Ayuntamiento de Barlovento DOÑA SARA MARTÍN BARRERA, SECRETARIA- INTERVENTORA DEL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO.-------------------------------------------------------------- HASH: 080de9e0e921d6197526dc5ac8811c9d CERTIFICO: Que mediante Decreto de Alcaldía, Resolución 240/2024, de fecha 16 de octubre de 2024 se resolvió lo siguiente: SECRETARIA-INTERVENTORA Sara Martín Barrera (1 de 2) Fecha Firma: 16/10/2024 “RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Decreto.- Don Jacob Qadri Hijazo, Alcalde – Presidente del Ayuntamiento de Barlovento, en el día de la fecha, EXPTE. 495/2024: ADQUISICIÓN MEDIANTE CONTRATO DE COMPRAVENTA DE FRANJA DE TERRENO UBICADO EN EL PAGO DE LA LOMADA RESULTANDO: Providencia de Alcaldía, de fecha 30 septiembre de 2024, por la que se inicia expediente para la adquisición directa, por compraventa, de franja de terreno ubicado en el HASH: 16802b0081a42b50e31d387c95e12770 pago de La Lomada. Jacob Anis Qadri Hijazo (2 de 2) Fecha Firma: 16/10/2024 RESULTANDO: Que ha sido emitido informe por el Arquitecto Técnico Municipal, por el que se identifica y valora el inmueble objeto de adquisición en los siguientes términos: Alcalde TERRENO CLASE SUPERFI Dos Franja de terreno en la fachada de las parcelas 270 (20 m² ) y 271 (28 m² ) del Polígono 9, Identificadas como parcelas 270-b y 271-b según Suelo Rústico. Licencia de Segregación otorgada mediante Decreto Alcaldía n.º 38/2023 de fecha Asentamiento Rural 16/02/2023 rectificada por Decreto de Alcaldía n.º 223/2024 de fecha 30/09/2024 RESULTANDO: Informe del Secretario de la Corporación, de fecha 1 de octubre de 2024, Ayuntamiento de Barlovento Pág.1 de 5 Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 1 de 5 CIE €/m2 IMPORTE 48 m2 74,07 €/m2 3.555,36 € Cód. Validación: AM2TSAAQXMJEXW6FR6NT6ZL9L Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Ayuntamiento de Barlovento en el que se indica el régimen jurídico aplicable. RESULTANDO: Que previa invitación formulada por el Ayuntamiento en fecha 15/10/2024 D. Jaime Fernández Concepción, DNI y doña Carmen Gloria Concepción Pérez con DNI en su calidad de propietarios de las parcelas afectadas aceptaron, en fecha 15/10/2024, según registro de entrada nº 2024-E-RC-2249, la oferta de compra del inmueble descrito por importe total de 3.555,36 euros. Adjuntan escritura de aportación a la sociedad de gananciales otorgada por los cónyuges don Jaime Fernández Concepción y doña Carmen Gloria Concepción Pérez de fecha 14 de julio de 2007, protocolo 1089, otorgada ante don José Antonio Bollo de Miguel, Notario del Ilustre colegio de Canarias RESULTANDO: Informe de fiscalización del Interventor de fecha 1 de octubre de 2024 y documento contable RC de retención de créditos de igual fecha. CONSIDERANDO: Que las Entidades locales tiene capacidad jurídica plena para adquirir y poseer bienes de todas las clases. Adquisición que podrá realizarse a título oneroso, con ejercicio o no de la facultada de expropiación (art. 9 y 10 Reglamento de Bienes de las Entidades Locales). Conforme a lo dispuesto en el artículo 116.4 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, la adquisición podrá realizarse mediante concurso público o mediante el procedimiento de licitación restringida, salvo que se acuerde la adquisición directa por las peculiaridades de la necesidad a satisfacer, las condiciones del mercado inmobiliario, la urgencia de la adquisición resultante de acontecimientos imprevisibles, o la especial idoneidad del bien. CONSIDERANDO: En caso de adquisición de bienes inmuebles, el contrato deberá elevarse a escritura pública, de conformidad con el artículo 113.1 de la Ley 33/2003, de 3 de noviembre, de Patrimonio de las Administraciones Públicas y 1280 del Código Civil, el contrato deberá formalizarse en Escritura Pública; y posteriormente inscribirse en el Registro de la Propiedad. Asimismo, deberá hacerse constar en el Inventario de Bienes de la Ayuntamiento de Barlovento Pág.2 de 5 Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 2 de 5 Cód. Validación: AM2TSAAQXMJEXW6FR6NT6ZL9L Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Ayuntamiento de Barlovento Entidad. CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto en el artículo 185 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, la autorización y disposición de los gastos corresponderá al Presidente o al Pleno de la entidad de acuerdo con la atribución de competencias que establezca la normativa vigente. Correspondiendo, en todo caso, al Presidente de la corporación el reconocimiento y liquidación de las obligaciones derivadas de compromisos de gastos legalmente adquiridos. Asimismo será competencia del Alcalde- Presidente aprobar las facturas que correspondan al desarrollo normal del Presupuesto y que hubieran sido recibidas por los Servicios de Intervención (art. 41.21 Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre). CONSIDERANDO: Que conforme a lo dispuesto por el artículo 186.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, corresponde al Presidente de la Entidad local las funciones de ordenación de pagos. CONSIDERANDO: Conforme a lo dispuesto en la Disposición Adicional 2ª, apartado 9 de la Ley 9/107, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público, corresponde al Alcalde la competencia para la celebración de contratos privados y la adquisición de bienes inmuebles cuando el presupuesto base de licitación no supere el 10 por ciento de los recursos ordinarios del presupuesto ni el importe de tres millones de euros. En el presente caso, el valor del inmueble objeto de adquisición es inferior al 10 por ciento de los recursos ordinarios del Presupuesto del ejercicio 2021, sin que el mismo tenga la declaración de valor histórico o artístico, por lo que será competente el Alcalde para aprobar su adquisición. RESUELVO: PRIMERO: Aprobar la adquisición directa, mediante contrato de compraventa, dada la especial idoneidad del bien para su destino a uso o servicio público municipal, del siguiente inmueble: Ayuntamiento de Barlovento Pág.3 de 5 Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 3 de 5 Cód. Validación: AM2TSAAQXMJEXW6FR6NT6ZL9L Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Ayuntamiento de Barlovento a) Descripción del inmueble: Dos fincas ubicadas en La Lomada, Lomo Romero, las DESCRIPCIÓN/ LOCALIZACIÓN Cabezadas, Barlovento, de 20 m² (finca 270-b) y 28 m² (finca 271-b) del Polígono 9. 1ª de fecha 20/07/2007, al folio 134 del libro 48, tomo INSCRIPCIÓN REGISTRAL 1912 (parcela 271/ finca 3229) y 1ª de fecha 20/07/2007, al folio 137, del libro 48, tomo 1912 del archivo (parcela 270/3230). 38007 A 009002710000BK Y 38007 A 00900270000BO REFERENCIA CATASTRAL: MUNICIPIO: BARLOVENTO PROVINCIA: S. C. de Tenerife CLASE: Suelo rústico. Asentamiento rural. SUPERFICIE SOLAR: 48,00 m2 NATURALEZA : Bien de dominio público. DESTINO: Ensanche de vía La Lomada, Lomo Romero, Las Cabezadas. B) Propietario y representación: PROPIETARIO: D. Jaime Fernández Concepción, DNI ***5039** y Dña. Carmen Gloria Concepción Pérez y ***5835** TÍTULO: Pleno dominio con carácter ganancial. Título de Aportación a la sociedad conyugal. C) Precio de adquisición: 3.555,36 € SEGUNDO: Aprobar el gasto por importe de 3.555,36 € y reconocer la obligación, condicionada a la firma de la escritura pública de compraventa, con cargo a la aplicación Ayuntamiento de Barlovento Pág.4 de 5 Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 4 de 5 Cód. Validación: AM2TSAAQXMJEXW6FR6NT6ZL9L Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/ Ayuntamiento de Barlovento presupuestaria “15320 – 68100 Terrenos y bienes naturales” del Presupuesto del Ayuntamiento para el ejercicio 2024. TERCERO: Ordenar el pago correspondiente a las obligaciones reconocidas en el apartado anterior. CUARTO: Comunicar a D. Jaime Fernández Concepción, DNI y doña Carmen Gloria Concepción Pérez y, en su condición de propietarios del inmueble, el lugar, día y hora de firma de la escritura pública de compraventa una vez haya sido turnada. QUINTO: Anotar la adquisición del inmueble, una vez suscrita la escritura pública de compraventa, en el Inventario Municipal de Bienes y Derechos. Lo ordena y firma el Sr. Alcalde, en Barlovento, a dieciséis de octubre de dos mil veinticuatro. El Alcalde Ante mí, la Secretaria” Y para que así conste y surta sus efectos en donde proceda, expido la presente de orden y con el visto bueno del Sr. Alcalde, en Barlovento, a la fecha de su firma (documento firmado electrónicamente). Vº Bº El Alcalde Ayuntamiento de Barlovento Pág.5 de 5 Documento firmado electrónicamente desde la plataforma esPublico Gestiona | Página 5 de 5 Cód. Validación: AM2TSAAQXMJEXW6FR6NT6ZL9L Verificación: https://barlovento.sedelectronica.es/