de la cesión temporal de uso de los biene s inmuebles se extenderá desde el día de la firma del acta de comprobación de repla nteo de la obra o acta de inicio de la prestación del servicio hasta la remisión del a cta de entrega al Ayuntamiento. Durante este plazo la responsabilidad patrimonial del bien corresponde al Cabildo Insular de La Palma. C) En el caso de que sea el Ayuntamiento el que ejecute las obras o actuaciones: Acordar por el órgano competente la ac eptación de la delegación de competencias realizada a favor de los municipios que van a llevar a cabo las actuaciones 11, comprometidas en el Programa, para que surta plenos efectos. Justificar ante el Cabildo Insular de la Palma la ejecución de las acciones en la forma establecida en el Convenio, conforme a los ANEX 211. OS 111, HLB y UTC. Adoptar las medidas de difusión necesarias para informar a la opinión pública que la actuación/obra se encuentra financiada co n ca rgo al PIDL y colocar la cartelería conforme al modelo establecido en el Anexo V. 2D. Reintegrar las cantidades percibidas así c omo los intereses de demora que correspondan, desde el momento del pago de la aportación hasta la Jec ha en que se acuerde la procedencia del reinte E ro, en los supuestos establecidos en el artículo 37 de la Ley 38/2003, de 17 de noviemb, re, General de Subvenciones, a los que les serán de aplicación los criterios de graduación siguient es. Con respecto al apartado (a) del artículo 37 , procederá el reintegro de la totalidad de la cantidad percibida. =Con respecto al apartado (b) del mismo artículo, en caso de incumplimiento total procederá el reintegro de la totalidad de la cantidad percibida. Asimismo, en caso de incumplimiento parcial, la cantidad a reintegrar será un Porcentaje de lo percibido equivalente al Porcentaje de incumplimiento, previa valorac ión y motivación de la justificación por el beneficiario. Con respecto al apartado (c), deberán de debidamente. volverse las cantidades no Justificadas Con respecto al apartado (e), procederá el rein percibida. tegro de la totalidad de la cantidad =Con respecto al apartado (f), en caso de incumplimiento total, procederá el reintegro de la totalidad de la cantidad percibida. Por otro lado, en caso de incumplimiento parcial, la cantidad a reintegrar será un porcentaje de lo percibido equivalente al porcentaje de incumplimiento, previa valoración y motivación de la justificación por el beneficiario. -Con respecto al apartado (g), en cas o de incumplimiento total procederá el reintegro de la totalidad de la cantidad per cibida, y en caso de incumplimiento entaje de lo percibido equivalente al parcial, la cantidad a reintegrar será un porc y motivación de la justificación porcentaje de incumplimiento, previa valoración por el beneficiario. total o parcial de los fondos ?, En los supuestos de reintegro, además de la devolución exigirá el interés de demora públicos percibidos indebidamente o no justificados, se calculado sobre el importe a devengado desde el momento de abono de los mismos, reintegrar. nos de control interno y/o Vi, Som eterse a las actuaciones de comprobación de los órga Insular de La Palma, así ext erno de la actividad económico-financiera del Cabildo ue puedan realizar los como C ualquier otra comprobación y control financiero q n le sea requerida en el órganos de control competentes, aportando cuania informació curso de tales actuaciones. iones consistentes en vil. Respetar l a condiciones particulares de no elegibilidad de actuac redacción de proyectos, redacción y revisión financiación de eventos de cualquier tipo, , como las acciones referidas a cambios de de instrumentos de planeamiento y de uso, asi s o infraestructuras bombillas en alumbrados públicos y mantenimiento de servicio municipales. cto redactado por el técnico competente vit Realizar las obras de acuerdo con el proye s de redacción de dicho proyecto, así contratado por el Ayuntamiento. Los honorario dos con cargo al programa por el como los de dirección técnica serán financia s oportunos trámites Ayuntamiento, correspondiendo al mismo la realización de lo. do los principios de administrativos p. ara la contratación de la obra a realizar, respetan de lo establecido en publicidad, concur rencia, igualdad y no discriminación, al amparo noviembre, de Contratos del Sector Público y demás normas de la Ley 9/2017, de 8 de uropeas que resulten de aplicación. desarrollo, así como las Directivas e dientes administrativos los elementos de 1X Incluir en toda la tramitación de los expe identidad gráfica del Progr ama, conforme al ANEXO VIII. de la documentación requerida para la ejecución del El Ayuntamiento será responsable la subsanación de los defectos, Programa, exigiendo a los redactores de los proyectos omisiones e infracciones de preceptos legales 0 errores materiales, insuficiencias técnicas, de acuerdo con lo por la redacción de los mismos, reglamentarios que les sean imputables establecido en el artículo 314 de La Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Quinta. Gastos financiables. Serán financiables, en el marc o del PIDL, los gastos realizados que resulten necesarios tos, cuyas fechas de devengo y pago se de zar la correcta ejecución de los proyec para garanti produzcan dentro del periodo establecido en el re spectivo año y que se entienden, en todo caso, desde el 1 de enero hasta el 31 de diciembre de cada año. Excepcionalmente en el año 2024 se podrán justificar los gastos realizados hasta el 31 de marzo del año 2025. Podrán imputarse con cargo a los fondos del PIDL tan sólo costes directos, entendiéndose por tal aquellos que están directamente relacionados con una actuación e specífica cuyo nexo con esa actuación pueda demostrarse de forma inequívoca. Se consideran costes directos, entre otros, los establecidos por el artículo 130.2 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre, Contratos de las Administraciones Pú por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de blicas, además de los que correspondan a mano de obra, equipamientos, infraestructuras, mater iales, suministros, honorarios de dirección facultativa de la obra, gastos de personal, etc., directamente relacionados con la actividad. Decret Por el contrario, se consideran costes indirectos los recogidos en el artículo 130.3 del Real o 1098/2001, de 12 de Octubre, por el que se aprueba el Reglamento general de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, como gastos de instalación de oficinas a pie de obra, comunicaciones, edificación de almacenes, tallere. derivados de la adquisición de bienes inmueble s, etc. Asimismo, no se podrán incluir los gastos Ss, los proyectos de obra y sus modificados, etc. de las actuaciones a realizar. En ningún caso se podrán modificar unilateralme nte las actuaciones pactadas en el PIDL, estos cambios deberán acordarse en la resp ectiva Comisión de Seguimiento convocada yq redarán reflejados en el Acta que se levante de la s esión. Sexta. Justificación de la aplicación de la financiación. 1. La aplicación de los fondos de cada año comprenderá desde el 1 de enero al 31 de diciembre de cada año (ejercicio presupuestario natural) por lo que la obra deberá e. star ejecutada y los pagos realizados a esa fecha justificándose ante el C, abildo antes del 31 de marzo del siguiente año. De forma excepcional, durante el año 2024, Podrán imputarse los gastos que efectivamente se realicen mediante pagos efectuados hasta aplicación de fondos en el mes de abril de 2 el 31 de marzo del siguiente, justificándose la 025. 3. Los Ayuntamientos podrán solicitar al Cabild (0) Insular el anticipo de los fondos correspondientes a cada año siempre y cuando se haya justificado el anterior. a tal efecto se incluye modelo en el ANEXO VI La primer, a anualidad será anticipada a petición del Ayuntamiento y no podrán librarse los fon IS Justificado el anterior: dos correspondientes a cada año sin haber 4. En el caso de que las actuaciones/obras se realicen por los Ayuntamientos, deberán Justificar las cantidades asignadas a cada año, no pudiendo redistribuirse los fondos correspondientes al año siguiente. La no ejecución de la actuación en el periodo establecido implica la obligación, Por parte del Ayuntamiento, de reintegro de cantidades e intereses de demora, si la misma hubiera sido anticipada. 3 En el caso de que la actuación se realice di rectamente por el Ayuntamiento, la forma de justificación consistirá en: -Presidente/a en la que conste de forma a) Una declaración responsable del Alcalde/sa . zación de la actividad y cumplimiento de la finalidad acompañada de expresa la reali ontrol equivalente que acredite la informe emitido por la Intervención u órgano de c ivos conforme al modelo que se veracidad y regularidad de los gastos y pagos justificat incorpora como ANEXO lll. . o/a-Interventor/a que relacione al contratista 0 b) Informe del Interventor/a 0 Secretari en el que se acreedor, las certificaciones de obra, facturas y su fecha de pago, elc., acredite la veracidad y regularidad de los gastos y pagos de l a aplicación de los fondos cido, conforme al ANEXO públicos para cada año, así como su adecuación al fin estable HLB. o del ANEXO IC y e) Memoria suscrita por el Alcalde/sa del Ayuntamiento según model berá contener, al menos, la siguiente información para cada actuación: que de Fecha de inicio y prevista de finalización. Presupuesto total y desglose por anualidades, en su caso. Resumen de gastos y pagos clasificados por naturaleza. Beneficiarios finales. Resumen de lo ejecutado en pasados ejercicios, en su Caso. Incidencias acaecidas durante el ejercicio. s de ejecución con su correspondiente valoración. Valoración de los indicadore bidos implicará la La falta de justifica ción parcial o total de la aplicación de los recursos reci obligación de reintegr ar las cantidades no justificadas y los rendimientos financieros que se 1 implicar la hayan generado por lo s recursos abonados anticipadamente. Asimismo, podre revocación de la delegación efectuada. Los importes no justificado s podrán ser detraídos de pagos futuros del Programa. podrán Los recursos económicos que no puedan justificarse en su correspondiente año no recuperarse en el futuro. a someterse a las actuaciones de comprobación, seguimiento 8 El Ayuntamiento queda obligado lar así como cualquier otro tipo de comprobación y y control a efectuar por el Cabildo Insu de control competentes, aportando cuanta control financiero que puedan realizar los órganos infor mación le sea requerida en el ejercicio de estas funciones. s exigen una adecuada Los objetivos de estabilida d presupuestaria y control de gasto ha de estar basado en necesidades de interés justificación de todo gasto de dinero público, que realización de sus público, poniendo en marc, ha actuaciones necesarias para el cumplimiento y Fines institucionales, garantizando el cumplimiento de los principios de necesidad idoneidad y eficiencia de las actuaciones a ejecutar. Séptima. Indicadores. El Cabildo está obligado a elaborar los indicadores para el seguimiento del Programa, por lo que cada actuación enmarcada dentro del PIDL deberá comprender alguno de los que a continuación se desarrollan, sin perjuicio de otros posibles indicadores posterioridad: que se puedan definir con * SOSTENIBILIDAD AMBIEN TAL, que incluye actuaciones para la prote cción del medio ambiente, el paisaje, la gestión sostenible de los recursos naturales ye l desarrollo de energías renovables, la mejora de infraestructuras y equipamientos públicos bá SS icos necesarios y de la conectividad de los núcleos de población del medio rural entre sí y con las áreas urbanas o mejora de la red viaria rural con e l objeto de garantizar unas condiciones de utilización y seguridad adecuadas, respetando la in territorial. tegridad y calidad del paisaje rural y evitando la fragmentación 1.1.-Número de infraestructuras creadas 0 medioambiental. ampliadas y mejoradas para protección 2, -Número de infraestructuras creadas o ampliadas y mejoradas de protección y mejora del paisaje. 1.3.- Número de espacios sanos y confortables creados. 1.4.- Superficie y/o potencia producida en implantación de energías renov vables. ca 1.5.- Número de inmuebles municipales objeto de rehabilitación energéti 1.6.- Número espacios públicos o de disfrute común creados o mejorado. * SOSTENIBILIDAD SOCIAL, que incluye actuaciones conducentes a la me jora de la d calidad de vida de los habitantes del medio rural, la promoción de la igualdad de opo rtunidades y la participación ciudadana, Jacilitando espacios e infraestructuras adecuadas para e 1 fomento de las actividades ciudadanas, sociales, deportivas y culturales, Jomentando el empr endimiento y prestando atención especial a las empresas de economía social, así como para la mejora de la calidad de los servicios públicos prestados por los Ayuntamientos, promoviendo el ah orro de costes y la obtención de sinergias. Asimismo, actuaciones en infraestructuras y equip amientos que promuevan y faciliten un envejecimiento saludable previniendo el posible deterioro físico, social y cognitivo derivados de la edad, además la calidad y la seguridad de los espacios pú blicos que en el medio rural son fundamentales para las mujeres, la población de más edad y la infa ntil. 2.1.- Número de infraestructuras creadas o re utilizadas para la mejora de la calidad de vida de los habitantes del medio rural. 2.2.- Número de infraestructuras ye spacios creados o reutilizados para el fomento de las actividades ciudadanas, sociales, dep ortivas y culturales. 2.3.- Número de infraestructuras y espacios creados o reutilizados para el fomento de la emprendeduría, prestando atención especial a las empresas de economía social. structuras destinadas a mejorar la calidad de los servicios públicos 2.4.- Número de infrae a obtención de prestado s por los Ayuntamientos, promoviendo el ahorro de costes y l sinergias. El conjunto de actuaciones repercutirán e n un fomento y estabilización del empleo, una mejora del desarrollo económico insular y su diversificación. Octava. Publicidad. El Cabildo Insular y los ayuntamientos adoptarán las medidas de difusión que sean lizada por el Cabildo necesarias para informar a la opini ón pública sobre la financiación rea Insular de La Palma, dando la op ortuna publicidad a las actuaciones que se ejecuten, de A tal efecto deberá conformidad con lo establecido en la normativa vigente sobre transparencia. diente de acuerdo con lo establecido en el colocarse en cada actuación la cartelería correspon ANEXO Y: Asimismo, cada Ayuntamiento apo rtará la cantidad correspondiente al 1 ,2% de lo previsto stión del Programa por en su financiación al objeto de ll evar a cabo acciones de publicidad y/o ge 120.000 euros anuales. parte de este Cabildo Insular, lo que supone un imporle total de Novena. Publicación. ipios El Cabildo Insular hará públ ica la relación de convenios suscritos con los munic la información descrita en el artículo integrantes del Programa, manteniéndola actualizada con 113.1 de la Ley 8/2015, de 1 de abril de Cabildos Insulares. La delegación de competencias y su posi ble revocación deberá publicarse en el Boletín dispone el artículo 9,3 de la Ley Oficial de La Provincia de Santa Cruz de Tenerife, tal como 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público (LRJSP). Novena. Titularidad de los resultados obtenidos. acometa el desarrollo de la actuación, la titularidad Con independencia de la entidad que las que sean objeto de mejora, de las infraestructuras municipa les, tanto de nueva creación como se ejecuten, a quien corresponderá corresponde rá al Ayuntamiento del término municipal en el que nimiento. Asimismo, deber á destinar la inversión al fin en todo caso su conservación y mante , nimo 3 años. concre to para el que se concibió durante un periodo de mi Décima. Nombramiento de persona interlocutora. mientos deberán nombrar a Tanto el Excmo. Cabildo Insular de La Palma como los Ayunta drán dirigirse para resolver la Administración al que ambas Corporaciones po personal técnico de la aplicación del cto o incidencia relacionada con la ejecución de las actuaciones O cualquier aspe presente Convenio, ello conforme al ANEXO 1 V = Los Ayuntamientos pondrán en conocimiento del Cabildo Insular de La Palma, a través de la persona interlocutora, las circunstancias e incidencias que afecten a la ejecución de las actuaciones incluidas en el Programa Insular impliquen cualquier modificación, solicitud de para el Desarrollo Local, en especial aquellas que autorización o alteración de los términos acordados en el presente Convenio. Undécima. Mecanismos de seguimiento, vigilancia y control. Comisión de seguimiento. Se establece una Comisión de Seguimiento que estará constituida Por tre. Ss miembros del Cabildo Insular de La Palma, uno de los cuales la presidirá, y tres miembro : por parte del Ayuntamiento. Los miembros de la Comisión podrán ser sustituidos por las personas que se designen. Asimismo, corresponde al Cabildo In sula r designar a la persona que desempeñará las funciones de la Secretaría, que deberá transcribir al acta correspondiente los acuerdos adoptados en el seno de la Comisión de Seguimiento. La Comisión de Seguimiento podrá invitar a sus reuniones tanto a expertos como al personal técnico que se considere conv eniente. O La Comisión de Seguimiento se entenderá válidamente constituida cuando asistan como mínimo un miembro de cada parte firmante, siendo uno de ellos quien tenga atribuida la Presidencia de la misma o persona en quien delegue. Además es imprescindible la asistencia de la persona que asuma la secretaría de la Comisión de deberá levantar Acta de la mi S, Seguimiento, que internas que se establezcan. ma. La comisión de Seguimiento se regirá por las normas La primera Comisión de Seguimiento que se celebre tendrá el carácter de sesión constitutiva y establecerá su régimen de funcionamiento. Las Comisiones de Seguimiento se celebrarán cuantas veces sean necesarias para el desarrollo de sus funciones. 1] — Son funciones de la Comisión de Seguimiento: a) Estudiar, decidir y, en su caso, aprobar la inclusión de las actuaciones presentadas por el Ayuntamiento en la correspondiente memoria de cada año. b) Cc) Supervisar el desarrollo de las actuaciones incluidas en el PIDL. Acordar la solicitud de cambios o sustituciones de las actuacione $ previstas para cada año en base a su grado de ejecución del PIDL. a) Proponer la modificación del presente convenio. e) Analizar la ejecución de las actuaciones, pudiendo recabar de los beneficiarios cuanta información estime precisa para tal finalidad Y) Resolver las dudas y problemas de interpretación y cumplimiento que se deriven del presente convenio, estudiando la adopción de cualquier medida y acción que redunde en beneficio de la ejecución del Convenio. Duodécima. Tramitación anticipada. Con carácter general se utilizará la tramitación anticipada en los expedientes de contratación de las actuacion es incluidas en el Programa. Ésta podrá ultimarse incluso con la adjudicación y formalización del corre. spondiente contrato, aun cuando su ejecución, ya se realice en una o en varias anualidades, deba iniciarse en el ejercicio siguiente. Los expedientes de gastos tramitados anticipa damente deberán incluir una cláusula en los n suspensiva para el nacimiento del pliegos y las convocatorias que establezca como condició n el ejercicio en que comience a derecho del tercero, la existencia de crédito suficiente y adecuado e que se deriven para la realizarse la prestación o actividad, para financiar las obligaciones Administración. Decimotercera. Modificación del convenio. La modificación del Conv enio requerirá el acuerdo expreso de los firmantes mediante la que deberá ser aprobada previamente por ambas correspondiente adenda de modificación, Administraciones. Decimocuarta. Vigencia del Convenio. fectos desde su firma, teniendo vigencia hasta el 31 de El presente Convenio surtirá € r acuerdo expreso diciembre de 2027 y p udiendo ser prorrogado al vencimiento de dicho plazo po de las partes. Decimoquinta. Extinción del convenio. El convenio se extingue por el cumplimi ento de las actuaciones que constituyen su objeto 0 por concurrir alguna causa de resolución. Son causas de resolución del convenio: a) El mutuo acuerdo. idas en el presente convenio. b) El incumplimie nto de las obligaciones asum del Cabildo Insular de La Pa Ima por riesgo de e) Falta de financiación por parte incumplimiento de los objetivos de estabilidad presupuestaria. En caso de resolución por las causas p, revistas en los apartados a) y b), se procederá a la n su caso, teniendo en cuenta el estado de liquidación final de las aportaciones anticipadas e n ese momento. ejecución en que se encuentren las acciones e Cabildo Insular de La Palma sólo En caso de resolución prevista en el apartado c), el que estuvieran en ejecución en asumirá la fin anciación que le corresponda para aquellas acciones en que hubieran generado el momento de suspenderse la financiación y sólo en la medida de acuerdo con las disponibilida des presupuestarias de cada obligaciones frente a terceros, siempre ejercicio una vez cubiertas la necesidades de gasto de los servicios públicos fundamentale $ que son competencia del Excmo. Cabildo Insular de La Palma. La resolución del presente convenio Por causa imputable al Ayuntamiento, cuando ocasione algún tipo de daño o perjuicio a esta Administración, será exigible al mismo. Decimosexta.- De la naturaleza y jurisdicción aplicable. El presente Convenio tiene naturaleza administrativa, rigiéndose en su interpretación y desarrollo por la normativa administrativa aplicable a los Convenios de colaboración entre Administraciones Públicas. En aplicación de la excepción contenida en el artículo 2 General de 2 de la Ley Subvenciones y en el artículo 2.2 del Reglamento, las aportaciones dinerar ¡as no están contenidas en el ámbito de aplicación de dicha Ley, El marco por el que se regirá el presente convenio será el que a continuación se e stablece: . La Legislación Básica del Estado reguladora de la Administración Local, Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local. Real Decreto Legislativo 781/1986, 18 de abril, por el que se aprueba el Texto Re d fundido de las Disposiciones Legales vigentes en materia de Régimen Local. Ley 392015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Ley 7/2015, de 1 de abril, de los municipios de Canarias. Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares. Decreto 8/2015, de 5 de Febrero, para la agili Le >, ación y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales C anar. Ías. Las Bases de Ejecución del Presupuesto del Excmo. Cabildo Ins ular de La Palma que estén vigentes en cada anualidad. En caso de litigio sobre la interpretación y cumplimiento de e ste Convenio que no pueda resolverse por la Comisión de Seguimiento, las partes, con renuncia expresa al fuero que pudiera corresponderles, se someten al conocimiento administrativo. y competencia del orden jurisdiccional contencioso- Y en prueba de conformidad, comp rometiéndose las partes a su más exacto cumplimiento, firman el presente documento, por dup, licado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fe cha citados en el encabezado. SR/A. ALCALDE/SA-PRESIDENTE/A SR.PRESIDENTE DEL CABILDO DEL AYUNTAMIENTO DE INSULAR DE LA PALMA FICHA DEL PROGRAMA PROGRAMA INSULAR PARA EL DESAR ROLLO LOCAL -PIDL- Fondos aportados por el Importe total Temporalidad Cabildo Insular 4 años 100 % 40.000.000 € DURACIÓN Año 2026 Año 2027 Año 2024 Año 2025 - 10.000.000 € 10.000.000 € 10.000.000 € 10.000.000 € MUNICIPIO IMPORTE POR AÑO BARLOVENTO 430.633,87 € BREÑA ALTA 651.646,16 € BREÑA BAJA 565.702,87 € FUENCALIENTE 630.939,38 € GARAFÍA 857.943,05 € 1.453.389,16 € LOS LLANOS DE ARIDANE 601.713,11 € MAZO (VILLA DE) EL PASO 790.568,35 € PUNTAGORDA 680.835,55 € PUNTALLANA 565.063,68 € SAN ANDRÉS Y SAUCES 5$11.898,42 € S/C DE LA PALMA 1.110.436,56 € TAZACORTE $63.639,69 € TIJARAFE 585.590,17 € TOTAL MUNICIPIOS/AÑO 10.000.000 € ANEXO I PROGRAMA INSULAR PARA EL DESARROLLO LOCAL (PIDL) 2024-2028 PROGRAMA CUATRIENAL 4 YUNTAMIENTO DE —-(1) Denomina Entida | Encuadr | Indica Dispone ción de la d que ada en Impor | Impor Impor | Impo dor/es de te año | te año | te año rte actuación lleva a (4) (3) proyecto 2024 (2) cabo 2025 2026 año actualiza 2027 la do y actuac fecha del ión (3) mismo (6) RR =E Sal a. q + — 7 =t —] 0 A. |— mn! +— 7 > L al | 15 (1)Nombre del Ayuntamiento. (2)Nombre completo del proyecto (3) Ayuntamiento o Cabildo (4) Sostenibilidad Ambiental o Sostenibilidad Social (5) Indicar los indicadores conforme se señala (6) Si o no, indicar la fecha del proyecto. l indicar los importes previstos para cada anualidad En caso de ser una actuación plurianua conforme al calendario de ejecución. ANEXO II PUESTA A DISPOSICIÓN DE INFRAESTRUC TURAS DEID". SECRETARIA/O DEL AYUNTAMIENTO DE CERTIFICO: Que el Sr/a. Alcalde/sa-Presidente/a de este Ayuntamiento con fecha ha dictado la Resolución, cuyo tenor literal se transcribe a continuación: “Con fecha se firmó Convenio de Colaboración entre el Cabildo llo del Programa para el desarrollo local Insular de La Palma y los Ayuntamientos para el desarro de La Palma (PIDL). La cláusula cuarta del Convenio firmado recoge entre las o bligaciones del Ayuntamiento en 1 Cabildo, remitir el acuerdo de la el caso de actuaciones de competencia municipal a ejecutar por e sta a disposición al Cabildo Insular de La Palma de los bie nes inmuebles necesarios para su pue de conformidad con el artículo 9 ejecución, Ce diendo temporalmente el uso de los bienes afectos, del Decreto 8/2015, de 5 de febrero, para la agilización y modernizaci ón de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias. El plazo de la cesión temporal de uso de los s se extenderá desde el día de la firma del acta de comprobación de replanteo de la bienes inmueble obra o acta de inicio de la prestación de l servicio hasta la remisión del acta de entrega al Ayuntamiento. Durante este plazo la responsabilidad patrimonial del bien corresponde al Excmo. Cabildo Insular de La Palma. El artículo 31.1 v) de la Ley 7/2015, de 1 de abril. de los municipios de Canarias atribuye a la Alcaldía competencia para “La decisión sobre el uso o destino de los bienes inmuebles municipales, a excepción de los integrantes del patrimonio municipal del suelo. Á la vista de lo anterior y de conformidad con lo establecido en el artículo 21 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local en concordancia con lo recogido en el artículo 31.1 y) Ley 7/2015, de 1 de abril. de los municipios de Canarias HE RESUELTO: PRIMERO.- necesarios Poner a disposición al Cabildo Insular de La Palma los bienes inmuebles la para ejecución de la actuación denominada DESARROLLO LOCAL incluida en el PROGRAMA INSULAR PARA EL -“PIDL- de La Palma, cediendo temporalmente el uso de los biene s afectos, de conformidad con e l artículo 9 del Decreto 8/2015, de 5 de Jebrero, para la agiliz ación y modernización de la gestión del patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias. El plazo de la cesión temporal de uso de los bienes inmuebles se extenderá de: sde el día de la firma del acta de comprobación de replanteo de la obra o acta de inicio de la prestación del servicio hasta la remisión del acta de entrega al Ayuntamiento. Durante este plazo la responsabilidad patrimonial del bien corresponde al Cabildo Insular de La Palma . SEGUND O.- Dar traslado del presente acuerdo al Excmo. Cabildo Insular de La Palma en cumplimiento de lo establecido en el C onvenio firmado y a los efectos establecidos en el artículo 9 del Decreto 85/2015, de 5 de Febrero, para la agiliz ación y modernización de la gestión del Patrimonio de las Corporaciones Locales Canarias. Y para que así conste, expido la presente de conformidad con lo establecido en el artículo 92 bis de la Ley 7/1985 de 2 de abril Reguladora de las Bases de Régimen Local. con el visto bueno del Alcalde/sa-Presidente/a. En a de de ANEXO II JUSTIFICACION DE LA APLICACIÓN DE LA FINANCIACIÓN PIDL ENTIDAD Don/DOoña........... con DNI núm. en nombre y representación del Apunte de. o COR CIP en o IN su calidad DECLARA: 1.- Que la aportación dineraria del Excm o. Cabildo Insular que asciende 4......... , conforme a lo esta blecido en el Convenio suscrito con fecha correspondiente al año... ...... o entre el Cabildo Insular de La Palma y este Ay untamiento para la gestión de los 1 PROGRAMA INSULAR PARA EL DESARROLLO LOCAL DE recursos asignados en el marco de LA PALMA, se ha destinado a la realización de la actuación en cumplimiento de la finalidad del Programa, de acuerdo con lo establecido en el citado Convenio. 2.- Que se acompaña a la presente De claración, el Informe emitido por la Secretaría- l contratista o acreedor, las certificaciones de Intervención o Intervención en el que se relaciona a obra, facturas y fechas de pago, etc. y en que se acredil a la veracidad y regularidad de los gastos y o así como Su adecuación al fin pagos de la aplicación de los fondos públicos para el año ....... establecido. a de si ce de ..... Fecha y firma de Alcaldía ANEXO III. B INFORME EMITIDO POR LA SECRETARÍA-INTERVENCIÓN O INTER VENCIÓN Don/DOWA cocos. uo Interventoralo, Secretario/a-Interventor/a del Ayuntamiento de... ... ..- INFORMO: las actuaciones/obras, Que según los document os justificativos de la ejecución y pago de e a continuación se indican este us han sido efectivamente pagadas por el importe y en las fechas qu con el siguiente detalle: Fecha de abono Relación de Denominación de Contratista certificaciones de de la certificación la actuación obra de obra públicos para el año Y acredito la veracidad y regularidad de los gastos y pagos de la aplicación de | os fondos así como su adecuación al fin establecido. Fecha y firma de la Intervención ANEXO IHI.C MODELO DE MEMORIA PARA JUST. TFICACIÓN DE FONDOS 1.- Datos generales: Entidad: CIF: Año del Programa: Estrategias del Programa: Sostenibil idad Ambiental/Sostenibilidad Social. Denominación y breve descripción de la actuación: | 2.- Fechas previstas de inicio y de finalización: Fecha de inicio Fecha de finalización prevista 3.- Presupuesto Total: Presupuesto total: (Desglosar por años en caso de ser plurianual) 4.- Resumen de gastos y pagos clasificados por naturaleza: (Indicar año del PIDL e importe total a gastar en letras y números) Desglose de gastos a realizar: a) b) C)... 5.- Beneficiarios finales: El destinatario de la acción es | 6.- Resumen de lo ejecutado en pasados ejercicios, en su caso: EZ Incidencias acaecidas durante el ejercicio: (En caso de que las hubiere) | 8.- Indicadores 1. Indicadores impacto ambiental: Indicador de la acción Descripción E 1.1.- Número de infraestructuras creadas o ampliadas y mejoradas para protección medioambiental. 1.2.- Número de infraestructuras creadas o ampliadas y mejoradas de protección y mejora del paisaje. 1.3.- Número de espacios sanos y confortables creados. Ai 1.4.- Superficie y/o potencia producida en implantación de energías renovables. 1.5.- Número de inmuebles municipales objeto de rehabilitación energética. t 1.6.- Número espacios públicos o de disfrute común creados o mejorados. 2. Indicadores impacto social: II A Descripción Indicador de la acción E 1 2.1.- Número de infraestructuras creadas o reutilizadas para la mejora de la calidad de vida de los habitantes del medio rural. == 2.2.- Número de infraestructuras y espacios creados o reutilizados para el Jomento de las actividades ciudadanas, sociales, deportivas y culturales. E —— 2.3.- Número de infraestructuras y espacios creados o reutilizados para el Jomento de la emprendeduría, prestando atención especial a las empresas de economía social. 2.4.- Número de infraestructuras destinadas a mejorar la calidad de los servicios públicos prestados por los Ayuntamientos, promoviendo el ahorro de costes y la obtención de sinergias. ANEXO IV NOMBRAMIENTO DE INTERLOCUT OR/A Don/Doña............ , con DNI núm. representación del Avertatiténto de... eos... CON CIF núm. en nombre y «==» en calidad de Álcaldes/sa ha acordado el nombramiento de interlocutor/a para el desarroll o de las funciones previstas en el Convenio suscrito entre el Ayuntamiento de ....... «===> Y el Excmo. Cabildo Insular de La Palma en la ejecución del Programa Insular para el Desar. rollo Local (PIDL). Los datos de contacto del interlocutor/a son: == Denominación del Servicio o unidad a la que pertenece... ... ... Nombre y apellidos de la/s persona fisica/s de contacto (puede consignarse uno 0 varios en calidad de suplentes). ......... Teléfono directo: ...... Correo electrónico: ....... Fecha y firma de Alcaldía añar a la adhesión al Convenio 0 utilizarse en caso de (Este documento puede acomp sustitución del interlocutor, en cuyo caso se remitirá a la atención de la Coordinadora del Ima). Programa Insular de Desarrollo Local (PIDL) del Excmo. Cabildo Insular de La Pa ANEXO V CARTELERÍA MEDIDAS MÍNIMAS DEL CARTEL: e. ALTURA 198 cm o ANCHO 225 cm LA Denominación de la obraw/actuación PIDL PROGRAMA INSULAR PARA EL DESARROLLO LOCAL Presupuesto CAB DELA ON Empresa adjudicataria ento complete la financiación del PIDL, junto al escudo del Cabildo (1) En caso de que el Ayuntami do, en caso contrario no será adecuado. Insular deberán colocar su escu ANEXO VI SOLICITUD ABONO ANTICIPADO De conformidad con Convenio de Colaboración entre el Cabildo Insular de La Palma y el Ayuntamiento de para la ejecución del Programa para el Desarrollo Local de la Palma (PIDL) y teniend: (0) en cuenta que este Ayuntamiento será el encargado de ejecutar la actuación se solicita el abon detalla: o anticipado del siguiente importe según se MUNICIPIO ACTUACIÓN AÑO IMPORTE ACORDADO Así mismo el Ayuntamiento se compromete, en cuanto se realice la actuación, a Justificar dichos importes ante el Cabildo Insular de La Palma y en la forma prevista en dicho convenio de colaboración, así como a reintegrar las can tidades no invertidas con los correspondientes intere Ses de demora. Fecha y firma de Alcaldía ANEXO VI NOMBRAMIENTO DE MIEMBROS QUE INTEGRAN LA COMISIÓN DE SEGUIMIENTO DEL PIDL En relación con el Convenio suscrito con fecha entre el Ayuntamiento de y el Cabildo Insular de La Palma para la gestión de | 0) S recursos asignados en el Programa Insular para e 1 Desarrollo Local -PIDL- de La Palma, en pa rticular su Cláusula Cuarta que establece como obligación de los Ayuntamientos la de “nombra. r a las personas que van a es Jormar parte de la Comisión de Seguimiento, titulares y suplent se comunica que esta Corporación ha designado como miembros de la Comisión de Segu imiento PIDL, en calidad de titulares y suplentes, a las siguientes personas: AYUNTAMIENTO DE NT SUPLENTES TITULARES JA A: Nombre Nombre Correo electrónico Correo electrónico Teléfono de contacto Teléfono de contacto L— LL Nombre Nombre Correo electrónico Correo electrónico Teléfono de contacto Teléfono de contacto —+ Nombre Nombre Correo electrónico Correo electrónico Teléfono de contacto Teléfono de contacto —Ál Lo que se comunica a los efectos oportunos. de de En ya Fecha y firma de Alcaldía ANEXO VHI IDENTIDAD GRÁFICA Para dar cumplimiento a lo estableci do en la normativa sobre transparencia, 4 lo láusula Cuarta apartado C) del presente Convenio y en consonan cia con la establecido en la C obligación de difusión de los fondos recibidos, al obj eto de dar la adecuada publicidad al carácter público de la financiación de la ejecución de los proyectos, los Ayuntamientos a los que se le s haya delegado la tramitación de los expedientes administrativos para la contratación y e 'ecución de las actuaciones deberán adoptar las medidas de difusión adecuadas al objeto Financiado, pudiendo consistir en la inclusión de la imagen institucional de la entidad concedente, así como leyendas relativas a la financiación pública en carteles, placas conmemorativas, materiales impresos, medios electrónicos o audiovisuales, o bien en menciones realizadas en me dios de comunicación. En todo caso, deberán utilizar en todos los documentos integrantes del expediente administrativo que forme parte del Programa Insular para el De sarrollo Local los siguientes pictogramas oficiales: ci plna PROGRAMA INSULAR PARA EL DESARROLLO LOCAL —0éLr ELA PA z y PIDL INSULAR PARA PROGRAMA El DESARROLLO LOCAL y DELA PALMA 2.- Anexo 1. PROGRAMA INSULAR PARA EL DESARROLLO LOCAL (PIDL) 2024-2028 ANEXO PROGRAMA CUATRIENAL DEL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO “PROGRAMA INSULAR PARA EL DESARROLLO LOCAL DE LA PALMA (PIDL) 2024- 2028 PROGRAMA CUATRIENAL PIDL DEL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO DENOMINACIÓ ENTIDAD ENCUADR INDICADOR/ | DISPONE IMPOR IMPOR IMPOR IMPOR TE TE TE TE NDELA QUE ADA EN ES DE ANUAL ANUAL ACTUACION LLEVA A PROYEC ANUAL ANUAL TO IDAD IDAD IDAD IDAD CABO LA ACTUALI 2024 2025 2026 2027 ACTUACI ON ZADO Y FECHA DEL MISMO 2.1 NO, SE 156.905, PARQUE AYUNTA SOSTENIBI 58€ INFANTIL MIENTO LIDAD CREACIÓN APORTA DE SOCIAL PLIEGO CASCO DE 1 TECNICO URBANO DE BARLOVE INFRAESTR BARLOVENTO NTO UCTURA 09/08/202 3 AR 1.1 Y 1.2 SI 93.231,2 PEATONALIZA AYUNTA SOSTENIBI 8€ CIÓN DE LA MIENTO LIDAD CREACIÓN 27/06/202 CALLE LA DE AMBIENT DE 1 3 BARLOVI AL CONSTITUCIO INFRAESTR N NTO UCTURA Ed AYUNTA SOSTENIBI 1.1 Y 1.2 SI 180.497, INSTALACIÓN LIDAD 01€ DEPOSITO DE MIENTO CREACIÓN 30/03/202 RIEGO DE AMBIENT DE 1 4 ADJUNTO El BARLOVE AL INFRAESTR NTO EXISTENTE EN UCTURA LA ZONA DEL PARQUE RECREATIVO DE LA LAGUNA DE BARLOVENTO EN 1.1 Y 1,2 SI OBRA DE AYUNTA SOSTENIBI SEMIPEATONA MIENTO LIDAD CREACIÓN 27/06/202 DE AMBIENT 3 LIZACIÓN DE AL DE 1 LA BARLOVE INFRAESTR PROLONGACIO NTO UCTURA NDE LA CALL! EL DRAGO CON LA TRANSVERSAL E LA CALLE CONSTITUCIO N L 84.271,4 109.000€ SOSTENIBI 1,1, 1.2, 1.3 SI 4.271,41 87.825,5 PROYECTO DI AYUNTA 1.6, 2,2 € 6€ 1€ AMPLIACIÓN Y MIENTO LIDAD 31/01/202 MEJORASZ EN DE AMBIENT 4 BARLOVE Al PARQU RECREATIVO NTO Y DE LA LAGUNA DE SOSTENIBI LIDAD BARLOVENTO SOCIAL 145,345 AYUNTA SOSTENIVI 2.1 Y 2.2 EN FASE OBRAS DH LIDAD DE 21€ MEJORA Y MIENTO CREACIÓN REDACCI REPARACIÓN DE SOCIAL Y DE 1 ÓN EN LOCAL BARLOVE INFRAESTR NTO SOCIAL Y UCTURA ENTRADA EN EL BARRIO DI GALLEGOS FASE 1 n— PARQUE AYUNTA SOTENIBIL ACUATICOLA MIENTO 2.2 EN FASE 60.000€ IDAD CREACIÓN DE FAJANA DE SOCIAL REDACCI BARLOVE DE 1 ÓN NTO INFRAESTR UCTURA EQUIPAMIENT AYUNTA SOTENIBIL 2.1 Y2.2 EN FASE O PASEO DE LA MIENTO IDAD 40.000€ FAJANA DE CREACIÓN DE SOCIAL DE 1 REDACCI BARLOVE ÓN NTO INFRAESTR UCTURA ll EQUIPAMIENT AYUNTA SOTENIBIL O PLAZA DE 21 Y 22 EN FASE 40,000€ MIENTO IDAD DE NUESTRA DE SOCIAL CREACIÓN REDACCI SEÑORA DEL BARLOVE DE 1 ROSARIO NTO INFRAESTR ON UCTURA E EQUIPAMIENT AYUNTA SOTENIBIL 2.1 Y2.2 EN FASE O LOCAL MIENTO IDAD 50.000€ SOCIAL LAS DE CREACIÓN DE CABEZADAS SOCIAL DE 1 REDACCI BARLOVE ÓN NTO INFRAESTR UCTURA NN FASE 2 OBRA AYUNTA SOTENIBIL LOCAL SOCIAL 2:1 Y:2.2 EN FASE MIENTO IDAD DE 78.536,9 DE GALLEGOS DE SOCIAL CREACIÓN € ESQUINA BARLOVE DE 1 REDACCI ENTRDA OBRA NTO INFRAESTR ON DE LA IGLESIA UCTURA SEÑALIZACIÓN AYUNTA UN BARRIO DE SOTENIBIL 2.1, 2.2, 2.4 EN FASE 40.000€ MIENTO IDAD DE LAS DE SOCIAL CREACIÓN CABEZADAS,E BARLOVE DE 1 REDACCI NTRDA NTO INFRAESTR ON MUNICIPIO UCTURA POR EL BARRANCO DE LA HERRAURA, LAGUNA Y FAJANA ENLACE PARA AYUNTA SOTENIBIL 2.1 Y2.4 VEHÍCULOS AL MIENTO IDAD EN FASE 97.825.5 COLEGIO DE DE SOCIAL CREACIÓN DE 6€ LA CUESTA BARLOVE DE 1 REDACCI ÓN NTO INFRAESTR UCTURA Ll SPA AYUNTA SOTENIBIL TERAPEUTICO MIENTO 2.1 Y 2.2 EN FASE POLIDEPORTIV IDAD CREACIÓN DE 200.000€ DE SOCIAL O MUNICIPAL BARLOVE DE 1 REDACCI NTO INFRAESTR ON UCTURA AMPLIACIÓN Y | AYUNTA SOTENIBIL 2.1 Y 2,2 EN FASE MEJORAS MIENTO IDAD 60.000€ GIMNASIO DE SOCIAL CREACIÓN DE MUNICIPAL BARLOVE DE 1 REDACCI ON NTO INFRAESTR UCTURA UN CREACIÓN DE AYUNTA SOTENIBIL AULAS MIENTO IDAD 2:1,2,.2,2:3 Y EN FASE 61.633,8 MULTIFUNCIO DE 2.4 DE SOCIAL REDACCI 7€ CREACIÓN —, NALES BARLOVE DE 1 ON NTO INFRAESTR UCTURA 430.633, 430.633, 430.633, TOTAL 430.633, 87 87 87 87 1 Nombre del Ayuntamiento. (2) Nombre completo del proyecto (3) Ayuntamiento o Cabildo (4) Sostenibilidad Ambiental o Sostenibilidad Social (5) Indicar los indicadores conforme se señala (6) Si o no, indicar la fecha del proyecto. Se entra en la delibe ración del asunto, por parte de la Concejal la Sra. Francisco Lucena se pregunta en primer lugar si durante la ejecución del c onvenio cabe la modificación de los proyectos o son tan necesarios y incluidos en el programa cuatrienal ya que considera que hay algunos que n: que podrían ser susti tuidos por otros. La Sra. Concejal Medina Díaz le responde que se pueden ir haciendo adaptaciones que se consideren nec esarias si se comprueba que alguno de los proyectos no va a salir adelante. entes Entrand o en el detalle del Programa, la Sra. Francisco Lucena plantea las sigui preguntas: - ¿por qué está dividido en dos el proyecto de s emipeatonalización de la prolongación de la Calle El Drago con la Transversal de la Calle Constitución y el proyecto de peatonalización de la Calle Constitución? Responde la Sra. Medina Díaz que se trata de dos proyectos diferentes que ya tie ne una subvención del Gobierno de Canarias para a semipeatonalización hay un sufragar una parte de los costes y que en el caso de 1 proble ma con la adquisición de los terrenos necesarios para acometer la obra. Con respecto al proyecto de In; stalación de un Depósito de Riego adjunto al existente en el Parque de La Laguna, plantea la conveniencia d e acometer dicho proyecto dada la ósito de Los problemática de escasez de agua que existe actualmente y pregunta si el Dep Loros es competencia municipal porque vecinos le han manifestado que pierde agua. La Sra. Medina Díaz responde que el Depósit o de Los Loros es competencia exclusiva del Consejo Insular de Agua y que no pierde agua. a Laguna Respect o del Proyecto de Ampliación y Mejora del Parque Recreativo de L plantea si se refiere a adq uirir nuevos terrenos y hacer una ampliación de la superficie O total o aprovechar la parte de las caravanas y del espacio de multiaventuras. Le responde la Sra. Medina Díaz que no se trata de ampliar ya que ya es lo suficientemente grande se trata de mejorar y actualización de las instalaciones del Parque, baños. cabañas.... Respecto del Proyecto de Parque Acuático de La Fajana, plantea la Sra. Francisco Lucena plantea que puede dar lugar a un impacto visual por el entorno donde se propone ubicar. Le responde la Sra. Medina Díaz que se trata de un parque infantil. Respecto del proyecto de Equipamient de la Plaza del Rosario, ruega que se tenga en Cuenta la habilitación de baños en las inmediaciones. Le responde la Sra. Medina Díaz que se puede contemplar pero que el problema que ve es definir qué personal se yv aa encargar de la limpieza y mantenimiento de esos baños. Respecto del Equipamiento del Local Social de Las Cabezadas, ruega que se contemple la mejora de la cafetería con ampliación de la cocina y almacén. La Sra. Medina Díaz le responde que el proyecto ya está realizado pero que se ha retrasado la ejecución. Respecto del Proyecto de Spa Terapéutico, plantea la inconveniencia de ejecutar dicho proyecto dada la problemática con el agua actualmente que impida garantizar el suministro y de qué forma generar ingresos para mantener los elevados costes que tendría. Respecto del proyecto de creación de aulas multifucionales, plantea que existe espacio suficiente en el polideportivo municipal sin utilizar que se debería aprovechar para ubicar estas aulas en lugar de crear nuevas infraestructuras. La Sra. Medina Díaz plantea que están previstas dentro del Polideportivo. Por otro lado la Sra. Francisco Lucena plantea modificar el Programa Cuatrienal para incluir las siguientes obras: - Asfaltado y adecuamiento de la zona de las Paredes Altas. Le responde la Sra. Medina Díaz que no tiene cabida dentro del PIDL pero se buscará financiación por otra vía como el PIOS o con aportación municipal para ir sacando un asfaltado al año, aunque existe la problemática de que solo existe una central en la Isla y es complicado. Reforma de la Casa de la Cultura. Le responde la Sra. Medina Díaz que existe el proyecto y que se está estudiando qué vía de financiación buscar. Deliberado el asunto, la Comisión Informativa de Infraestructuras. Vivienda y Urbanismo. por dos votos a favor (grupo municipal popular), ningún voto en contra y una abstención (vocal del grupo mixto), del total de tres que de Derecho se compone, acuerda proponer al Pleno de la Corporación, la adopción del siguiente: ACUERDO: 19,- Aprobar el texto del Convenio entre el Ayuntamiento de Barlovento y el Cabildo Insular de La Palma para la gestión de los recursos asignados en el "Programa Insular para el Desarrollo Local (PIDL) y el modelo de Anexos" 2%.- Aprobar el Anexo I que contiene el Programa Cuatrienal del Ayuntamiento de Barlovento “Programa Insular para el Desarrollo Local de La Palma (PIDL) 2024-2028" 3".- Facultar al Sr. Alcalde, D. Jacob Qadri Hijazo, para la formalización y ejecución de dicho Convenio. Y no habiendo otros asuntos de que tratar se dio por terminada la sesión, siendo las diecisiete horas y cincuenta y nueve minutos. le pe SA ; La Secretaria La Presidenta NS NS EN ENS ON [S WM INS SA S