AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO SECRETARIA Provincia de Santa Cruz de Tenerife enorme e Teléfono: 18.60.02 Fax: 18.61.36 ayto.barlovento(Qteleline.es Plaza de Rosario, 3 C.P. 38726 ACTA DE LA SESIÓN EXTRAORDINARIA CELEBRADA POR LA COMISIÓN ESPECIAL DE CUENTAS DE FECHA TREINTA DE JULIO DE DOS MIL VEINTICUATRO. ASISTENTES Presidenta: Dña. Yesica Medina Díaz Vocales: Dña. Yoana María Concepción Freitez (en sustitución de Dña. Janet Díaz Rodríguez). Ortega) Dña. Amarany Katiuska Francisco Lucena (en sustitución de D. Xerach Héctor Gutiérrez Secretaria: Dña. Sara Martín Barrera En el Salón de Actos del Ayuntamiento de Barlovento, siendo 1 as doce horas del día treinta ntas; al objeto de dictaminar de julio de dos mil veinticuatro, se reunió la Comisión Especial de Cue sobre el siguiente asunto: A) PARTE RESOLUTIVA PRIMERO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DE L A CUENTA GENERAL DEL PRESUPUESTO ÚNICO DE ESTE AYUNTAMIENTO CORRESPONDIENTE AL AÑO 2023 (EXPT. 247/2024). Vista 1 a Propuesta de Alcaldía de fecha 22 de julio de 2024 que literalmente dice lo siguiente: “PROPUESTA DE ALCALDÍA 024 Visto el expediente 247/2024 relativo a la aprobación de la Cuenta General del ejercicio 2 de este Ayuntamiento. Visto el Dictamen de la Comisión Especial de Cuenta de fecha 4 de Junio de 2024 que es favorable a su aprobación. Visto que la Cuenta General ha estado expuesta al público por plazo de quince días a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia n.? 71 de fecha 12 de junio de 2024 sin que se hayan presentado reclamaciones, reparos u observaciones, según Certificado de Secretaría de fecha 22 de julio de 2024. PROPONGO, A LA COMISIÓN ESPECIAL DE C UENTAS Y AL PLENO: 1.- Aprobar definitivamente la Cuenta General del Presupuesto único de 2023, siendo la misma del siguiente tenor: - Derechos reconocidos.......... 6.859.072,13 € - Obligaciones Reconocidas netas......... serorn ar 20,740,154, 52 € - Resultado presupuestario (Superavit)......... 118.917,61 € - Desviaciones positivas de financiación......... isesióos »2.8351.757,91 € -Desviaciones negativas de Jfinanciación........ soon so9,252,194,52 € -Gastos de financiación con remanente líquido de teso rería 634.950,00 € -Resultado presupuestario ajustado......... aan 24.304,22 € 2.- Remitir la Cuenta General aprobada o rechazada junto con toda la documentación que la integra a la fiscalización del Tribunal de C uentas y organismo que proceda, tal y como se establece en el artículo 212 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, y, en cumplimiento de los mandatos de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera, y demás normativa concordante, al Ministerio de Hacienda, En Barlovento a 22 de julio de 2024, El Alcalde. Fdo. Jacob Oadri Hijazo. ” Se entra en la deliberación del asunto, sin que ninguno de los concejales tenga nada que manifestar. La Comisión Especial de Cuentas, por dos votos a favor (grupo municipal popular), ningún voto en contra y una abstención (grupo mixto municipal), de sus miembros asistentes, tres del tot al de tres que de Derecho se compone; ratificándose en su acuerdo de fecha día 4 de junio de 2024 ACUERDA, dictaminar a favor de la Propuesta de la Alcaldía. SEGUNDO.- APROBACIÓN, SI PROCEDE, DEL INCREMENTO DE LA MASA SALARIAL DEL PERSONAL LABORAL, EVENTUAL Y FUNCIONARIO DEL AYUNTAMIENTO PARA EL EJERCICIO 2023 EN UN 0,5 % CON RESPECTO A LAS RETRIBUCIONES A 31 DE DICIMEBRE DE 2022 Y PARA EL EJERCICIO 2024 EN UN 2 % CON RESPECTO A LAS RETRIBUCIONES A 31 DE DICIEMRBE DE 2023 (EXPT. 378/2024). Vista la Propuesta de Alcaldía de fecha 25 de julio de 2024 dictada en el expediente por la subida del PIB nominal 378/2024 relativo a la aprobación del incremento adicional del 0,5% del año 2023 y del 2 % para 2024 de la masa salarial del personal del Ayuntamiento de Barlovento. “PROPUESTA DE ALCALDÍA Vista le ¿ Resolución de 14 de noviembre de 2022, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se publica el "Acuerdo Marco para una Administración del siglo XXI" establece en su artículo primero lo siguiente: Para el año 2023 el incremento s alarial fijo será del 2,5%, sobre la base de las retribuciones ya incrementadas en el ejercicio anterior. Adicionalmente en e l año 2023, si la suma de la variación del IPCA del año 2022 y del IPCA adelantado del mes de septiembre de 2023 superara el incremento retributivo fijo acumulado de eriores, se aplicará un incremento retributivo adicional 2022 y 2023 establecido en los párrafos ant máximo del 0,5%. Este posible incremento a dicional del año 2023, de carácter consolidable, tendrá efectos de 1 de enero de 2023 y se abonará en el mes de octubre de 2023. Además, en 202 3, si el incremento del PIB nominal fuera igual o superior al que aparece estimado en el cuadro macroeconómico que acompa ña a los Presupuestos Generales del Estado, Este posible incremento complementario del se aplicará una subida complementaria de un 0,5%. año 2023, de carácter consolidable, tendría efectos de 1 de enero de 2023. Para el año 2024, el incremento salarial fijo será del 2%, sobre la base de las retribuciones ya incrementadas en el ejercicio anterior. Adicionalmente a la subida fija del año 2024, si la suma de la variación del IPCA de los años 2022, mento retributivo fijo acumulado de 2022, 2023 y 2024 establecido en 2023 y 2024 superara el incre los párrafos anteriores, se aplicará un increme nto retributivo adicional y consolidable del 0,5%. Este incre mento adicional tendría efectos de 1 de enero de 2024. Visto que el 6 de febrero de 2024 el Consejo de Ministros aprobó el segundo incremento retributivo del 0,5 % (vinculado al PIB nominal) para el conjunto de empleadas y empleados de las Administraciones Públicas para el año 2023 (con efectos al 1 de enero de ese año). Visto que mediante Real Decreto-ley 4/2024, de 26 de Junio, por el que se prorrogan determinadas medidas para afrontar las consecuencias económicas y sociales derivadas de los conflictos en Ucrania y Oriente Próximo y se adoptan medidas urgentes en materia fiscal, energética y social, se aprobó el incremento retributivo máximo del 2% del personal al servicio del sector público para el año 2024. SE PROPONE A LA COMISIÓN DE CUENTAS Y AL PLENO DE LA CORPORACIÓN: PRIMERO.- Aprobar el incremento de la masa salarial del personal laboral, eventual y funcionario del Ayuntamiento para el ejercicio 2023 en un 0,5% con re specto a las retribuciones a 31 de diciembre de 2022. SEGUNDO.- Abonar los atrasos correspondientes al anterior incremento con efectos desde el 1 de enero de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2023- TERCERO.- Aprobar el incremento de la masa salarial del personal laboral, eventual y funcionario del Ayuntamiento para el ejercicio 2024 en un 2 % con respecto a las retribuciones a 3] de diciembre de 2023 (computados todos los incrementos correspondientes a ese ejercicio). CUARTO.- Abonar los atrasos correspondientes al anterior incremento con efectos desde el 1 de enero de 2024 hasta el mes de Junio (incluido). QUINTO.- Publicar el presente acuerdo en la sede electrón ica de la Corporación y en el Boletín Oficial de la Provincia. En Barlovento, a 25 de julio de 2024, El Alcalde. D. Jacob Qadri Hijazo. ” Visto el Informe favorable de Intervención de fecha 25/07/2024 Se entra en la deliberación del asunto, sin que ninguno de los concejales tenga nada que manifestar. La Comisión Especial de Cuentas, por tres votos a favor (grupo municipal popular y mixto). ningún voto en contra y ninguna abstención, de sus miembros asistentes, tres del total de tres que de Derecho se compone; ACUERDA, dictaminar a favor de la Propuesta de la Alcaldía. TERCERO.- APROBACIÓN INICIAL, SI PROCEDE, DE LA MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS N' 6/2024 DEL PRESUPUESTO ÚNICO DEL AÑO 2024, EN LA MODALIDAD DE SUPLEMENTO DE CRÉDITO (EXPT.369/2024). Visto el Expediente 369/2024 de Modificación de créditos n* 6/2024 en la modalidad de on cargo al Suplemento de Créditos financiado mediante anulaciones o bajas de créditos y C remanente líquido de Tesorería que consta de los siguientes documentos: Documento l Fecha 25/07/2024 Providencia de Alcaldía 1 25/07/2024 Memoria de Alcaldía Informe de Secretaría [25/07/2024 25/07/2024 Informe de Intervención Informe sobre cálculo de estabilidad | 25/07/2024 presupuestaria 25/07/2024 Informe propuesta Vista la Memoria de Alcaldía en la que se explica en qué consiste la modificación plan teada: “MEMORIA DE ALCALDÍA 1”. MODALIDAD Ante la existencia de gastos para los que el crédito consignado en el vigente Presupuesto de la la modificación de créditos de Corporación resulta insufi ciente o no ampliable, se hace precisa dicho Presupuesto de la Corporación bajo la modalidad de suplemento de crédito con cargo a la incorporación de remanente anulacion es o bajas de créditos de otras aplicaciones y con cargo a líquido de tesorería. ben incrementarse en el Presupuesto munic ipal para hacer frente a los Las aplicaciones que de referidos gastos son las siguientes: Suplementos en Aplicaciones de Gastos - | Créditos Modificación | Créditos Descripción 1 iniciales € | de crédito € Programa | Económica finales €_| —— V Redes de abastecimiento A 3.000,00 16100 21000 30.000,00 33.000,00 — — agua potable Abastecimiento agua 49.000,00 5.100,00 16100 22101 54.100,00 E — potable. Suministro Alumbrado Público. 40.000,00 16500 61906 Otras inversiones 1.300,00 | 41.300,00 0 Otras infraestructuras 3.000,00 17100 21006 municipales. Parques y 40.000,00 43.000,00 jardines 32600 | 22609 | Actividades de juventud 7000.00 | 2.000,00 | 6.000,00 | | 33000 | 22609 Actividades culturales |_ 49.500, 00 | 27.300,00 77.000,00 33800 22609 Fiestas organizadas por el Ayuntamiento 149.500,00 18.000,00 167.500,00 34100 | 22609 Actividades deportivas P 15.000,00 R Otras actuaciones en 3.000,00 18.000,00 41900 22199 agricultura, ganadería y 131.000,00 13.500,00 __ | pesca. Otros suministros Otras actuaciones en 144.500,00 41900 21001 60.000,00 7.500,00 | agricultura...Red de riego Actividades Mercadillo 2200. 00 4313 22610 Local 32.000,00 1.800,00 — 33.800,00 Otras infraestructuras, 45900 otros edificios y 21296 construcciones 83.683,45 1.600,00 LL municipales mu 97.283,45 93200 22708 Servicio de Recaudación | 33.000,00 1 9.300,00 + 62.300,00 | TOTAL | 738.683,45 | 96.600,00 772.983,45 2 ” FINANCIACIÓN Esta modificación se financia con cargo a anulaciones o bajas de créditos de otras aplicacione Ss ASÍ como mediante la incorporación de remanente líquido de tesorería, en los siguientes términos: Bajas o Anulaciones en Concepto de Gastos A, Económic Créditos Bajas o Programa Descripción Créditos iniciales | Anulaciones Al € finales € => _—É Retribucione s básicas (vacante 931 1300 | Economista) | 64.450,16 20.000,00 44.450,16 64.450,16 a E 20.000,00 A RIO) 44.450,16 Suplementos en Concepto de Ingresos Aplicación Descripción Euros económica Subconcepto 870 10 UT Remanente de Tesorería. Gastos 76.600,00 con financiación afectada TOTAL INGRESOS 76.600,00 3. ” JUSTIFICACIÓN De conformidad con el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, por el que se desarrolla el Capítulo 1, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, la presente modificación de créditos en la modalidad de suplementos de crédito dito extraordinario pretende asignar créditos para la realización de gastos específicos y y cré determinados que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente y que actualmente cuentan con créditos insuficientes y no ampliables. En concreto esos gastos específicos y determinados son los siguientes: 1.- Facturas generadas en el año 2023 pendientes de pago. Ante la existencia de facturas generadas en el año 2023 pendientes de pago, se hace preciso en primer lugar habilitar crédito en el presupuesto corriente previo al estudio de la posibilidad de de reconocimiento extrajudicial de créditos (cuyo desglose de facturas se iniciar un expediente detallará en el expediente correspondiente): 16100-21000. Mantenimiento de Redes de de agua potable. 3.000,00 € 16100-22101. Suministro de agua potable. 5.100,00 € 16500- 61906. Alumbrado público. 1.300,00 € 17100-21006. Parques y Jardines: 3.000,00 e 32600 22609. Actividades Juventud. 2.000,00 € 33000 22609. Actividades culturales: 17.500,00 €. 33800-22609. Fiestas organizadas por el Ayuntamiento. 8.000,00 € 34100-22609. Actividades deportivas. 3.000,00 € 11900-21001. Mantenimiento de red de riego de medianías. 7.500,00 € 41900-22199. Suministro de agua de riego para fincas. 13.500,00 € 1313-22610. Actividades Mercadillo Municipal. 1.800, 00€ 15900-21296. Mantenimiento y conservación infraes. municipales. 1.600,00 € 93200-22708. Servicio de recaudación. 9.300,00 €. Total: 76.600,00 € rería para Dicho imp orte se financiará con cargo a incorporación de remanente de Teso Gastos Generales procedente de la Liquidación del Presup uesto del año 2023. 2.- Organización de actos culturales y festivos para agosto del año 2024 en el municipio. En total 20.000,00 € para la organización de festejos y actos culturales durante el mes de julio y agosto de 2024. - 33800 - 22609. Fiestas populares y festejos. 10.000,00 € - 33000 - 22609. Actividades culturales: 10.000,00 € Dicho importe se financiará con cargo a la baja en créditos de personal relativos a plazas vacantes que no se van a cubrir durante el año 2024. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE ” Visto el Informe Propuesta que se reproduce a continuación: “"INFORME-PROPUESTA DE SECRETARIA En relación con el expediente relativo a la aprobación de la modificación de créditos n.” 6/2024, en la modalidad de suplemento de crédito y cré dito extraordinario financiado con cargo al remanente líquido de Tesorería, emito el siguiente informe-propuesta de resolución. de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales aprobado por el Real De crelo 2568/1986, de 28 de noviembre, con base a los siguientes, ANTECEDENTES DE HECHO PRIMERO. Ante la existencia de gastos que no pueden demorarse hasta el ejercicio siguiente para los que el crédito consignado en el vigente Presupuesto de la Corporación e: Ss insuficiente y no ampliable, y dado que se dispone de remanente líq estados financieros y contables resultante: uido de Tesorería según los s de la liquidación del ejercicio anterior por la Alcaldía se propuso la concesión de un suplemento de crédito al remanente líquido de Tesorería. y crédito extraordinario financiado con Cargo SEGUNDO. Con fecha 25/07/2024, se emitió Memoria de 1 Alcalde en la que se Justificación. especificaban la modalidad de modificación del crédito, la financiac. ión de la operación y su TERCERO. Con fecha 25/07/2024, se emitió informe de Secretaría sobre aplicable y el procedimiento a seguir. la Legislación CUARTO. Con fecha 25/07/2024, se emitió info rme de Intervención por el que se informó Javorablemente la propuesta de Alcaldía. LEGISLACIÓN APLICABLE La Legislación aplicable al asunto es la siguiente: — Los artículos 169, 170, 172 y 177 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 53 de marzo. — Los artículos 34 a 38 del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo 1, del Título VI, de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos. — El artículo 3 de la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. — El artículo 16.2 del Reglamento de Desarrollo de la Ley 1 8/2001, de 12 de diciembre, de Estabilidad Presupuestaria, en su Aplicación a las Entidades Locales, aprobado por Real Decreto 1463/2007, de 2 de noviembre. — El Reglamento (UE) N* 549/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de mayo de 2013, relativo al Sistema Europeo de Cuentas Nacionales y Regionales de la Unión Europea (SEC-10). — El artículo 22.2.e) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Regu id. l. ladora de las Bases del Régimen Local. — La Orden EHA/3565/2008, de 3 de diciembre, por la que se aprueba la estructura de presupuestos de las entidades locales. . — La Orden HAP/2105/2012, de 1 de octubre, por la que se desarrollan las obli gaciones de suministro de información previstas en la Ley Orgánica 2/2012, de 27 de abril, de Estabilidad Presupuestaria y Sostenibilidad Financiera. de 9 de diciembre, de transparencia, acceso a la — El artículo 28.j) de la Ley 19/2013, información pública y buen gobierno. — El artículo 4.1.b).2* del Re al Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el de carácter régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación nacional. La Base 9” y 10” de las Bases de ejecución del Presupuesto. Visto cuanto antecede, se considera que el exp ediente ha seguido la tramitación establecida l Pleno, de conformidad con lo en la Legislación aplicable, procediendo su aprobación inicial por e dispuesto en el artículo 1 77.2 del Te xto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, 5 de marzo, y en el artículo 22.2.) de la Ley 7/1985, de 2 de aprobado por Real Decreto 2/2004, de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local. Por ello, de conformidad con lo establecido en el artículo 175 del Reglamento de les, aprobado por Real Organiz ación, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Loca Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, el que suscribe eleva la siguiente propuesta de resolución: INFORME-PROPUESTA DE RESOL UCIÓN PRIMERO. Aprobar inicialmente el expediente de Modificación de créditos n.* 6/2024 del financiado mediante anulación O Presupuesto en vig or, en la modalidad de suplemento de crédito, manente Líquido de bajas de créditos de otras aplicaciones y mediante 1 a incorporación de Re Tesorería para Gastos Generales, como sigue a continuación: Suplementos en Aplicaciones de Gastos Créditos Programa | Económica Descripción Modificación Créditos pe | iniciales € 38 de crédito € finales € Redes de 16100 21000 abastecimiento agua | 30.000,00 3.000,00 H— potable 33.000,00 Abastecimiento agua — 16100 22101 49.000,00 5.100,00 — potable. Suministro 54.100,00 | 16500 61906 | Alumbrado Público. Otras inversiones 40.000,00 1.300,00 41.300,00 | Otras 17100 21006 infraestructuras 40.000,00 3.000,00 municipales. Parques ml y jardines e 43.000,00 32600 22609 Actividades de juventud Actividades — 4.000,00 il 2.000,00 =— 6.000,00 33000 22609 27.500,00 culturales | 49.500,00 77.000,00 Fiestas organizadas —-— _—| 33800 22609 149.500,00 18.000,00 por el Ayuntamiento == | 167.500,00 34100 22609 Actividades === 3.000,00 deportivas | 15.000,00 NN 18.000,00 Otras actuaciones en 41900 22199 agricultura, ganadería y pesca. 131.000,00 13.500,00 Otros suministros Otras actuaciones en 144. 500,00 41900 21001 agricultura...Red de 60.000,00 7.500,00 riego 67.500,00 4313 22610 Actividades == Mercadillo Local 32.000,00 1.800,00 Otras 33.500,00 45900 infraestrucuturas, 21296 otros edificios y 85.683,45 1.600,00 construcciones a r municipales | Servicio de | 87.283,45 93200 22708 Recaudación 33.000,00 9.300,00 T OTAL 62.300,00 -———————— 2200349 | 20.000,00 | 772.983,45 | 738.683,45 96.600,00 772.983,45 Esta modificación se financia, en los siguientes términos: Bajas o Anulaciones en Concepto de Gastos r Económic Créditos Bajas o Créditos Programa Descripción iniciales Anulaciones € finales € ] IE | Retribucione s básicas (vacante 931 1300 | Economista) 64.450,16 20.000,00 44.450,16 64.450,16 20.000,00 44.450,16 | Suplementos en Concepto de Ingresos Descripción Euros Aplicación económica | Subconcepto | 870,00 Remanente de Tesorería 76.600,00 Además, queda acreditado el cumplimiento de los requisitos que establece el artículo 37.2, apartados a) y b), del Real Decreto 500/1990, de 20 de abril, por el que se desarrolla el Capítulo 1 del Título VI de la Ley 39/1988, de 28 de diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, en materia de presupuestos, que son los siguientes: a) El carácter específico y determinado del gasto a realizar y la imposibilidad de demorarlo a ejercicios posteriores. b) La insuficiencia en el estado de gastos del Presupuesto de crédito destinado a esa finalidad especifica, que deberá verificarse en el nivel en que esté establecida la vinculación jurídica. SEGUNDO. Exponer este expediente al público mediante anuncio insertado en el Boletín Oficial de la Provincia, por el plazo de quince días, durante los cuales los interesados podrán examinarlo y presentar reclamaciones ante el Pleno. El expediente se considerará definitivamente aprobado si durante el citado plazo no se hubiesen presentado reclamaciones; en caso contrario, el Pleno dispondrá de un plazo de un mes para resolverlas. Si el Dictamen que la Comisión eleve al Pleno coincide con la anterior propuesta, el que suscribe informa, en cumplimiento del artículo 54 del Texto Refundido de las Disposiciones Legales Vigentes en Materia de Régimen Local, aprobado por Real Decreto Legislativo 781/1986, de 18 de abril, que dicho Dictamen se adecuará a la Legislación aplicable. No obstante, la Corporación acordará lo que estime pertinente. DOCUMENTO FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE” Se entra en la deliberación del asunto, sin que ninguno de los concejales tenga nada que manifestar. La Comisión Especial de Cuentas, por dos votos a favor (grupo municipal popular), ningún voto en contra y una abstención (grupo mixto municipal), de sus miembros asistentes. tres del total de tres que de Derecho se compone; ACUERDA, dictaminar a favor de la Propuesta sometida a votación en los términos expuestos. B) ACTIVIDAD DE CONTROL CUARTO.- MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS N” 4/2024 DEL PRESUPUESTO ÚNICO DEL AÑO 2024 EN LAMODALIDAD DE TRANSFERENCIA DE CRÉDITO ENTRE APLICACIONES DE GASTO DEL MISMO ÁREA DE GASTO (EXPTE. 348/2024) Se da cuenta del expediente de Modificación de Crédito n* 4/2024 en la modalidad de Transferencia de Crédito entre aplicaciones de gasto del mismo área de gasto tramitado en el expediente 348/2024 cuyo contenido es conocido por los grupos municipales y cuya resolución es competencia de Alcaldía. QUINTO.- MODIFICACIÓN DE CRÉDITOS N' 5/2024 DEL PRESUPUESTO ÚNICO DEL AÑO 2024 EN LA MODALIDAD DE TRANSFERENCIAS DE CRÉDITO ENTRE APLICACIONES DE GASTOS QUE AFECTAN A ALTAS O BAJAS DE CRÉDITOS DE PERSONAL (EXPTE. 368/2024). Se da cuenta del expediente de Modificación de Crédito n* 5/2024 en la modalidad de Transferencia de Crédito entre aplicaciones de gastos que afecta a altas o bajas de créditos de personal tramitado en el expediente 368/2024 cuyo contenido es conocido por los grupos municipales y cuya resolución es competencia de Alcaldía. Y no habiendo otros asuntos de que tratar se dio por is al ón. siendo las doce horas y treinta minutos. 40 DE OS SI e $3 La P El 1a El del El «$ BATA 12 + Q= y TARÍA PL, AG <ÁSenta cru