pi Pe EXI Gobierno de Canarias EIJCAN CABILDO INSULAR DE LA PALMA Ayuntamiento de Barlovento ASISTENCIA A MUNICIPIOS —- COORDINACION Sr. Alcalde-Presidente. FDCAN. Plaza del Rosario 3 FECHA: 11-01-2421 REGISTRO 38726 Barlovento SALIDA w..7 10271000141 Asunto: Adenda Quinta al Convenio Marco FDCAN. Con relación al Convenio Marco de Colaboración entre el Excmo. Cabildo Insular de La Palma y el Ilmo. Ayuntamiento de Barlovento para el desarrollo del Programa FDCAN (2016-2025) para la Isla de La Palma, formalizado el 15 de junio de 2017, se remite adjunto Adenda Quinta al convenio firmada el 28 de diciembre de 2020 En Santa Cruz de La Palma, a 11 de enero de 2021. LA T.A.G. DEL PROGRAMA FDCAN PEREZ por PEREZ BARRETO Firmado digitalmente BARRETO PATRICIA - DNI PATRICIA - DNI ?87224502 1a:2021,01.11 78727450Z 13:53:14 2 Patricia Pérez Barreto ... “ ... nl mu a ... Ly nf * "L Pa a n .. PIS da n a A an 1 En 1 -. -. MA Mp FP 2. . .. m “a m m m m m Wm El Gobierno FDCAN ENDA QUINTA AL CONVE EL CABILDO INSULAR DE NIO MARCO DE COLABORACIÓN ENTRE LA PALMA Y EL AYUNTAMIENTO DE BARLOVENTO PARA EL DE SARROLLO DEL PROG 2025) PARA LA ISLA DE LA PALMA. RAMA FDCAN (2016- En Santa Cruz de 1 2 Palma, a 28 de diciembre de 2020. De una parte, el Sr. D. Mariano Hernández Za pata en calidad de Presidente del Excmo. Cabildo Insular de La Palma. De otra, el Sr. D. Jacob Qadri Hijazo en calidad de yuntamiento de Barlovento, Alcalde-Presidente del COP O El Sr. D. Mariano Hernández Zapata, con D.N.I 42189475T, por razón de su esado cargo, en nombre y representación del Cabildo Insular de La Palma, con NIF 800002B, en virtud de las facultades que le atribuye los artículos 57.b y 125.2 de la Ley 8/2015, de 1 de abril, de Cabildos Insulares, facultado para este acto por acuerdo del Consejo de Gobierno Insular en sesión celebrada el día 4 de diciembre de 2020. El Sr. Don Jacob Qadri Hijazo, con D.N.I 42188381X, por razón de su expresado cargo, en nombre y representación del Ayuntamiento de Barlovento, con NIF P3800700A, en virtud de las facultades que le atribuye el artículo 21.1.b de la Ley 7/1985, de 02 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL), facultado para este acto mediante acuerdo del órgano competente de fecha 19 de noviembre de 2020. Las partes, en las representaciones que ostentan » Se reconocen Mutua y recíprocamente capacidad legal suficiente para convenir y Obligarse en los términos del presente convenio y, al efecto 4 Gobierno FDCAN PP ular de la Palma y el Primero. El convenio entre el Excmo. Cabildo Ins tuaciones de competencia Ayuntamiento d e Barlovento para la adecuada ejecución de las ac ama FDCAN LA PALMA municipal que sean incluidas en cada anualidad en el Progr (2016-2025), se formalizó el 15 de junio de 2017. rito establece que las actuaciones Segundo. La cláusula Segunda del Convenio susc anuali dad tequerirán la suscripción a inco rporar y los compromisos financieros para cada Comisión de Seguimiento de este de adenda, de conformidad con el acuerdo de la A tal efecto se establecen en xpediente. convenio, y previa tramitación del correspondiente € s del Cabildo con el Ayuntamiento para el presente documento los compromisos financiero las actuaciones que le corresponde ejecutar. Tercero. En sucesivas Comisiones de Seguimiento, la última el 24 de septiembre de 2020, se han determinado las actuacione s a realizar en el municipio, enmarcadas dentro de las líneas estratégicas que contempla el F DCAN, y la modificación de las mismas a lo largo de las distintas anualidades. E PRIMERA.- Objeto. bildo Insular de Aprobar la Adenda Quinta al Convenio suscrito por el Excmo. Cal FDCAN (2016- la Palma y el Ayuntamiento de Barlovento para el desarrollo del Programa e como objetivo establecer aquellas acciones 2 2025) para la isla de La Palma, que tien e incluidas en el FONDO DE DESARROLLO desarrollar y ejecutar por el Ayuntamiento DE CANARIAS (FDCAN LA PALMA) en la anualidad 2019 y anualidad 2020 (LÍNEA ESTRATÉGICA 2: INVERSIONES EN INF RAESTRUCTURAS) descritas 2 continuación: a El Gobierno nm de Canarias a FDCAN ANUALIDAD 2019 LÍNEA ESTRATÉGICA 2: INVERSIONES EN INFRAESTRUCTURAS laa EA 2. (2.3. eS Creación, mejora y rehabilitación de XD espacio públicos con Camping de Caravanas potencialidades turísticas / ANUALIDAD 2020 LÍNEA ESTRATÉGICA 2: INVERSIONES EN INFRAESTRUCT URAS 2. (2.3. Creación, mejora y rehabilitación de Camping de Caravanas espacio públicos con potencialidades turisticas SEGUNDA.- Las cantidades establecidas en la presente Adenda tendrán carácter estimativo y se estará a resultas de lo efectivamente ejecutado. El Ayuntamiento deberá justificar las acciones ante el Cabildo Insular en la forma y plazos recogidos en la normativa reguladora del Fondo de Desarrollo de Canarias y que se reproducen en la cláusula tercera. Así mismo, está obligado a comunicar e informar a la institución insular sobre la tramitación, los importes y plazos de ejecución de las acciones recogidas en la presente Adenda, La falta de justificación total o parcial de los recursos asignados implicará la obligación de reintegrar las cantidades no justificadas, así como los rendimientos financieros que se hayan generado por las cantidades abonadas anticipadamente. Los 3 Ss El Gobierno de Canarias FDCAN importes no justificados podrán ser detraídos de pagos futuros de acciones incluidas dentro del FDCAN La Palma para este municipio. TERCERA.- Los plazos de aplicación de los fondos y de justificación de la anualidades 2019 y 2020 serán los recogidos en la Cláusula sexta del Convenio marco de Colaboración suscrito entre el Cabildo Insular de la Palma y los Ayuntamientos para el desarrollo del Programa FDCAN (201 6-2025) para la isla de La Palma, en concordancia con el apartado tercero de la cláusula quinta del Convenio entre la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Canarias y el Cabildo Insular de La Palma para la gestión de los recursos asignados en el marco FDCAN para el desarrollo del Programa FDCAN (2016/2025) pata la isla de La Palma. Y en prueba de conformidad, comprometiéndose las partes a su más exacto cumplimiento, firman el presente documento, por duplicado ejemplar y a un solo efecto, en el lugar y fecha citados en el encabezado. SR. PRESIDE DEL CABILDO SR SIDENTE INSULAR DE LA PALMA DEL A AMIENTO DE OVENTO